Los delitos contra 'el honor' de la corona y el discurso de odio

AutorAndrea García Ortiz
CargoInvestigadora predoctoral en el Instituto Universitario de Investigación en Criminología Ciencias Penales (Universitat de València)
Páginas153-181
Los delitos contra «el honor» de la corona y el discurso de odio 153
RJUAM, n.º 45, 2022-I, pp. 153-181ISSN: 1575-720-X
LOS DELITOS CONTRA «EL HONOR» DE LA CORONA Y EL
DISCURSO DE ODIO *
CRIMES AGAINST «THE HONOR» OF THE CROWN AND HATE SPEECH
A G O**
Resumen: El presente trabajo pretende sistematizar y analizar críticamente la jurisprudencia
recaída en los últimos años sobre los delitos de injurias y calumnias a la Corona regulados en
los artículos 490.3 y 491 del Código Penal. Tradicionalmente, los tribunales consideraban que
atentaban contra el honor de la Corona –y que, por tanto, eran típicas– aquellas expresiones
injuriosas e innecesarias para transmitir las ideas u opiniones contrarias a la institución. Sin
embargo, a raíz de la STC 177/2015, se ha establecido que los mensajes dirigidos contra los reyes
pueden constituir un mensaje incitador al odio y a la violencia. Esta interpretación no solo se
opone a los criterios fi jados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de límites
a la libertad de expresión, sino que desfi gura el concepto de «discurso de odio» y plantea la duda
de qué bienes jurídicos se están tutelando en ambos preceptos penales.
Palabras clave: discurso de odio, libertad de expresión, injurias, calumnias, Corona.
Abstract: This paper aims to systematize the arguments used by the Spanish courts to support the
convictions for the crime of libel and defamation against the Crown regulated in article 490.3 and
491 of the Criminal Code. Traditionally, the jurisprudence considered o enses against the honor
of the Crown those expressions that were insulting and unnecessary to convey ideas or opinions
contrary to the institution. However, following STC 177/2015, the courts have interpreted some
messages directed against kings as incitement to hatred and violence. This construction contradicts
the European Court of Human Rights doctrine on the limits to freedom of expression. In addition,
it deforms the concept of «hate speech» and makes us wonder what legal interest is being protected
by these legal provisions.
Keywords: hate speech, freedom of expression, libel, defamation, Crown.
S: I. INTRODUCCIÓN; II. LA INCITACIÓN AL ODIO CONTRA LA CORONA; 1.
La STC 177/2015: la Corona como objeto del discurso de odio; 2. La respuesta del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos; III. LAS CONSECUENCIAS DE LA DOCTRINA DEL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL; 1. El caso Valtònyc; 2. El caso Pablo Hasél; 3. La SAN
https://doi.org/10.15366/rjuam2022.45.007
Fecha de recepción: 30 de enero de 2021.
Fecha de aceptación: 28 de junio de 2021.
 Investigadora predoctoral en el Instituto Universitario de Investigación en Criminología Ciencias Penales
(Universitat de València). Correo electrónico: andrea.m.garcia@uv.es
ANDREA GARCÍA ORTIZ
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RJUAM, n.º 45, 2022-I, pp. 153-181 ISSN: 1575-720-X
1516/2018, de 24 de abril de 2018: ¿Última condena por injuriar a la Corona?; IV. VALO-
RACIÓN CRÍTICA DE LOS CASOS EXPUESTOS; 1. Los delitos de injurias y calumnias
a la Corona (art. 490.3 y 491 CP); 2. El abuso del «discurso de odio» para restringir la crítica
institucional; V. CONCLUSIONES; VI. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
En 2008, Jaume Roura y Enric Stern fueron condenados por la Audiencia Nacional
por quemar una fotografía de los entonces reyes Juan Carlos I y Doña Sofía. Los hechos se
produjeron el 13 de septiembre de 2007 en una manifestación que se convocó en Girona
en contra de la visita del rey a la ciudad, y que iba encabezaba por una pancarta que decía:
«300 años de Borbones, 300 años combatiendo la ocupación española». Los dos jóvenes
independentistas colocaron una imagen de gran tamaño de los reyes boca abajo y le pren-
dieron fuego.
El Juzgado Central de lo Penal condenó a ambos a una pena de quince meses de prisión
por cometer un delito de injurias graves a la corona (art. 490.3 CP) y la Sala de lo Penal de
la Audiencia Nacional confi rmó dicha decisión. El Pleno consideró que quemar fotografías
del rey es una expresión «injuriosa por innecesaria para el pensamiento que se trata de ma-
nifestar», afi rmando que los acusados quisieron representar gráfi camente un «aquelarre» o
«juicio inquisitorial» para expresar el desprecio y la destrucción de la institución. Según el
Tribunal, para manifestar el rechazo a la monarquía no era necesario vilipendiar y menos-
preciar a los reyes quemando su fotografía tras colocarla boca abajo1.
Entre los varios casos que en los últimos años han aplicado los delitos de injurias y
calumnias a la Corona, este tiene una especial relevancia por dos motivos. De un lado, por-
que supuso un cambio radical en la interpretación del Tribunal Constitucional (en adelante,
TC) en materia de límites a la libertad de expresión. El TC desestimó el recurso de amparo
interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Nacional, no considerando vulnerada la li-
bertad de expresión ni la libertad ideológica. Ahora bien, dicha decisión no se fundamentó
en que las expresiones fueran desproporcionadas o innecesarias para criticar a la Corona
–que era la argumentación en la que se habían basado las condenas anteriores–sino que se
afi rmó que la quema de fotografías de los reyes se extralimitaba del legítimo ejercicio del
derecho a la libertad de expresión porque suponía una incitación directa al odio y a la vio-
lencia2. Por otro lado, el caso llegó hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (en
adelante, TEDH), que condenó a España por vulnerar el artículo 10 del Convenio Europeo
de Derechos Humanos3.
1 Vid. sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Penal) de 5 de diciembre de 2018, Roj. SAN
4837/2008.
2 Sentencia del Tribunal Constitucional (Pleno) de 22 de julio de 2015, STC 177/2015.
3 STEDH. Caso Stern Taulats y Roura Capellera contra España, de 13 de marzo de 2018.

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