SAP Alicante 401/2006, 14 de Junio de 2006

PonenteJOSE ANTONIO DURA CARRILLO
ECLIES:APA:2006:2196
Número de Recurso70/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución401/2006
Fecha de Resolución14 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª

Juzgado de lo Penal nº 1 de Orihuela (J.O. nº 584/05 )

Diligencias Urgentes nº 92/05 (Instrucción nº 6 de Orihuela )

Rollo de Apelación nº 70/06

SENTENCIA Núm. 401

Iltmos. Sres.:

D. ALBERTO FACORRO ALONSO

D. ANTONIO GIL MARTINEZ

D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO

---------------------------------------------

En la Ciudad de Alicante a Catorce de junio de dos mil Seis.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia nº 390, de fecha 27 de julio de 2005, pronunciada por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Penal nº 1 de Orihuela en las Diligencias Urgentes nº 92/05 del Juzgado de Instrucción nº 6 de Orihuela por delito Maltrato Familiar, habiendo actuado como parte apelante Jose Pablo, defendido por el Letrado D. Jesús Julio Padilla Pérez y como partes apeladas Asunción y El Ministerio Fiscal, asistida por el Letrado Sr. Múgica Muñoz.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "En aras a la brevedad se dan por reproducidos los Hechos Probados de la sentencia de instancia. ".

Segundo

El FALLO de dicha sentencia recurrida literalmente dice: "1. Condenar a Jose Pablo, como autor penalmente responsable de un delito de amenazas por razón de género, previsto penado en el artículo 174.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena, de 8 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 2 años de privación del derecho a tenencia y porte de armas. Asimismo con prohibición de acercamiento a la víctima a una distancia no inferior a 500 metros por tiempo de 2 años.

  1. Imponer las costas del juicio al condenado.".

Tercero

Contra dicha sentencia, se formalizó ante el Organismo decisor por Jose Pablo el presente recurso de apelación.

Cuarto

Del escrito de formalización del recurso de apelación se dio traslado a las demás partes y cumplido este trámite fueron elevados los autos originales con los escritos presentados a este Tribunal de Apelación, y una vez examinados se señaló para la deliberación y votación de la sentencia el día 12.06.06.

Quinto

En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales procedentes.

VISTO, siendo Ponente El Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO.

SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La parte apelante sostiene como motivo de recurso una errónea valoración de la prueba por parte del juzgador y la infracción del principio de presunción de inocencia, por cuanto, a su entender, no hay un mínimo de actividad probatoria capaz de destruirla, así como infracción de la norma penal aplicada en la sentencia por haberse limitado el recurrente a reclamar una deuda sin que su conducta puede ser incardinada en el delito de amenaza por el que fue...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR