El depósito estructurado y la STS de 15 de noviembre de 2012

AutorHéctor Daniel Marín Narros
Páginas31-48

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1. Introducción

La Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de noviembre de 2012 declaró no haber lugar al recurso de casación interpuesto por una familia frente a una entidad financiera por la adquisición de depósitos estructurados y la obtención de financiación para la adquisición de los mismos.

El Tribunal Supremo no entró a analizar ni la naturaleza ni la complejidad de estos productos, examinando cada uno de los motivos de casación para finalmente desestimar el recurso.

Si bien la Sentencia no define los depósitos estructurados, conviene hacer una mención a los mismos, ya que son productos que han experimentado un aumento en la contratación por la bajada de los tipos que ofrecen las entidades financieras para los depósitos a plazo fijo tradicionales.

Para ello, primero estudiaremos brevemente en qué consiste el depósito tradicional, para a continuación observar las diferencias con el depósito estructurado.

Según baRRal VaRela, el depósito tradicional puede conceptualizarse de la siguiente manera18:

«Cuenta a plazo es el contrato en virtud del cual una persona física o jurídica deposita o ingresa cierta cantidad de dinero en una entidad financiera, quedando dicha

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suma indisponible hasta una fecha de vencimiento previamente pactada y percibiendo por ello el cliente intereses a su favor.

Las cuentas a plazo tienen gran tradición en la banca española y se conocen comúnmente con el nombre de imposiciones a plazo fijo, depósitos a plazo o cuentas a plazo.

En realidad la imposición a plazo es una especie de préstamo que el cliente le hace a la entidad financiera y que ésta le devolverá en la fecha pactada, abonándole además unos intereses que pueden liquidarse al vencimiento de la operación o periódicamente».

Las principales características de los depósitos son las siguientes:

• Generalmente son indisponibles durante el plazo por el que se suscribe el contrato. Hasta que no venza dicho plazo, no se podrá disponer nuevamente del capital destinado al depósito. Cuestión distinta ocurre con los intereses, ya que se puede pactar un abono periódico y disponer de los mismos.

• En caso de desear disponer anticipadamente del capital, en la mayoría de los casos habrá de abonarse una penalización.

• En términos generales, la rentabilidad que ofrece es superior a la proporcionada por las cuentas remuneradas.

En contraposición al depósito bancario de efectivo, gaRcía-pita y lastRes19en relación con el depósito estructurado resalta que nos encontramos ante un contrato atípico con diversos grados de combinación contractual en el que se mezcla un contrato de depósito de efectivo con un derivado financiero. Según el citado autor las principales modalidades de este tipo de contrato son:

• El «reverse convertible», en el cual el depositante tiene derecho bien a la restitución del principal depositado, bien a la recepción de una cantidad de las acciones cotizadas que constituyen el subyacente de referencia, dependiendo de que el precio de referencia final de las acciones utilizadas como subyacente sea igual o superior a un determinado precio de ejercicio (entonces se paga en efectivo). En caso contrario se procede a la entrega de acciones.

• Combinación del depósito a plazo con una opción de tipo call, conferida a favor del depositante por el depositario, o bien con un futuro, en el que el depositante adquiere la posición de comprador del activo subyacente.

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• Depósito fiduciario, en el cual se combina el depósito bancario con una permuta financiera.

En línea con lo anterior, el Banco de España20en su portal digital define los depósitos estructurados y advierte de cuestiones importantes a tener en cuenta antes de decidirse por esta opción de invertir de la siguiente manera:

«Debe Vd. saber que, se hallan muy extendidos los llamados depósitos estructurados, que son depósitos bancarios (al vencimiento recuperará el capital invertido) en los cuales la rentabilidad está vinculada a la evolución de uno o varios índices bursátiles, de la cotización de un grupo de acciones, o cualquier otro.

Debe tener en cuenta que, aunque la entidad se comprometa a devolver al vencimiento la totalidad del importe invertido, es importante valorar con detalle las circunstancias que pueden influir en la rentabilidad del producto. Por ejemplo, se debe ser consciente de que la revalorización media mensual de un índice bursátil no es lo mismo que su revalorización absoluta entre las fechas de contratación y vencimiento.

Como suelen ser depósitos a medio plazo, es importante fijarse en las condiciones en que se puede recuperar la inversión a largo plazo: si existe la posibilidad de cancelarlo anticipadamente y, de ser así, cuál es la comisión por dicha cancelación. En el caso de depósitos, muchas veces no se permite la cancelación anticipada o si se permite el importe de ésta puede ser muy elevado. En todos los contratos se debe recoger la obligación de la entidad de reembolsar el principal del depósito al vencimiento».

