ORDEN CTE/468/2003, de 24 de febrero, por la que se modifica la Orden de 30 de noviembre de 2000, por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del Departamento.
Marginal | BOE-A-2003-4597 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Ciencia y Tecnologia |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN CTE/468/2003, de 24 de febrero, por la que se modifica la Orden de 30 de noviembre de 2000, por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del Departamento.
Mediante la Orden de 30 de noviembre de 2000, por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del Departamento, publicada en "Boletín Oficial del Estado" número 291, de 5 de diciembre, que fue modificada por la Orden de 19 de julio de 2001, y publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 178, de 26 de julio, así como por la Orden CTE/2759/2002, de 4 de noviembre, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 267, del 7, se establece el sistema de delegaciones de competencias en este Departamento, creado por el artículo 5 del Real Decreto 557/2000, de 27 de marzo, de reestructuración de los Departamentos ministeriales, cuya estructura y competencias se regulan por el Real Decreto 696/2000, de 12 de mayo, por el que se estableció la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por el Real Decreto 1451/2000, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Con objeto de agilizar la gestión, resulta necesario delegar en el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información las resoluciones por las que se ordena la ejecución y la cancelación de las garantías prestadas por los titulares de licencias individuales para instalar o explotar redes o servicios de telecomunicaciones, dado que en virtud de la derogación operada por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 1384/2002, las competencias que sobre esta materia estaban desconcentradas en el Secretario de Estado han vuelto a atribuirse al titular del Departamento.
Asimismo, la aprobación de una nueva relación de puestos de trabajo de la Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico de la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, en que se crea la Jefatura de Área de Planificación del Espectro Radioeléctrico, obliga a modificar el apartado vigésimo.7 de la Orden de 30...
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