DECRETO FORAL 75/2021, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Decreto Foral 269/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Salud.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

BOLETÍN Nº 212 - 9 de septiembre de 2021 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.2. Decretos Forales DECRETO FORAL 75/2021, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Decreto Foral 269/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Salud. Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, se aprobó la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento. Asimismo, por Decreto Foral 93/2019, de 14 de agosto, fue aprobada la estructura básica del Departamento de Salud, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

Posteriormente, mediante Decreto Foral 269/2019, de 30 octubre, se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Salud.

Transcurrido más de un año desde la aprobación del decreto foral citado, la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud plantea una reestructuración de la misma para responder a las demandas que se plantean, especialmente debido al incremento exponencial en la tramitación de expedientes, sobre todo de sancionadores por infracciones de normas sanitarias relativas a COVID-19, de reclamaciones de responsabilidad patrimonial también por medidas sanitarias adoptadas durante la pandemia, así como atención de consultas a personal técnico y ciudadanía derivadas también de la crisis sanitaria originada por SARS-CoV-2.

Se propone la extinción de la Sección de Régimen Jurídico y la creación de una nueva Sección de Tramitación de Expedientes y Apoyo Jurídico con la reordenación y mejor definición de las funciones de la actual Sección de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica de Salud, para incluir funciones que, inicialmente, no se habían contemplado y que exceden de las estrictamente jurídicas. Así, se añaden más funciones de gestión y tramitación de expedientes, gestión de bases de datos, información pública y participación ciudadana y apoyo a la atención a la ciudadanía que encajan mejor en la nueva Sección que se propone.

Es por ello que se suprime la Sección Jurídica existente, para modificar y redefinir las funciones en el sentido expuesto anteriormente y se crea otra Sección denominada...

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