Demanda de reclamación de cantidad al trabajador
Autor | vLex |
Actualizado a | Marzo 2023 |
AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE …………………………..
Don/Doña ………………………………………, con DNI …………….., representante de la empresa ………………….., con CIF…………….. y domicilio a efectos de notificaciones en …………………………………………; tal y como se acredita mediante poder otorgado a su favor por Don/Doña ……………….., Notario/a de …………………………… en fecha ………………………. e inscrito en el Registro Mercantil de …………………………. con el número de protocolo………………………; bajo la representación letrada de Don/Doña ……………………………..., colegiado/a número …………………... del Ilustre Colegio de Abogados de ………………………., ante el Juzgado comparezco y como mejor en Derecho proceda,
DIGO
Que, conforme el artículo 80 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), formulo DEMANDA DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD contra Don/Doña ……………., con DNI ………………….. y domiciliado/a en …………………, sobre la base los siguientes
HECHOS
PRIMERO.- El trabajador presta/prestó sus servicios en la empresa ……………. desde ………….. [hasta el pasado día ………….] en la categoría …… del grupo profesional ……………; por lo que percibe/percibía una remuneración de ………. euros mensuales. Se adjunta como documento …. copia del contrato de trabajo.
SEGUNDO.- El demandado ……….. [indique los motivos por lo que se interpone la demanda de reclamación de cantidad]
TERCERO.- El trabajador ….……. debe a mi representada la cantidad de ………… euros de principal más intereses, cuantía que se desglosa en los siguientes conceptos:
- ….
- ….
CUARTO.- De acuerdo con la actividad que desarrolla la demandada, es de aplicación el convenio colectivo ……………….
QUINTO.- Se intentó conciliación previa a la presentación de la demanda en fecha …………., con el resultado de sin efecto/intentada. Se adjunta como documento número …. copia del acta de conciliación previa.
A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Los artículos 2 y 6 de la LRJS establecen que los Juzgados de lo Social conocerán en única instancia de las cuestiones litigiosas que se deriven entre empresarios y trabajadores.
Son competentes los Juzgados de lo Social de ……………….. por cuanto, de acuerdo con el artículo 10.1 de la LRJS, con carácter general, lo son los del lugar de prestación de los servicios/el domicilio del demandado.
SEGUNDO.- CAPACIDAD. De acuerdo con el artículo 16.5 de la LRJS, comparece en nombre de la empresa ……………. Don/Doña …………, que ostenta su representación de acuerdo con las normas vigentes.
TERCERO.- LEGITIMACIÓN...
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