Demanda de rescisión de contrato vitalicio con reclamación de cantidad por daños y perjuicios

AutorvLex
Actualizado aFebrero 2024





AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE _________

 

D./Dª. ....................................., Procurador/a de los Tribunales en nombre y representación de D./Dª. ............................... , según acredito mediante escritura de poder que acompaño, bajo la dirección letrada de D./Dª. ........................................., ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:


Que por medio del presente escrito vengo a interponer DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO solicitando la RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO frente a D./Dª. ……………………………, con domicilio en ………., C/ ………………………….., en base a los siguientes 


HECHOS


PRIMERO.- El pasado día ……………, ambas D. ………………… y el demandado suscribieron un contrato de cesión de bienes que se acompaña como documento número .., sobre el siguiente bien inmueble;

Finca: [describir finca y aportar nota del registro de la propiedad]

Esta cesión de bienes estaba condicionada a las siguientes obligaciones por parte del demandado:

[Copiar el redactado original del contrato … cuidar y alimentar al cedente, …


SEGUNDO.- En el referido contrato se acordó por ambas partes, que si se producía un incumplimiento de las referidas obligaciones y tras el preceptivo requerimiento notarial o fehaciente si el demandado continuaba sin atender sus obligaciones, el contrato quedaría resuelto, teniendo que devolver el cesionario el bien [más los gastos/o sin gastos


TERCERO.- El pasado día …………….., el demandando dejó de atender al cedente, por lo que en virtud del contrato suscrito entre las partes, se procedió a emitir el requerimiento notarial acordado en el contrato para que en el plazo improrrogable de ... días, se diese cumplimiento a lo pactado por las partes. 

Habiendo trascurrido el plazo indicado, por parte del demandado no se ha procedido a cumplir lo pactado, por lo que procede sin más, la resolución del contrato. 


FUNDAMENTOS DE DERECHO


I.- CAPACIDAD: De conformidad con el artículo 6 y siguientes de la LEC, mi mandante ostenta capacidad procesal para comparecer en juicio.


II.- POSTULACIÓN Y DEFENSA: Se cumplen con las normas de postulación procesal conforme a lo dispuesto en los arts. 23y 31.1 de la LEC.


III.- LEGITIMACIÓN: de conformidad con el artículo 10 de la LEC está legitimado para comparecer y actuar en juicio a mi mandante por ser heredero del bien sobre el que se pide la tutela.


IV.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Según el artículo 50 de la LEC, corresponde el conocimiento del juicio al Juzgado de Primera Instancia que por reparto corresponda de los de esta ciudad, por ser el lugar en que reside el demandado LEC 1/2000.


V.- La cuantía de la demanda, está fijada en __________ €, valor del bien objeto de esta Litis, conforme a lo dispuesto en el art. 251.3.5 de la LEC.


VI.- PROCEDIMIENTO: La presente demanda seguirá los cauces establecidos para el juicio ordinario.


VII.- FONDO DEL ASUNTO: El presente procedimiento se basa en el artículo 1795 del código civil, el incumplimiento de la obligación de alimentos dará derecho al alimentista sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1792 a optar entre exigir el cumplimiento, incluyendo el abono de los devengados con anterioridad a la demanda, o la resolución del contrato, con aplicación, en ambos casos, de las reglas generales de las obligaciones recíprocas. 

En caso de que el alimentista opte por la resolución, el deudor de los alimentos deberá restituir inmediatamente los bienes que recibió por el contrato, y, en cambio, el juez podrá, en atención a las circunstancias, acordar que la restitución que, con respeto de lo que dispone el artículo siguiente, corresponda al alimentista quede total o parcialmente aplazada, en su beneficio, por el tiempo y con las garantías que se determinen. 

Artículo 1796. De las consecuencias de la resolución del contrato, habrá de resultar para el alimentista, cuando menos, un superávit suficiente para constituir, de nuevo, una pensión análoga por el tiempo que le quede de vida. 

Artículo 1797. Cuando los bienes o derechos que se transmitan a cambio de los alimentos sean registrables, podrá garantizarse frente a terceros el derecho del alimentista con el pacto inscrito en el que se dé a la falta de pago el carácter de condición resolutoria explícita, además de mediante el derecho de hipoteca regulado en el artículo 157 de la Ley Hipotecaria.

Sobre la resolución contractual solicitada es de aplicación el artículo 1124 del Código civil que determina que facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los implicados no cumpliere lo que le incumbe. Mi mandante ha cumplido todas las obligaciones que le correspondían mientras que el demandado ha incumplido sus obligaciones en reiteradas ocasiones y ello a pesar de haber sido requerido para el cumplimiento de las mismas.

La condición en este caso era que perdería los derechos sobre la vivienda en caso de no hacer efectivo el precio en los plazos convenidos, luego no habiendo cumplido el demandado dicha condición deberá perder los derechos sobre tal vivienda. 

Sobre los daños y perjuicio solicitados, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 1124.2 del código civil, que manifiesta que el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos


IX.- COSTAS: En caso de oposición a la entrega del bien, deberán ser impuestas a quien formalice dicha oposición, de conformidad con el artículo 394 de la LEC


Por todo lo expuesto,


SUPLICO AL JUZGADO: Que tenga por presentado este escrito, se admita a trámite y en su virtud se tenga por interpuesta demanda de juicio ordinario en resolución de contrato frente a D. ……………. y tras los trámites oportunos, se dicte sentencia por la que se declare: 

1) El incumplimiento del contrato por parte del demandado y la resolución del contrato suscrito...

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