De la misma manera, algunas entidades financieras21definen sus depósitos estructurados como «una modalidad de depósito bancario cuya rentabilidad está ligada a la evolución de índices, acciones, divisas o cualquier otro activo de referencia.

En función de las características concretas de cada Depósito Estructurado, se garantiza la totalidad o una parte del importe invertido o, por el contrario, la inversión no está garantizada».

Consecuentemente, la característica principal del depósito estructurado es que liga su rentabilidad a la evolución de un subyacente (lo más común es la evolución en Bolsa de la cotización de los valores de una empresa)22.

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Como bien indica baRRal VaRela, en los depósitos estructurados hay que tener en cuenta que23:

«— No suelen asegurar un tipo de interés, es decir, si el subyacente no evoluciona como prevé el contrato para el cliente, lo normal es que éste no perciba interés alguno.

— Ha de tenerse muy clara qué relación exacta debe haber entre subyacente e intereses y cuándo y cómo se comprueba la evolución del mencionado subyacente.

— Los depósitos estructurados pueden ser productos de riesgo: Si el subyacente evoluciona de un modo muy negativo, a veces no sólo no se dejan de percibir intereses, sino que el cliente puede perder parte del dinero (principal del depósito) que ha invertido. Esto no ocurre nunca en una imposición a plazo tradicional, en la que la devolución del principal está siempre asegurada (el depósito a plazo tradicional no conlleva riesgos para su titular).

Se trata de productos pensados para inversores más experimentados y el atractivo fundamental de los mismos es que el interés que se ofrece al cliente en los casos de evolución positiva del subyacente suele ser mucho más elevado que en el caso de una imposición tradicional».

Por otro lado, del campo VillaRes realiza unas apreciaciones muy interesantes al respecto, en una comparativa sobre la alternativa de invertir en un depósito estructurado o adquirir directamente acciones24:

«El cliente cede a la entidad sus ahorros y esta los coloca en diferentes productos, en diferentes combinaciones con más o menos riesgo, lo que conllevará la posibilidad de conseguir mayores o menores rentabilidades.

Son muy habituales aquellos depósitos estructurados en los cuales un porcentaje del dinero se destina a un depósito tradicional, con una rentabilidad fija determinada, mientras que otra parte o se destina a un fondo o se vincula al comportamiento de una cesta de acciones cuyo comportamiento es el que dará la rentabilidad a obtener. Esta parte sería un depósito indexado.

Dos son las características de estos depósitos estructurados que los diferencian de invertir en bolsa directamente.

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Por un lado no dejan de ser depósitos bancarios, con lo cual en caso de quiebra de la entidad, hasta 100.000 euros por cliente/cuenta/entidad, estaría garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos.

Por otro, estos depósitos estructurados suelen ser además garantizados, en el sentido de que, a un vencimiento determinado fijado de antemano, la devolución del capital inicial está al 100% garantizada. No así la rentabilidad (por lo menos en aquella parte de los ahorros que no se depositan en un depósito a plazo fijo)».

A su vez, checa25también señala una serie de cuestiones relevantes que diferencian ambos productos:

«¿Dónde está la diferencia con un depósito tradicional? En que en la imposición a plazo fijo clásica la entidad se compromete a remunerar con una rentabilidad pactada en el momento de la contratación. Ahora sugiere una horquilla de rentabilidades mucho mayores que la de las imposiciones tradicionales, hoy por debajo del 2% en la mayoría de los casos. Enmarcados como depósitos, el principal de la inversión está garantizado por el Fondo de Garantía de Depósitos hasta 100.000 euros. Esto no es así en aquellos productos estructurados en los que una parte del capital está referenciado a una cesta de acciones, sobre la que no existe garantía alguna».

En este último artículo podemos observar también una comparativa de los últimos depósitos estructurados y sus características, dando buena muestra de su rabiosa actualidad.

Una vez introducidos en el concepto del producto litigioso, comenzamos a abordar el análisis de la Sentencia.

2. Ámbito de la disputa y antecedentes

Si bien la exposición de hechos que se realiza inicialmente en el antecedente de hecho primero es farragosa, en el Fundamento de Derecho Primero se sintetiza el objeto de la controversia bajo el epígrafe «breve resumen de los antecedentes».

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En síntesis, una familia, compuesta por un matrimonio y tres hijos...

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