El Derecho Administrativo Argentino

AutorJuan Carlos Cassagne
Páginas23-111
EL DERECHO ADMINISTRATIVO ARGENTINO
por
JUAN
CARLOS
CASSAGNE
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
l.
INTRODUCCIÓN
1.
PRINCIPIOS
y
CARACTERÍSTICAS
FUNDAMENTALES
DERECHO
ADMINISTRATIVO
ARGENTINO
El análisis
sobre
el
conjunto
de principios y características
fundamentales
del
derecho
admi-
nistrativo
argentino
ha
de
comprender
sustancialmente aquellas notas que, aún
cuando
también
se encuentran
en
el
derecho
comparado, poseen una
dimensión
de
peso dentro del
sistema
que
vienen a
jerarquizar
el propio
ordenamiento
jurídico
administrativo.
En
segundo
lugar, y no
menos
importante, se
ubica
la institución del régimen
administrativo
o
régimen
exorbitante
como
nota
peculiar y característica distintiva de nuestro
derecho
público
administrativo.
Dada
la importancia de este instituto, el
mismo
será
tratado,
en
forma
separada,
en el punto siguiente.
En
tercer
término,
corresponde
incluir el
carácter
judicialista
del
sistema
de control de los
actos de la
Administración
Pública y del Congreso, atribuidos
fundamentalmente
a una
Corte
Suprema
de Justicia y a tribunales inferiores (art. 116 CN).
Un corolario fundamental de la tutela judicial efectiva (la cual constituye un principio
que
tiene
base constitucional a
través
de la recepción
operada
por
la vía del artículo 24.1 del Pacto San
José de
Costa
Rica)
es
el reconocimiento de la responsabilidad del Estado para
responder
por
los
daños que
causa
a los
ciudadanos
y
empresas
el
accionar
de sus
órganos
y entes.
Todas esos principios
configuran
el marco del Estado de
Derecho
en el
sistema
argentino.
2.
FUENTES
DEL
DERECHO
ADMINISTRATIVO ARGENTINO
a)
Jerarquía de las fuentes:
La
Constitución
El análisis de las fuentes en particular plantea el
problema
de
determinar
la
jerarquía
de
cada
una de ellas, aparte
de
su
naturaleza e imperatividad.
La
Constitución
estatuye el
conjunto
de principios y normas
supremas
del
ordenamiento
po-
sitivo,
cuya
jerarquía
normativa
es
superior
a la ley y al reglamento,
imponiéndose
a todos los
actos que dicta la
Administración
Públical
I Cfr.
VEDEL,
Georges,
op.
cit.,
p.
238.
La
llamada Ciencia
del
Derecho Constitucional estudia
los
diferentes significados
que
se
le
atribuyen a
la
Constitución Uurídico-formal, material, normativa, etc.). Véase
al
respecto
GARCíA
PELAYO,
Manuel,
Derecho Constitucional Comparado, Madrid, 1961,
p.
33
y ss.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR