Medidas de Mejora en la Calidad Normativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Decreto 43/2010, de 7 de octubre)

Publicado enBOCYL
Ámbito TerritorialNormativa de Castilla y León
RangoDecreto

Desde finales del siglo XX se está trabajando en el campo de la mejor regulación, con el objetivo de conseguir simplificar y racionalizar el entorno normativo. Se trata de una política muy asentada ya en países de nuestro entorno cultural, como el Reino Unido y los Países Bajos, y que ha sido impulsada igualmente por la Comisión Europea para mejorar el funcionamiento ordinario de la Unión Europea.

La experiencia ha demostrado que la inversión en la mejora de la normativa multiplica el rendimiento de las políticas públicas que se implementan desde las Administraciones. No se trata de planteamientos puramente teóricos; en este sentido, debe destacarse que la Organización para la cooperación y el desarrollo económico (OCDE) calculó en el año 2001 que los costes anuales estimados producidos por el cumplimiento administrativo para empresas de menos de quinientas personas trabajadoras eran para España del 5,6% del total del Producto Interior Bruto (PIB) nacional. Pocos años después, la Comisión estimó que los costes administrativos en España suponían el 4,6% del PIB de nuestro país. Está demostrado, pues, que la calidad del entorno normativo influye directamente en la competitividad y en el crecimiento económico de los territorios.

Por su parte, el derecho a una buena Administración, consagrado en el artículo 12 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, debe ponerse en relación con el principio rector del crecimiento económico recogido en el artículo 16 del mismo texto, lo que origina la exigencia de que la Junta de Castilla y León asuma como propia la necesidad de elaborar disposiciones generales basadas en criterios de calidad normativa y se comprometa igualmente con el objetivo de garantizar una implementación más eficaz de las políticas públicas, que provea de más y mejores servicios a la comunidad.

El artículo 32.3 del Estatuto de Autonomía indica que corresponde a la Comunidad de Castilla y León, «en el ejercicio de la competencia de organización, régimen y funcionamiento prevista en el artículo 70.1.1.º del presente Estatuto, y de acuerdo con la legislación del Estado», entre otras materias, «la elaboración del procedimiento administrativo derivado de las especialidades de su organización propia».

Por otro lado, el artículo 42 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública eleva a rango legal los principios de calidad normativa y la aplicación gradual de la evaluación del impacto normativo en el procedimiento de elaboración de disposiciones generales, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 41 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, proclama la voluntad de las Cortes Regionales para que la Administración Autonómica establezca medidas de simplificación de los procedimientos administrativos, con el fin de propiciar procesos de gestión pública más ágiles y racionales.

Esta mejora en el proceso de elaboración de disposiciones de carácter general se contempla, por lo tanto, desde dos grandes apartados: la calidad normativa y la simplificación y racionalización de los procedimientos. Pese a que el primero de los apartados puede subsumir al segundo, la importancia que ha alcanzado la simplificación y la racionalización de los procedimientos hacen necesaria la referencia expresa y su tratamiento diferenciado.

En cuanto a la calidad normativa, con la ley anteriormente citada y este decreto se consolidan los principios inspiradores de la calidad normativa, tomando como base las conclusiones del «Informe sobre la mejora de la regulación» o «Informe Mandelkern», presentado al Consejo Europeo de Laeken de 14 y 15 de diciembre de 2001 y adaptados al ordenamiento jurídico de Castilla y León. Estos principios han de inspirar el proceso de elaboración de todos los anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones administrativas de carácter general.

Con este decreto, además, se regula la obligación de incluir la justificación de haber seguido estos principios, especialmente en lo concerniente a la evaluación del impacto normativo, en el momento de la elaboración y revisión de determinados anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones administrativas de carácter general que han de ser aprobados por la Junta de Castilla y León.

A diferencia del estudio del marco normativo donde se inserta la norma, esta evaluación supone el análisis previo de los efectos que la nueva disposición va a producir en esa política pública, en otras o en la realidad social y económica. Determinadas disposiciones deberán incluir en el procedimiento de su elaboración un informe de evaluación.

Con el objeto de fijar la metodología para la debida justificación de los principios antes aludidos y en lo relativo a la evaluación de impacto normativo se aprobará al efecto, por orden de la Consejería competente en materia de calidad de los servicios, una guía metodológica de aplicación del decreto. La finalidad de dicha guía es dotar de una herramienta eficaz y a la vez homogeneizadora del proceso de creación o revisión de la regulación a los órganos y unidades administrativas que participan en el proceso de elaboración de disposiciones normativas.

En el apartado relativo a la simplificación y racionalización de los...

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