DECRETO FORAL 88/2016, de 5 de octubre, por el que se modifica el Decreto Foral 199/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

La Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que corresponde al Gobierno de Navarra la aprobación de la estructura orgánica de cada uno de los Departamentos.

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 8/2015, de 22 de julio, se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y por Decreto Foral 58/2015, de 12 de agosto, se estableció la estructura básica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud.

Por Decreto Foral 199/2015, de 9 de septiembre, se establece la estructura orgánica del citado Departamento, realizándose una detallada regulación de las unidades administrativas que los componen, así como de las funciones que corresponden a cada una de ellas.

Mediante el presente decreto foral se modifica aquél, redistribuyendo funciones en la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, a fin de mejorar la eficacia y eficiencia en su funcionamiento.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día cinco de octubre de dos mil dieciséis,

DECRETO:

Artículo único –Modificación del Decreto Foral 199/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud.

Uno.–Se modifica el artículo 11, que queda redactado como sigue:

Artículo 11. Estructura del Servicio de Patrimonio Histórico.

El Servicio de Patrimonio Histórico se estructura en las Secciones siguientes:

a) Sección de Patrimonio Arquitectónico.

b) Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología.

Dos.–Se suprime el artículo 13.

Tres.–Se modifica el artículo 14, que queda redactado como sigue:

Artículo 14. Funciones de la Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología.

La Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología ejercerá las siguientes funciones:

a) Protección legal del patrimonio mueble.

b) Elaboración de expedientes de bienes de interés cultural y bienes inventariados muebles.

c) Formación y gestión del Registro de Bienes del Patrimonio Cultural de Navarra.

d) Elaboración del Catálogo de Bienes Muebles del Patrimonio Cultural de Navarra, para documentación y difusión del patrimonio mueble.

e) Elaboración, dirección de proyectos, planificación y contratación de intervenciones en bienes muebles del patrimonio cultural de Navarra.

f) Gestión de las ayudas que se establezcan para la restauración de bienes muebles de carácter histórico-artístico.

g) Mantenimiento y gestión de bienes muebles del patrimonio cultural propiedad del Gobierno de Navarra que se le encomienden.

h) Coordinación transversal con el resto de Servicios de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana aportando asistencia técnica y seguimiento en intervenciones, estudio, análisis, diagnóstico, tratamiento y control para la conservación y restauración de pintura, escultura, y materiales...

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