El derecho de cancelación del usuario de la reserva de alojamientos turísticos

AutorAntonio Gálvez Criado
CargoProfesor Titular de Derecho Civil Universidad de Málaga (España)
Páginas65-102
Revista de Estudios Jurídicos y Criminológicos
ISSN-e: 2345-3456
N.º 3, enero-junio, 2021, pp. 103-139
El derecho de cancelación del usuario de la reserva de alojamientos
turísticos
Right of cancellation in case of booking of tourist accommodation
ANTONIO GÁLVEZ CRIADO
Profesor Titular de Derecho Civil
Universidad de Málaga (España)
ancr@uma.es
https://orcid.org/0000-0003-4399-0879
Resumen: Este artículo estudia el reconocimiento al usuario de un derecho de cancelación (contractual,
unilateral y ad nutum) de la reserva de un alojamiento turístico. Esta posibilidad se ha convertido en la
práctica en un medio idóneo para arbitrar una solución razonable, clara y rápida ante posibles
dificultades o nuevos intereses del usuario surgidos con posterioridad al contrato. El ejercicio de este
derecho, que producirá la extinción del contrato, puede conllevar el abono/pérdida de una penalización
por parte del usuario conforme a lo pactado.
Aparte de la regulación contractual, es frecuente encontrar una detallada regulación del derecho de
cancelación del usuario y sus consecuencias jurídicas en la normativa autonómica reguladora de la
actividad turística, cuya aplicación suele establecerse como supletoria.
En este trabajo se analiza el régimen jurídico de las cancelaciones, reservas y penalizaciones en estos
contratos y sus relaciones con las reglas generales de las obligaciones contractuales.
Abstract: This article studies the recognition of the traveler's right of cancellation (contractual,
unilateral and ad nutum) of reservation of tourist accommodations. This option offered to a traveler has
become in practice a suitable means to provide a reasonable, clear, and quick solution to possible
Recepción: 17/02/2021
Aceptación: 29/03/2021
Cómo citar este trabajo: GÁLVEZ CRIADO, Antonio, “El derecho de cancelación del usuario de la reserva de
alojamientos turísticos”, Revista de Estudios Jurídicos y Criminológicos:, n.º 3, Universidad de Cádiz, 2021,
pp. 65-102, DOI: http://doi.org/10.25267/REJUCRIM.2021.i3.4
Este trabajo ha sido realizado en el marco del proyecto de investigación I+D+I UMA-18-FEDERJA-132 titulado
“los alojamientos turísticos contratados entre particulares en plataformas colaborativas”, dentro del programa
FEDER Andalucía 2014-2020, dirigido por la Dra. María Luisa Moreno-Torres Herrera y el Dr. Antonio Gálvez
Criado.
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difficulties or new interests of the traveler that may arise after the conclusion of the contract. The
exercise of this right results in the termination of the contract and may entail the payment/forfeiture of
a penalty by the traveler in accordance with the agreement.
This right is regulated by contractual provisions. In default, it will be ruled by the regulation of the
traveler's right of cancellation provided for in the regulation of tourism activity in the respective
autonomous community, which is usually very detailed.
This paper analyses the legal regimen of cancellations, reservations, and penalties in these contracts
and their links with the general rules of contractual obligations.
Palabras clave: Desistimiento, Cancelación, Alojamiento turístico, Anticipo, Reserva, Penalización
Key words: Right to cancellation, Tourist accommodation, Advance payment, Booking, Penalty
Sumario: 1. EL DERECHO DE CANCELACIÓN DEL USUARIO Y SU RELACIÓN CON LOS
REMEDIOS GENERALES SOBRE INCUMPLIMIENTO. 2. LA CANCELACIÓN DE LA
RESERVA EN AUSENCIA DE PACTO EXPRESO. 3. LA FUNCIÓN DEL PLAZO DE
CANCELACIÓN COMO PLAZO DE PREAVISO. 4. LA CANCELACIÓN DE LA RESERVA POR
FALTA DE OCUPACIÓN EFECTIVA DEL ALOJAMIENTO POR PARTE DEL USUARIO. 5. LA
CANCELACIÓN DE LA RESERVA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR. 5.1 Análisis de la cuestión
en general. 5.2. Incidencia sobre esta cuestión del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, respecto
a la adopción de ciertas medidas en el ámbito económico para hacer frente al COVID-19. 6. EL
CONTROL DE LA LEGISLACIÓN DE CONSUMO SOBRE LOS PACTOS ACERCA DE
RESERVAS, ANTICIPOS Y CANCELACIONES. EN PARTICULAR, LOS LÍMITES DE LAS
PENALIZACIONES PACTADAS. 7. LA RAZONABLE INTERVENCIÓN DEL LEGISLADOR
AUTONÓMICO EN LA ORDENACIÓN DE LAS RESERVAS, LOS ANTICIPOS Y EL RÉGIMEN
DE LAS CANCELACIONES: LA ABSTENCIÓN COMO REGLA. 8. CONCLUSIONES. 9.
