Decreto Ley 33/2020, de 30 de septiembre, de medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica y del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, y en el ámbito presupuestario y administrativo

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas139-141
Recopilación mensual n. 106, noviembre 2020
139
Autonómica
Cataluña
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 04 de noviembre de 2020
Decreto Ley 33/2020, de 30 de septiembre, de medidas urgentes en el ámbito del
impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción
mecánica y del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, y en el
ámbito presupuestario y administrativo
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC número 8238 de 1 de octubre de 2020
Palabras clave: Emisiones. Contaminación. Dióxido de carbono. Fondo de contingencia.
Resumen:
En el ámbito tributario, y como antecedentes de este Decreto ley, hay que destacar las
medidas siguientes: por una parte, el Decreto ley 14/2020, de 28 de abril, por el que se
adoptan medidas en relación al Sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña,
en el ámbito tributario y social, para paliar los efectos de la pandemia generada por la
COVID-19 y de adopción de otras medidas urgentes, pospuso las fechas de publicación de
los padrones provisional y definitivo de los ejercicios 2019 y 2020 del impuesto sobre las
emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica, y, por otra, el
Decreto ley 6/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes en materia asistencial,
presupuestaria, financiera, fiscal y de contratación pública, con el fin de paliar los efectos de
la pandemia generada por el coronavirus SARS-CoV-2, que pospuso de abril a octubre el
plazo de presentación e ingreso de la autoliquidación correspondiente al período
comprendido entre el 1 de octubre del 2019 y el 31 de marzo del 2020.
El presente Decreto ley, que se estructura en dos capítulos, tres artículos, cuatro
disposiciones adicionales, una disposición transitoria y dos disposiciones finales, incorpora
en su articulado nuevas medidas tributarias que complementan las anteriores medidas
relativas a los dos impuestos señalados, atendiendo a la excepcionalidad de la situación
económica actual, marcada por una recuperación más lenta, frágil, incierta y asimétrica de lo
que se preveía en primavera.
Con respecto al impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de
tracción mecánica, el artículo 1 dispone la aplicación de la tarifa más baja prevista inicialmente
para el 2019, y el artículo 2, por una parte, establece la regla de cálculo de la base imponible
para los vehículos de las categorías L3e, L4, L5e y L7e (motocicletas) que no disponen de
datos de emisión oficial, y, por otra, aprueba una bonificación de la cuota para los vehículos
que tengan reconocida la calificación de clásico. Finalmente, la disposición adicional primera
establece la exigibilidad del tributo para todos los vehículos sujetos al impuesto a partir del
31 de diciembre del 2020.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR