Decreto de reglamentación de Junta de Expurgos y el Fondo Histórico Judicial de la Comunidad Valenciana (Decreto 61/2006, de 12 de mayo)

Publicado enDOCV
Ámbito TerritorialNormativa de la Comunidad Valenciana
RangoDecreto

El Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de Modernización de los Archivos Judiciales, regula, con carácter básico, determinados aspectos relativos a la organización y el funcionamiento de los archivos judiciales, así como el procedimiento a seguir para el expurgo de la documentación judicial, estableciendo un sistema homogéneo, para todo el territorio nacional, de gestión y custodia de la documentación judicial generada por los Juzgados y Tribunales, con el fin último de lograr una mejora y modernización de la Justicia.

La Comunitat Valenciana, a través del Estatut d'Autonomia, asumió todas las competencias que las Leyes Orgánicas del Poder Judicial y del Consejo General del Poder Judicial atribuyan al Gobierno, así como las de procedimiento administrativo que se deriven de las especialidades de la organización de la Generalitat y el desarrollo legislativo de su régimen jurídico. Mediante los Reales Decretos 293/1995, de 24 de febrero, 1.949 y 1.950/1996, de 23 de agosto, se traspasaron a la Comunitat Valenciana las funciones de la administración del Estado en materia de provisión de medios materiales y económicos necesarios para el funcionamiento de la administración de Justicia.

En el ejercicio de las referidas competencias, con la presente norma se persigue profundizar en esta mejora y modernización de la Justicia, objetivo en el que la Comunitat Valenciana lleva años desarrollando diversas actividades tendentes a su consecución.

Con el presente decreto se pretende fijar los procedimientos pertinentes para lograr un mejor funcionamiento y ordenación de los archivos judiciales, contribuyendo así a una oficina judicial más ágil y moderna, que permita prestar al ciudadano una atención más eficaz.

Como instrumento fundamental para alcanzar este propósito, la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales se configura como un órgano colegiado de naturaleza administrativa que tiene por finalidad determinar la exclusión o eliminación de los expedientes procesales o gubernativos del patrimonio documental o, en caso contrario, la preservación y posterior remisión de los mismos a la administración competente en materia de patrimonio histórico.

Ostentando la Generalitat, desde el año 1995, las competencias sobre los medios materiales y personales al servicio de la administración de Justicia, corresponde al Consell el desarrollo de dicho Real Decreto en lo referente a la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales que debe constituirse en la Comunitat Valenciana.

Siendo el documento original fuente de conocimiento del pasado, la Conselleria competente en materia de patrimonio histórico debe velar por su correcta custodia y conservación, debiendo facilitar a toda aquella persona que lo desee el acceso a una parte importante de nuestra historia jurídica. Teniendo en cuenta que los expedientes judiciales, además del valor histórico-documental que puedan tener, pueden ser merecedores de otro valor jurídico-procesal, mediante el presente Decreto se crea el Fondo Histórico Judicial de la Comunitat Valenciana, en el que se expondrán aquellos expedientes que, provenientes de los distintos Juzgados y Tribunales con sede en la Comunitat Valenciana, la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales estime que son dignos de ser preservados dado su interés jurídico-procesal.

No obstante, y teniendo en cuenta que la Conselleria competente en materia de patrimonio histórico es la receptora última de estos fondos una vez que han sido desjudicializados, se hace necesaria una actuación conjunta y coordinada de ambas Consellerias con objeto de garantizar la preservación de estos fondos archivísticos judiciales de carácter histórico.

Por todo ello, y en virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 38 y 40 de la Ley de Gobierno Valenciano, a propuesta de los consellers de Justicia, Interior y Administraciones Públicas y de Cultura, Educación y Deporte, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en reunión del día 12 de mayo de 2006, DECRETO Artículo único Aprobar el Reglamento de Funcionamiento de la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales y de creación del Fondo Histórico Judicial de la Comunitat Valenciana, que se acompaña como anexo del presente Decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL Constitución de la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales

La Junta de Expurgo de Documentos Judiciales se constituirá en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor del presente decreto.

DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA

El régimen jurídico de la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales se ajustará a las normas sobre órganos colegiados contenidas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de las especialidades previstas en el Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de Modernización de los Archivos Judiciales, y el presente reglamento.

SEGUNDA

Se faculta al conseller competente en materia de Justicia para que, conjuntamente con el conseller competente en materia de patrimonio histórico, dicten las normas correspondientes para desarrollar el presente decreto.

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