BIBLIOGRAFÍA.
1. EL DERECHO DE CANCELACIÓN DEL USUARIO Y SU RELACIÓN CON LOS
REMEDIOS GENERALES SOBRE INCUMPLIMIENTO
La práctica, sobre todo con el uso de plataformas digitales, ha ideado un mecanismo contractual
muy útil que permite al usuario
1
que ha contratado un alojamiento turístico extinguir el contrato
1
En el presente trabajo se ha optado por utilizar, preferentemente y con carácter general, el término “usuario del
servicio de alojamiento” o simplemente “usuario” antes que “turista” o “viajero”, sin que ello presuponga que este
actúe en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional en el sentido del art. 3 del Texto Refundido de
la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras Leyes Complementarias (en adelante,
TRLGDCU). Cuando se hace referencia al usuario del servicio como consumidor (o “usuario” propiamente) en el
sentido de dicha norma, ello se ha especificado convenientemente.
Sobre el concepto de usuario de un alojamiento, vid. MORENO-TORRES HERRERA, M.ª L., “Ámbito subjetivo
del contrato de alojamiento turístico: los anfitriones, los huéspedes y el papel de los prestadores de servicios de
vivienda vacacional”, en Viviendas de uso turístico: régimen civil, administrativo y fiscal, (Dir. G. Cerdeira Bravo
de Mansilla), Madrid, Reus, 2018, págs. 219-220.
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en caso de que por necesidades o intereses sobrevenidos pierda el interés en su cumplimiento:
el reconocimiento a este usuario de un derecho de cancelación o desistimiento (unilateral y ad
nutum
2
) de la reserva de su alojamiento.
Mediante el ejercicio de este derecho nacido del contrato, el usuario provoca su extinción y
puede así eludir las acciones generales de cumplimiento íntegro de su obligación de pago del
precio del alojamiento, de resolución por incumplimiento e indemnizatoria, a cambio de
perder/abonar la penalización tasada que se hubiere pactado en su caso
3
.
Por otra parte, el prestador del alojamiento puede en estos casos disponer libremente de este y
cubrirse en el mercado celebrando un negocio de sustitución con otro usuario, al tiempo que
recibe en su caso de forma rápida una compensación o penalización exactamente tasada y que
ya se encontrará en su poder o le será fácilmente cobrable (así por ejemplo, cuando se estableció
una garantía de pago vinculada a una tarjeta de crédito o similar).
En consecuencia, el ejercicio de este derecho de cancelación en absoluto pretende dejar a los
contratantes como si el contrato no se hubiere celebrado como es propio de la legislación de
consumo, pues esta cancelación o desistimiento no pretende proteger al usuario frente a un
déficit de información al tiempo de contratar o frente a un déficit de reflexión o libertad. Por el
contrario, tiene como función dotar a las partes de certidumbre jurídica arbitrando una solución
razonable, clara y rápida ante posibles dificultades o nuevos intereses surgidos para el usuario
durante el tiempo que media entre la celebración del contrato y su ejecución plena, al tiempo
que mecanismo preventivo de posibles incumplimientos y sus consecuencias, de manera que
constituye una clara alternativa del mercado a los instrumentos jurídicos tradicionales y a las
dificultades que ellos plantean en este tipo de contratos
4
.
Todas estas ventajas justifican el éxito de esta fórmula en términos de eficiencia económica en
un mercado como el turístico, que “genera consumidores temporales que requieren respuestas
2
Entendido el derecho de desistimiento como un derecho potestativo de configuración jurídica (en concreto, de
carácter cancelatorio), nacido de la ley o del contrato, que permite a quien lo ostenta, mediante una declaración de
voluntad, producir la ineficacia de un contrato válido: RODRÍGUEZ MARÍN, C., El desistimiento unilateral
(como causa de extinción del contrato), Madrid, Montecorvo, 1991, págs. 197 y ss.; KLEIN, M., El desistimiento
unilateral del contrato, Madrid, Civitas, 1997, pág. 16; LARROSA AMANTE, M. A., El derecho de desistimiento
en la contratación de consumo, Valencia, Tirant lo Blanch, 2017, págs. 99-100.
3
Sobre las relaciones entre el desistimiento unilateral y la resolución por incumplimiento, vid. BELUCHE
RINCÓN, I., “El contrato de servicios: el derecho del cliente a desistir de forma unilateral”, en Revista de Derecho
Civil, núm. 2, 2015, págs. 89-91; GÁLVEZ CRIADO, A., La relevancia de la persona en los contratos de obra y
servicios, Valencia, Tirant lo Blanch, 2008, págs. 41 y ss.
4
No son difíciles de imaginar las dificultades para concretar (y probar) las distintas partidas indemnizatorias
comprensivas del daño patrimonial en los contratos de servicios: RODRÍGUEZ GUITIÁN, A., “El desistimiento
en el contrato de servicios de los profesionales liberales”, en Anuario de Derecho Civil, Tomo II, 2001, págs. 727-
730.

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