RESOLUCIÓN DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 1997, de la Secretaria de Estado-presidencia del Consejo superior de deportes, por la que se dispone la Publicacion en el «boletin oficial del Estado» de la Modificacion de los Estatutos de la Federacion espaÑola de Baloncesto.

MarginalBOE-A-1997-20691
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyResolución

En ejercicio de las competencias conferidas por el artÌculo 10.2.b de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, la ComisiÛn Directiva del Consejo Superior de Deportes, en su sesiÛn de 23 de julio de 1997, ha aprobado definitivamente la modificaciÛn de los Estatutos de la FederaciÛn EspaÒola de Baloncesto y autorizado su inscripciÛn en el Registro de Asociaciones Deportivas. En cumplimiento de lo prevenido en el artÌculo 31.7 de la Ley del Deporte y artÌculo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas espaÒolas, procede la publicaciÛn en el ´BoletÌn Oficial del Estadoª de los Estatutos de los mismos y sus modificaciones.

En virtud de lo anterior, esta SecretarÌa de Estado acuerda:

Disponer la publicaciÛn de la modificaciÛn de los Estatutos de la FederaciÛn EspaÒola de Baloncesto contenidos en el anexo a la presente ResoluciÛn.

Madrid, 10 de septiembre de 1997.-El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Pedro Antonio MartÌn MarÌn.

ANEXO I Artículos 11 a 44.1

MODIFICACI”N ESTATUTOS DE LA FEDERACI”N ESPA—OLA DE BALONCESTO

ArtÌculo 11 Son Ûrganos de la FederaciÛn EspaÒola de Baloncesto:
  1. ”rganos de gobierno y representaciÛn:

    Asamblea General y su ComisiÛn Delegada.

    El Presidente.

  2. ”rganos de gestiÛn:

    Junta Directiva.

    ComisiÛn de Federaciones AutonÛmicas.

    ComisiÛn Ejecutiva.

  3. ”rganos tÈcnicos:

    Arbitrales.

    ComitÈ Actividades Nacionales.

    Escuela Nacional de Entrenadores.

    Aquellos otros que sean precisos constituir para el funcio namiento de la FederaciÛn.

  4. ”rganos disciplinarios:

    ComitÈ Nacional de CompeticiÛn.

    ComitÈ Nacional de ApelaciÛn.

  5. ”rganos Administrativos de RÈgimen Interno:

    La SecretarÌa General.

    La Gerencia.

    Aquellos otros que pudieran crearse para mejor cumplimiento de los fines federativos.

ArtÌculo 37. 1 La Junta Directiva es el Ûrgano colegiado de gestiÛn de la FederaciÛn EspaÒola de Baloncesto

Estar· presidida por el Presidente de la FederaciÛn EspaÒola de Baloncesto e integrada por los vocales que Èste designe libremente.

Los miembros de la Junta Directiva podr·n ser revocados libremente por el Presidente.

Para ser miembro de la Junta Directiva no es preciso la condiciÛn de miembro de la Asamblea general, si bien, al menos, un miembro de la Junta, deber· reunir la citada condiciÛn y ostentar· el cargo de Vicepresidente primero.

Corresponde a la Junta Directiva gestionar las actividades de la FederaciÛn, interpretar los reglamentos...

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