ORDEN DEF/1226/2003, de 9 de mayo, por la que se modifica la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa y se crean las Juntas de Contratación del Estado Mayor de la Defensa y de los Ejércitos.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Mayo de 2003
MarginalBOE-A-2003-10186
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

La dispersión normativa sobre contratación administrativa, la amplitud de las funciones atribuidas al Departamento Ministerial, la necesidad de buscar instrumentos adecuados para contribuir a la racionalización y reducción del gasto público, así como la conveniencia demostrada de contar con unos órganos especializados para acometer el Plan Anual de Adquisiciones Centralizadas del Ministerio de Defensa, que consiga la mayor eficiencia, uniformidad en la gestión y adecuada economía de medios, aconsejan la introducción de mejoras en la composición y en el funcionamiento de las Juntas de Contratación en el Ministerio de Defensa. Todo ello en consonancia con la línea de actuaciones marcada por el Grupo de Trabajo sobre racionalización de la contratación en el ámbito de dicho Departamento.

La experiencia acumulada durante el periodo de funcionamiento de las Juntas de Contratación, la aprobación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, la publicación del Real Decreto 1437/2001, de 21 de diciembre, de desconcentración de facultades en materia de convenios, contratos y acuerdos técnicos en el ámbito del Ministerio de Defensa y con objeto de conseguir dotar a las Juntas de una mayor homogeneidad en su composición y agilidad en la gestión, se hace necesario modificar la relación de los componentes que las forman.

La mencionada experiencia aconseja la supresión de la Junta de Contratación Delegada en el Órgano Central, toda vez que la mayoría de los contratos encomendados a la misma tienen un ámbito global y no sólo afectan a la Subsecretaría de Defensa, por lo que podrían ser realizados por la Junta de Contratación del Ministerio.

Por último, siguiendo la tendencia legislativa de unificación de disposiciones que sobre la misma materia afecten a distintos órganos del Ministerio y como consecuencia de lo anterior, se modifica la actual regulación de las Juntas de Contratación en los aspectos considerados quedando, por tanto, sometida su composición y funcionamiento a los preceptos que a continuación se expresan.

En su virtud, con el preceptivo informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa y con la aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

[precepto]Primero. Junta de Contratación del Ministerio de Defensa, del Estado Mayor de la Defensa y de los Ejércitos.

Se modifica la composición y el funcionamiento de la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa, creada por O.M. 93/1999, de 26 de marzo, que actuará como órgano de contratación colegiado, respecto de los contratos administrativos expresados en el apartado tercero de la presente Orden, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.4 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Se crean Juntas de Contratación en el Estado Mayor de la Defensa, el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, que actuarán como órganos de contratación colegiados, respecto de los contratos administrativos expresados en el apartado tercero de la presente Orden, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.4 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

[precepto]Segundo. Composición y funcionamiento.

  1. Adscrita a la Secretaría de Estado de Defensa, se constituye la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa.

    1.1 Dicha Junta estará compuesta por los siguientes miembros:

    Presidente: El Director general de Asuntos Económicos.

    Vicepresidente: El Subdirector general de Contratación de la Dirección General de Asuntos Económicos.

    Vocales:

    El Subdirector general de Planificación y Programas de la Dirección General de Armamento y Material.

    El Subdirector general de Planificación y Control de la Dirección General de Infraestructura.

    El Jefe de Sistemas y Programas del Estado Mayor de la Defensa.

    El Director de Abastecimiento del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra.

    El Director de Aprovisionamiento y Transportes de la Armada.

    El Director de Adquisiciones del Mando de Apoyo Logístico del Ejército...

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