Decreto por el que se crea la Red de Espacios Públicos Expositivos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Decreto N° 138/2002, de 29 de noviembre)

Publicado enBORM de 13 de Diciembre 2002
Ámbito TerritorialNormativa de Murcia
RangoDecreto

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, en su artículo 9.2, establece que la Comunidad Autónoma, en el ámbito de su competencia y a través de sus órganos, velará por impulsar el desarrollo cultural y facilitará la participación de todos los murcianos en la vida cultural de la Región.

A este fin, la promoción de infraestructuras culturales constituye una estrategia imprescindible para difundir la creación artística, en especial las artes plásticas y visuales, tanto más cuanto las salas de exposiciones se han convertido, junto a los museos, en espacios de producción de nuevas formas de comunicación cultural más activas y participativas que favorecen la comprensión e interpretación de las artes.

Por ello, para rentabilizar la organización de exposiciones mediante su itinerancia en los circuitos y espacios municipales, dando respuesta a las diferentes demandas existentes, así como para intensificar la colaboración entre las distintas Administraciones Públicas en la producción de montajes expositivos y en el apoyo a los creadores artísticos de la Comunidad Autónoma, mediante el presente Decreto se crea la Red de Espacios Públicos Expositivos como instrumento de coordinación y apoyo a las manifestaciones artísticas desarrolladas en salas de exposiciones de titularidad regional o local.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, conforme a los artículos 21.4 y 48 b) de la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de noviembre de 2002.

DISPONGO:

ARTÍCULO 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto la creación y configuración básica de la Red de Espacios Públicos Expositivos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

ARTÍCULO 2 Espacios Públicos Expositivos.

A los efectos de este Decreto tendrán la consideración de Espacios Públicos Expositivos los siguientes:

  1. Las Salas de Exposiciones dependientes de la Comunidad Autónoma que se relacionan en la Disposición Adicional Primera de este Decreto.

  2. Los espacios expositivos de titularidad municipal, integrados en la Red de conformidad con lo establecido en el artículo 4.º de este Decreto.

ARTÍCULO 3 Objetivos de la red.

La Red tendrá los siguientes objetivos:

  1. Difundir y dar a conocer el patrimonio cultural de la Región de Murcia.

  2. Apoyar y...

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