Decreto por el que se regula el Registro de Contratistas de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Decreto 49/2000, de 29 de septiembre)
Publicado en | BOR |
Ámbito Territorial | Normativa de la Rioja |
Rango | Decreto |
La Ley 53/1999, de 28 de diciembre, introdujo importantes modificaciones en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, que posteriormente se han integrado en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que viene a derogar las dos primeras normas mencionadas.
Las modificaciones citadas afectan a aspectos que, por estar recogidos en normativa propia de esta Comunidad Autónoma, es preciso adaptar a la legalidad vigente.
Este es el caso del Decreto 49/1997, de 3 de octubre, por el que se regula el Registro de Contratistas de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el que se alude al contrato de trabajos específicos y concretos no habituales, figura que ya fue suprimida por la Ley 53/1999 antes mencionada.
Junto a ello es también preciso destacar que el Decreto 49/1997 contiene determinados aspectos de su regulación que otras leyes posteriores o, incluso, la práctica habitual, aconsejan modificar, tales como: la alusión a los "licitadores", que parece restringir la utilización del certificado de inscripción a los procedimientos abiertos y restringidos, cuando la realidad es que también se emplea en los procedimientos negociados; la precisión de que el certificado de inscripción se expide de oficio, ya que lo que solicita el interesado es únicamente la inscripción en el Registro de Licitadores o su actualización; la sustitución del recurso ordinario por el de alzada; la simplificación, por último, del régimen relativo a la validez del certificado.
Por todo lo anterior, el Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda y Economía y previa deliberación de sus miembros en su reunión celebrada el día 29 de septiembre de 2000, acuerda aprobar el siguiente,
Decreto
El Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, adscrito a la Consejería de Hacienda y Economía, se concibe como un instrumento auxiliar de la contratación administrativa y extenderá su eficacia a toda la Administración de la Comunidad Autónoma.
Los datos del Registro de Contratistas serán públicos en los términos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y podrán ser consultados por los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma así como por las unidades administrativas y los particulares que acrediten un interés legítimo y directo.
El Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de La Rioja estará desglosado, a su vez, en dos Secciones:
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Registro de Licitadores.
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Registro de Clasificaciones.
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El Registro de Licitadores inscribirá a todas aquellas personas físicas o jurídicas que pretendan concurrir a los procedimientos de adjudicación de los contratos de obras, de gestión de servicios públicos, de suministro, de consultaría y asistencia, de servicios y, en general, cualesquiera otrosde naturaleza administrativa que se promuevan por la Comunidad Autónoma de La Rioja a través de sus Consejerías, Organismos Autónomos, entidades y empresas.
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La...
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