Decreto por el que se da nueva redacción al Decreto 54/1986, de 16 de mayo, que instituyó el Premio 'Ramón Pignatelli'.(Decreto 54/1989, de 18 de abril)

Publicado enBOA
Ámbito TerritorialNormativa de Aragón
RangoDecreto

El Decreto 54/1986, de 16 de mayo, instituyó los Premios "Ramón Pignatelli", destinados a fomentar el interés por todo lo relacionado con el uso del agua en Aragón y, en especial, para promover el estudio y la investigación de la problemática de los nuevos regadíos en el territorio de la Comunidad Autónoma.

A la tradicional preocupación por el agua y los regadíos, como una de las utilizaciones fundamentales para el desarrollo de la vida humana en el espacio de nuestro territorio, se debe de añadir hoy una nueva toma de conciencia que se refiere al deseo y a la necesidad universalmente sentida por la conservación del agua y su calidad.

Por otra parte, la experiencia acumulada en los últimos años aconseja introducir modificaciones en el articulado del mencionado Decreto.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Cultura y Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión celebrada el día 18 de abril de 1989,

DISPONGO:

ARTÍCULO 1

Se instituyen los Premios "Ramón Pignatelli" destinados a fomentar el interés por todo lo relacionado con el uso del agua en Aragón, tanto en lo que se refiere a su aprovechamiento como a la conservación de su calidad.

ARTÍCULO 2

Los Premios "Ramón Pignatelli" comprenderán las siguientes modalidades:

  1. Premio al mejor artículo, reportaje, entrevista o serie de ellos, dado a conocer en cualquiera de los medios de comunicación social de Aragón sobre la materia indicada.

  2. Premio al mejor trabajo inédito sobre Tecnología, Investigación Histórica o Antropología Cultural, relacionado con el aprovechamiento del agua y su conservación.

  3. Premio al mejor trabajo realizado por escolares de la Comunidad aragonesa, individual o colectivamente, relativo a regadíos y/o a la cultura del agua en Aragón.

ARTÍCULO 3

Las actividades objeto de los Premios deberán haberse realizado o presentado dentro del año natural correspondiente al de la convocatoria.

ARTÍCULO 4

Podrán acceder a los Premios, en sus diversas modalidades, las personas o grupos de personas cuyas candidaturas sean presentadas por alguna Institución, Centro, Empresa o Entidad académica, científica, tecnológica o...

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