DECRETO 134/2001, de 29 de mayo, de creación de la Delegación Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

134/2001, de 29 de mayo, de creación de la Delegación Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro.

El Decreto 79/2001, de 6 de marzo, de creación de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en las Tierras del Ebro, crea una delegación territorial del Gobierno de la Generalidad específica que abarca territorialmente las comarcas de las Tierras del Ebro con la finalidad de garantizar una gestión coordinada y eficaz de los asuntos que las afectan y que son competencia de la Generalidad de Cataluña.

La disposición final primera del Decreto mencionado establece que, antes del 1 de enero de 2002, deben adoptarse las disposiciones reglamentarias adecuadas a fin de que los departamentos de la Administración de la Generalidad adecuen su estructura territorial a la nueva situación derivada de la aplicación de este Decreto.

Esta previsión legal obliga a revisar la estructura territorial del Departamento de Medio Ambiente y a reestructurar sus unidades orgánicas con la finalidad de crear la Delegación Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro.

De conformidad con las previsiones de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta del consejero de Medio Ambiente y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Creación

Se crea la Delegación Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro, cuyo alcance territorial es el de las comarcas de El Baix Ebre, El Montsià, La Terra Alta y La Ribera d’Ebre.

Artículo 2

Sede

La Delegación Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro tendrá su sede en la ciudad de Amposta.

Artículo 3

Delegado/ada territorial

Al frente de la Delegación Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro habrá un delegado o una delegada territorial, con el régimen, dependencia y funciones previstas en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 155/1999, de 1 de junio, de modificación de la estructura del Departamento de Medio Ambiente.

Artículo 4

Estructura

4.1 La Delegación Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro se estructura en las secciones de Protección del Entorno Natural y de Gestión Administrativa, y en la Oficina de Gestión Ambiental...

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