Decreto sobre normas reguladoras de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Decreto 77/1995, de 29 agosto)

Publicado enDOCN
Ámbito TerritorialNormativa de Castilla-La Mancha
RangoDecreto

La Constitución Española establece que son los principios de coordinación y de eficacia los que dan el sentido orgánico de conjunto a una Administración compleja, integrada por multitud de órganos diferenciados pero que tienen un fin único: la prestación de servicios públicos de calidad a los ciudadanos.

La coordinación es imprescindible para la eficacia, más cuanto más grande es la administración, esto es, cuantos más servicios pretende ofrecer a sus administrados.

El Decreto 107/1983, de 21 de junio, creo las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al amparo de la organización territorial en la que se inspira el Estatuto de Autonomía y con el fin de conferir, no sólo una representación única, sino la dirección, coordinación y control de los correspondientes servicios dependientes de la Junta.

Las nuevas competencias asumidas por esta Comunidad Autónoma en virtud de la Ley Orgánica 7/1994, de 24 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, hacen que la Administración Regional experimente un fuerte crecimiento, especialmente en su ámbito periférico, puesto que supone que un importante número de los servicios que venían prestándose al ciudadano desde la Administración Central del Estado, lo serán, a partir de ahora, por la Administración de la Junta.

De esta forma, es necesario que la estructura de la Junta de Comunidades cuente con el soporte administrativo suficiente para la gestión de estas competencias, siempre atendiendo al principio de cercanía, que ha de inspirar cualquier cambio en este sentido y que, en el caso que nos ocupa, significa acercar al ciudadano los centros de decisión lo máximo posible. También se hace aconsejable contar con unidades administrativas a nivel provincial que, por razones de economía de escala, gestionen para el común de la administración periférica, ahora de mayor envergadura, todos aquellos servicios susceptibles de ello, evitando así duplicidades ineficientes en el empleo de los recursos.

De otro lado, en la actualidad, la representación territorial de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la ostentan diversos responsables sectoriales de las distintas Consejerías que, si bien son nombrados por el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero correspondiente, tienen como misión concreta el desarrollo de las políticas de cada Consejería en el ámbito de su provincia. La estimación de que a finales de 1995 un 75% de los requerimientos que los ciudadanos hagan de sus administraciones de ámbito supralocal se producirán...

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