Depósito de cuentas sin informe de auditoría

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: No es posible el depósito de cuentas de una sociedad, respecto de la cual se ha solicitado por la minoría el nombramiento de auditor, si las cuentas no vienen acompañadas del pertinente informe del auditor nombrado.

Hechos: Se solicita el depósito de cuentas de una sociedad del ejercicio de 2016.

El registrador suspende el depósito, entre otros defectos que no son recurridos, por existir un nombramiento de auditor a instancia de la minoría sin que se acompañe su informe.

El interesado recurre y alega que no tienen conocimiento del nombramiento de auditor, que dicho auditor no se ha puesto en contacto con la sociedad, que se realizó la auditoría de 2017, que tuvo que referirse al ejercicio de 2016, que el solicitante de la auditoría ya no es socio pues ha sido excluido.

Resolución: La DG confirma la nota de calificación.

Doctrina: Dice la DG, en contestación a las alegaciones del recurrente, que del expediente resulta que se notificó a la sociedad y ante la falta de acuerdo con el auditor sobre sus honorarios, este emitió "informe de auditoría con opinión denegada por limitación absoluta al no haberle sido entregadas las cuentas anuales firmadas por el administrador de la sociedad".

Y en cuanto al argumento de que el socio fue expulsado de la sociedad, aparte de que ello no se alegó con la presentación de las cuentas, del registro no resulta el nombramiento de experto para la debida valoración de las participaciones y en todo caso "el momento para apreciar la cualidad de socio es aquel en el que se inicia el...

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