Demanda de desahucio por retraso continuado en el pago de vivienda

AutorPaz Cano
Cargo del AutorAbogada
Actualizado aOctubre 2022

AL JUZGADO

D. ...., Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de / D. ......, mayor de edad, provisto de DNI .......... con domicilio en ................, según designa apud acta que se ha sido formalizada ante el juzgado ..... /escritura de poder que se acompaña para su unión a los autos, y bajo la dirección letrada de ......, Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de ......., colegiado/a ............, ante el juzgado comparece y como mejor en derecho proceda, DIGO:

Que en la referida representación, por medio del presente escrito formulo DEMANDA DE JUICIO DE DESAHUCIO POR RETRASO CONTINUADO EN EL PAGO DE LA RENTA, frente a.................., mayor de edad, provisto de.................. y domicilio a efectos de la presente, el de la vivienda arrendada, sita...................... que formulo en base a los siguientes,

HECHOS

PRIMERO.- Título: Mi representado es propietario del piso sito en ..............

Se acompaña como documento núm. 1 título ...

SEGUNDO.- Contrato de arrendamiento

En fecha............., el propietario suscribió contrato de arrendamiento de vivienda con DON ...............

La renta mensual quedó establecida en ............... (.........- €), mensuales, pagaderos entre los días 01 y 07 de cada mes, mediante abono en la cuenta bancaria del arrendador, como así consta en la estipulación ............ del contrato aportado y de conformidad con el artículo 17.2 de la LAU.

Asimismo, y de conformidad con la cláusula .......... del contrato de arrendamiento suscrito se acordó que serán de cuenta y cargo del arrendatario los gastos de ..............; debiendo abonar los recibos presentados por el arrendador de tales contratos.

Se adjunta como documento núm 2. contrato de arrendamiento.

TERCERO.- Incumplimiento contractual por reiterado retraso en el pago de la renta.

El arrendatario ha incumplido el acuerdo contractual de plazo de pago de alquiler de forma grave y reiterada.

En este sentido, cabe manifestar que

La sentencia de esta Sala n.º 180/2014, de 27 de marzo, recurso n.º 141/2011 y en la sentencia n.º 720/2010, de 10 de noviembre, recurso n.º 2161/2006 , se funda en los siguientes argumentos: "[...] "A) La primera causa específica de resolución mencionada en el artículo 114.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos se refiere a la falta de pago de la renta o de las cantidades que a esta se asimilan. "B) Por ser el contrato de arrendamiento urbano oneroso y conmutativo, es evidente que la primera obligación del arrendatario es la de pagar la renta; por otra parte, salvo cuando las partes hayan acordado que su abono se efectúe en un solo momento, este contrato es de tracto sucesivo y el impago de una sola mensualidad de renta puede motivar la resolución contractual.". De este modo se ha declarado, como doctrina jurisprudencial, que el pago de la renta del arrendamiento de vivienda fuera de plazo y después de presentada la demanda de desahucio no excluye la resolución del contrato, y esto aunque la demanda se funde en el impago de una sola mensualidad de renta, sin que el arrendador venga obligado a soportar que el arrendatario se retrase de ordinario en el abono de las rentas periódicas [...].

La sentencia recurrida se limita a aplicar la doctrina de esta Sala en la materia, a la expresamente hace referencia, señalando tras la prueba practicada que la renta se abonó fuera del plazo fijado en el contrato durante siete meses continuados y sin que sea posible la enervación de la acción por haber existido una enervación anterior de la misma. Si se respeta esa base fáctica ninguna infracción de la jurisprudencia de esta Sala en la materia se ha producido. En consecuencia vista la doctrina de la Sala en la materia y a la que anteriormente se ha hecho referencia estamos ante una situación equiparable a la pérdida del efecto útil del recurso (SSTS de 9 de marzo de 2010, rec. 456/2006 , 10 de octubre de 2011 , rec. 1557 / 2008), pues su admisión indiscriminada basada en el mero cumplimiento de los requisitos formales nunca podría llevar a la modificación del fallo; así pues, resulta apreciable la causa de inadmisión de carencia de fundamento pues objetivamente contemplada la sentencia recurrida no se contradice con los criterios jurisprudenciales de esa Sala en la materia.

Rentas impagadas y cantidades asimiladas.

Desde el mes de ........., incluido, el arrendatario ha dejado de abonar las rentas correspondientes al piso objeto del procedimiento, a razón de .......-€ Mensuales, lo que totaliza la cantidad de ................ ( ....... €).

A las rentas debidas se deben incluir varias cantidades asimiladas a renta, derivadas de ............... que han sido giradas a la propiedad, por importe total de ............ ( ........... €).

Por tanto a la fecha de interposición de la presente demanda, la arrendataria adeuda a mi representada la cantidad de ............. (........ €), salvo error u omisión, según el siguiente desglose:

(desglose recibos)

Dicha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR