Delimitación objetiva del procedimiento abreviado

AutorAlberto Palomar (Magistrado de lo contencioso-administrativo) y Javier Fuertes (Magistrado)

La delimitación objetiva del procedimiento abreviado se ha ido ampliando desde la configuración que, de manera inicial, se efectuaba en la redacción originaria de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA) . La actual configuración supone una más que significativa ampliación del planteamiento inicial en especial en lo relativo a la cuantía, que ha acrecentado el campo de actuación puesto que, en la práctica, en muchas ocasiones, materia y cuantía están estrechamente vinculados.

Contenido
  • 1Delimitación del procedimiento abreviado en el ámbito contencioso-administrativo
  • 2Personal al servicio de las Administraciones públicas
  • 3Extranjería e inadmisión de peticiones de asilo político
  • 4Disciplina deportiva en materia de dopaje
  • 5El supuesto de inejecución de actos firmes previsto en el art. 29.2, LJCA
  • 6La cuantía como supuesto del procedimiento abreviado
  • 7Ver también
  • 8Recursos adicionales
    • 8.1En doctrina
    • 8.2En dosieres legislativos
  • 9Legislación básica
  • 10Legislación citada
  • 11Jurisprudencia citada
Delimitación del procedimiento abreviado en el ámbito contencioso-administrativo

De manera previa es preciso tener en cuenta dos premisas, de muy diversa naturaleza, y una conclusión.

La primera premisa (como causa) es que cuando el art. 78.1, LJCA establece asuntos que han de ser tramitados por el procedimiento abreviado y esa designación la hace señalando materias (“asuntos sobre cuestiones de…”), esa prescripción, como mandato y obligación para los órganos unipersonales del orden contencioso – administrativo, lo es de la totalidad de esa materia y para todos los casos, sea cual sea su cuantía, por lo que no es preciso, ni ‘‘a priori‘‘, ni ‘‘a posteriori‘‘ (ni antes de determinar si el conocimiento de esa cuestión ha de realizarse por el procedimiento abreviado, ni después de llegar a esa conclusión), analizar el valor económico de la pretensión (si es mayor o menor de 30.000 euros o si es indeterminada). Y no es preciso porque el conocimiento de esas materias habrá de conocerse, en todo caso, por el procedimiento abreviado. Cuestión distinta es (y sobre todo a efectos de la posterior interposición de recursos) que un recurso concreto sobre cuestión (materia) que ha de ser tramitada por el procedimiento abreviado lo sea de cuantía indeterminada (o superior a 30.000 euros).

La segunda premisa (como efecto de orden práctico) es que el establecimiento de una cuantía, al lado de la delimitación material (“así como…”), como elemento delimitador positivo de los casos en los que, no tratándose de asuntos que encajen en los supuestos que anteriormente se han señalado, se conocerá por el procedimiento abreviado, va a suponer en la práctica (en el mundo real) que haya materias (tipologías de asuntos) que siempre (o en la práctica totalidad de los casos) vayan a ser tramitadas y resueltas por medio del procedimiento abreviado.

Tal es el caso, a título de ejemplo de las sanciones en materia de tráfico y seguridad vial, en las que tendrían que concurrir circunstancias excepcionales para no ser tramitadas por el procedimiento abreviado. ¿Sería estupendo un listado aproximado de esas materias basado en la experiencia?)

Como conclusión de estas premisas obtenemos que el cambio de esa cuantía que determina el obligado uso del procedimiento abreviado supone cambios en cuanto a la tramitación de materias (globalmente consideradas), y que cuanto mayor sea esa cuantía mayor será el número de materias que serán tramitadas (de forma exclusiva o casi exclusiva) a través del procedimiento abreviado, cuantía que por, otra parte, viene a coincidir con la establecida como requisito de acceso al recurso de apelación ( art. 81.1, LJCA ) y al recurso de casación para unificación de doctrina ( art. 96.3, LJCA ).

Además, resulta preciso tener presente que, al lado del procedimiento ordinario y abreviado, la Ley establece otros procedimientos cuyo empleo puede ser preferente al abreviado (ilegalidad, derechos fundamentales, suspensión administrativa previa de acuerdos de Corporaciones o entidades públicas…)

Personal al servicio de las Administraciones públicas

Esta genérica expresión, la del personal al servicio de las administraciones públicas, debe entenderse que comprende todas aquellas incidencias y vicisitudes referidas a los funcionarios públicos respecto a la relación funcionarial (ATC 779/1988, de 20 de junio[j 1], STC 35/1990, de 1 marzo[j 2] y ATS de 24 de noviembre de 1997) y que se corresponde con “toda pretensión relacionada con el nacimiento, desarrollo o extinción de la relación de servicio con las Administraciones Públicas” (ATS de 22 de septiembre de 2000, STS de 1 de diciembre de 2008[j 3] y STS de 28 de noviembre de 2011[j 4]).

Sobre esta materia, en cuanto a su tramitación por el procedimiento abreviado, en los asuntos en los que sean competentes Juzgados y Juzgados Centrales es preciso tener en cuenta una serie de consideraciones que empiezan por tener presente que la LJCA no establece (como hacía la regulación anterior, un procedimiento especial a través del cual sustanciar las cuestiones de personal

En los Juzgados y Juzgados Centrales, estas cuestiones, las de personal al servicio de las Administraciones públicas, tienen que ser tramitadas por el procedimiento abreviado, sea cual sea la cuantía de la pretensión, y ello aunque, en muchas ocasiones, se trate de recursos de cuantía indeterminada, puesto que conforme a lo establecido en las normas que regulan la determinación de la cuantía de los recursos “se reputarán de cuantía indeterminada los recursos … que se refieran a los funcionarios públicos cuando no versen sobre derechos o sanciones susceptibles de valoración económica” ( art. 42.2, LJCA ).

Y decimos que en los Juzgados porque los órganos unipersonales del orden contencioso – administrativo (Juzgados y Juzgados Centrales) concentran gran parte de las competencias en esta materia pero sin llegar a monopolizarlas de manera exclusiva. Así, en el reparto de competencias entre los diferentes órganos que integran el orden contencioso – administrativo se establece:

  • La competencia de los Juzgados de lo contencioso – administrativo para conocer de los recursos que se deduzcan frente a los actos de las entidades locales ( art 8.1, LJCA ), lo que incluye todas las cuestiones de personal, incluso aquellas que se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de los funcionarios de carrera, excepto que se trate de disposiciones de carácter generales de las Entidades locales, que el art. 10.1 b), LJCA atribuye a las Salas de lo contencioso – administrativo de los Tribunales Superiores...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Desbloqueá el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transformá tu investigación legal con vLex

  • Acceso completo a la mayor colección de jurisprudencia de common law en una sola plataforma

  • Genera resúmenes de casos con IA que destacan al instante los puntos legales clave

  • Capacidades de búsqueda avanzada con opciones precisas de filtrado y ordenación

  • Contenido legal completo con documentos de más de 100 jurisdicciones

  • Confiado por 2 millones de profesionales, incluidos los principales despachos jurídicos del mundo

  • Accede a investigación potenciada por IA con Vincent AI: Consultas en lenguaje natural con citas verificadas

vLex

Desbloqueá el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transformá tu investigación legal con vLex

  • Acceso completo a la mayor colección de jurisprudencia de common law en una sola plataforma

  • Genera resúmenes de casos con IA que destacan al instante los puntos legales clave

  • Capacidades de búsqueda avanzada con opciones precisas de filtrado y ordenación

  • Contenido legal completo con documentos de más de 100 jurisdicciones

  • Confiado por 2 millones de profesionales, incluidos los principales despachos jurídicos del mundo

  • Accede a investigación potenciada por IA con Vincent AI: Consultas en lenguaje natural con citas verificadas

vLex

Desbloqueá el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transformá tu investigación legal con vLex

  • Acceso completo a la mayor colección de jurisprudencia de common law en una sola plataforma

  • Genera resúmenes de casos con IA que destacan al instante los puntos legales clave

  • Capacidades de búsqueda avanzada con opciones precisas de filtrado y ordenación

  • Contenido legal completo con documentos de más de 100 jurisdicciones

  • Confiado por 2 millones de profesionales, incluidos los principales despachos jurídicos del mundo

  • Accede a investigación potenciada por IA con Vincent AI: Consultas en lenguaje natural con citas verificadas

vLex

Desbloqueá el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transformá tu investigación legal con vLex

  • Acceso completo a la mayor colección de jurisprudencia de common law en una sola plataforma

  • Genera resúmenes de casos con IA que destacan al instante los puntos legales clave

  • Capacidades de búsqueda avanzada con opciones precisas de filtrado y ordenación

  • Contenido legal completo con documentos de más de 100 jurisdicciones

  • Confiado por 2 millones de profesionales, incluidos los principales despachos jurídicos del mundo

  • Accede a investigación potenciada por IA con Vincent AI: Consultas en lenguaje natural con citas verificadas

vLex

Desbloqueá el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transformá tu investigación legal con vLex

  • Acceso completo a la mayor colección de jurisprudencia de common law en una sola plataforma

  • Genera resúmenes de casos con IA que destacan al instante los puntos legales clave

  • Capacidades de búsqueda avanzada con opciones precisas de filtrado y ordenación

  • Contenido legal completo con documentos de más de 100 jurisdicciones

  • Confiado por 2 millones de profesionales, incluidos los principales despachos jurídicos del mundo

  • Accede a investigación potenciada por IA con Vincent AI: Consultas en lenguaje natural con citas verificadas

vLex

Desbloqueá el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transformá tu investigación legal con vLex

  • Acceso completo a la mayor colección de jurisprudencia de common law en una sola plataforma

  • Genera resúmenes de casos con IA que destacan al instante los puntos legales clave

  • Capacidades de búsqueda avanzada con opciones precisas de filtrado y ordenación

  • Contenido legal completo con documentos de más de 100 jurisdicciones

  • Confiado por 2 millones de profesionales, incluidos los principales despachos jurídicos del mundo

  • Accede a investigación potenciada por IA con Vincent AI: Consultas en lenguaje natural con citas verificadas

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR