Derecho civil del medio ambiente

AutorMaría Ángeles Parra Lucán
Páginas175-201
IX. Derecho civil del medio ambiente
IX
Derecho civil del medio ambiente
M
ARÍA
Á
NGELES
P
ARRA
L
UCÁN
Sumario
Página
1. Desarrollos normativos .............................................................................. 176
1.1. Objetivos de calidad acústica y saneamiento en la compraventa de
inmuebles .......................................................................................... 176
1.2. Derechos de tanteo y retracto en los inmuebles situados en espacios
naturales ............................................................................................ 177
1.3. Ley de responsabilidad medioambiental: problemas de relación
con otras normas de responsabilidad y garantías financieras ......... 179
1.3.1. Problemas de relación con otras normas de responsabilidad . 179
1.3.2. Sistema de garantías financieras ............................................ 182
1.4. Publicidad registral de la prohibición de cambio de uso forestal de
los terrenos incendiados ................................................................... 184
2. Juriprudencia ambiental ............................................................................ 184
2.1. Incidencia contractual de la normativa ambiental .......................... 184
2.2. Sujetos responsables, congruencia y iura novit curia ........................ 185
2.3. Competencia de la jurisdicción civil ................................................ 186
2.4. El uso de la zona ............................................................................... 187
2.5. Congruencia de la sentencia: cese de la actividad y adopción de
medidas correctoras .......................................................................... 188
2.6. Uso previo ......................................................................................... 188
2.7. Medidas correctoras fijadas administrativamente ............................ 189
2.8. «Las medidas necesarias y oportunas» ............................................. 189
2.9. Cese de la actividad y cese de las emisiones .................................... 194
2.10. Cosa Juzgada. Hechos nuevos .... ....................................................... 196
2.11. Daños indemnizables ........................................................................ 197
2.11.1.Daño moral ............................................................................ 197
2.11.2.Depreciación de la propiedad privada .................................. 199
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MARÍAÁNGELES PARRA LUCÁN
Página
2.11.3.Afectación del paisaje ............................................................ 201
2.11.4.Daños futuros ......................................................................... 201
***
1. DESARROLLOS NORMATIVOS
Durante el año 2007 se ha incidido en el incipiente y todavía poco desarro-
llado reflejo de los intereses ambientales en las relaciones entre particulares en los
siguientes aspectos:
1.1. OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA Y SANEAMIENTO EN LA COMPRAVENTA DE INMUE-
BLES
El Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que desarrolla la Ley del
ruido en lo referente a zonificaciónacústica, objetivos de calidad y emisiones acústi-
cas, establece como objetivo de calidad acústica para el ruido y para las vibraciones
la no superación en el espacio interior de la edificaciones destinadas a vivienda,
usos residenciales, hospitalarios, educativos o culturales de determinados índices
de emisión (art. 16 y anexo II). Los nuevos emisores acústicos deberán adoptar
las medidas necesarias para no transmitir al espacio interior de tales edificaciones
vibraciones que contribuyan a superar los objetivos de calidad acústica (art. 26).
Estas previsiones hay que ponerlas en relación con la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del ruido, que a efectos de la aplicación del régimen de saneamiento
por vicios ocultos de los arts. 1484 y ss. del Código Civil especificóque se considera
vicio oculto en los inmuebles vendidos el incumplimiento de los objetivos de cali-
dad acústica que fije el Gobierno.
En los casos en que por defectos del inmueble las vibraciones no superen los
límites establecidos reglamentariamente pero, atendiendo a las circunstancias del
caso, concurran los presupuestos exigidos jurisprudencialmente para la apreciación
del error como vicio invalidante del consentimiento contractual (error esencial y
excusable), podráejercitarse con éxito la acción de anulabilidad del contrato de
venta del inmueble durante el plazo de cuatro años desde la consumación del
contrato (arts. 1266 y 1301 del Código Civil).
En realidad, esta alternativa puede ser más ventajosa para el comprador que
el ejercicio de la acción de saneamiento por vicios ocultos, dada la brevedad del
plazo de ejercicio de esta acción (seis meses, art. 1490 del Código Civil). De esta
forma se alcanza una solución semejante a la que puede defenderse de manera
razonable en otros sectores del tráfico jurídico privado en los que puede incidir el
incumplimiento de deberes ambientales impuestos legalmente (por ejemplo, la
omisión de la obligación que el art. 27.4 de la Ley de residuos impone a los propie-
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