STSJ Comunidad de Madrid , 19 de Marzo de 2001

PonenteVALERIANO PALOMINO MARIN
ECLIES:TSJM:2001:3780
Número de Recurso706/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Ltdo. Sr. Carrion de Agustin Proc. Juanas Blanco TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 706 DE 1996 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín SENTENCIA N° 245 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a diecinueve de marzo de dos mil uno Visto el recurso n° 706 de 1996 interpuesto por doña Angelina , representada y defendida por el Letrado don Melencio Carrión de Agustín, contra decreto de la Gerencia Municipal de Urbanismo de 28 de marzo de 1996 que denegó el inicio de expediente de expropiación de un resto de finca de 22.872'40 m2 sita en el barrio de Villaverde; habiendo sido parte la Gerencia Municipal demandada representada por el Procurador don Edurado Morales Price con dirección de Letrado. La cuantía del recurso es indeterminada y de un valor litigioso superior a veinticinco millones de pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación del decreto recurrido y que se declare que los terrenos con una superficie de 22.872,4058 m2 que son restos de las fincas registrales números NUM000 , NUM001 y NUM002 del Registro de la Propiedad número 4 de Madrid y número NUM003 del Registro n° 16, son propiedad de la recurrente; y que se condene al Ayuntamiento a iniciar y concluir el expediente de expropiación solicitado de dichos terrenos, fijándose la superficie exacta a expropiar; y que se condene en costas a la Administración.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicó la pericial propuesta por la parte actora, con el resultado que obra en autos, además de las aportaciones documentales de la misma.

CUARTO

Las partes cumplimentaron el trámite de conclusiones por el que se ordenó el procedimiento, señalándose para deliberación y Fallo del recurso el día 16 de marzo en curso .

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión litigiosa trae causa del escrito presentado por la recurrente en 16 de febrero de 1996 alegando ser propietaria de varias fincas sitas en el barrio de Villaverde con un total de 58.023,5867 m2, de las cuales se segregaron un total de 35.151,18 m2, quedando un resto de 22.872,40 m2 ocupados por vías públicas, por lo que, habiendo transcurrido a la sazón más de cinco años de la entrada en vigor del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid sin que se hubiese llevado a cabo la expropiación de los mismos, solicitaba su expropiación al amparo del artículo 202 de la Ley del Suelo de 1992.

La Gerencia Municipal de Urbanismo, mediante el decreto recurrido, denegó la solicitud con base en que "realizado un estudio sobre la situación del citado resto de la finca ocupada por viarios, se ha podido comprobar que dichos viarios llevan más de 30 años abiertos, así figuraba ya en el PGOUM de 1946 y en Plan Parcial de Villaverde de 1949, si bien con toda seguridad dicha zona debió desarrollarse en un Planeamiento anterior", por lo cual concluía la Gerencia Municipal que se había producido la prescripción adquisitiva y no debía tenerse en cuenta, en...

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