DECRETO 177/1989, de 25 de julio, por el que se autoriza la constitución de la empresa de la Junta de Andalucía, Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
Por reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, fueron traspasados a la Junta de Andalucia, funciones y servicios del Estado, entre otras, en materia de industria, en virtud de la atribución de competencia exclusiva reconocida a la misma por el articulo
18, 1, 5, de su Estatuto de Autonomia.
Como consecuencia de ello, la Consejeria de Fomento y Trabajo, a la que estan asignadas tales funciones por Decretos 36/1981, de 22 de junio y 157
1983, de 10 de agosto, respectivamente, viene realizando aquellas actuaciones de inspección y control establecidas por la reglamentación industrial para el cumplimiento de la legislación vigente, en todos sus aspectos.
La experiencia en la gestión de los distintos servicios, caracterizados por su extraordinaria complejidad técnica y multiple normativa, hace aconsejable la creacion de una empresa de participación totalmente publica que actuando en regimen de derecho privado, ofrezca la agilidad operativa que esta forma societaria supone. A tal empresa se le encomienda por el presente Decreto la gestión de servicio de Inspección Técnica de vehiculo, en concurrencia con las empresas concesionarias del mismo, previendose la asunción por parte de la misma en un futuro, de las funciones de Inspección y control, asi como aquellas otras funciones a que antes se ha referencia.
En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y Planificación y Fomento y Trabajo, con informe favorable de la Consejeria de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del dia 25 de julio de 1989.
D I S P O N G O
PRIMERO.- Se autoriza la constitución de una empresa de las previstas en e articulo 6, 1 a) de la Ley 5/1983, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autonoma de Andalucia, cuyo objeto y demás circunstancias se regulan en el presente Decreto.
SEGUNDO.- La Sociedad Mercantil que se autoriza, se constituirá con la denominación "Verificaciones Industriales de Andalucia S.A." , bajo la forma de Sociedad Anonima, y tendra plena personalidad jurídica independiente y capacidad de obrar en cumplimineto de su objeto social, si perjuicio de su adscripción funcional a la Consejeria de Fomento y Trabajo
TERCERO.- La sociedad se regirá or sus ropios Estatutos Sociales, por la Ley de Sociedades Anonimas y demás normas de Derecho Privado, por las especialidades...
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