Decreto por el que se crea el Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos -Pablo Serrano-. (Decreto 218/1995, de 5 de julio)

Publicado enBOA
Ámbito TerritorialNormativa de Aragón
RangoDecreto

Con la publicación del Decreto 26/1993, de 6 de abril, de la Diputación General de Aragón, se trató de hacer efectiva la creación de un Museo Aragonés de Arte Contemporáneo, paliándose así la carencia habida en nuestra Comunidad, en lo que a la promocióny difusión de la cultura artística de nuestro siglo se refiere.

En la fecha de 29 de julio de 1985, se constituyó, a iniciativa de don Pablo Serrano Aguilar, la Fundación Cultural denominada -Fundación-Museo Pablo Serrano-, disuelta el 20 de junio de 1995, y cuyos bienes, en cumplimiento de lo previsto en el artículo31 de los Estatutos de la Fundación, han pasado a ser propiedad, previa aceptación, de la Diputación General de Aragón, quedando depositados en el Museo Aragonés de Arte Contemporáneo.

Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 35.1.16, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de museos, y en el marco básico establecido por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la Ley 7/1986, de 5 de diciembre, de Museos de Aragón, establece las obligaciones de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma en orden a garantizar la creación y mantenimiento de los museos, diseñando un sistema que corresponde a las demandas actuales y potenciales de la sociedad moderna.

Por lo expuesto, con este Decreto se procede a la creación del Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos -Pablo Serrano-, que tendrá como objetivos fundamentales la recapitulación de la esencia de las transformaciones de la cultura artística, el acrecentamiento de su popularidad y el perfeccionamiento de la sensibilidad estética, artística y cultural de las generaciones presentes y futuras, recogiéndose el espíritu inspirador del Decreto 26/93, de 6 de abril, de creación del Museo Aragonésde Arte Contemporáneo, al que viene a sustituir el nuevo Instituto, y el de la Fundación-Museo Pablo Serrano.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura y previa deliberación de la Diputación General, en su reunión celebrada el día 5 de julio de 1995.

DISPONGO

ARTÍCULO UNO

Se crea el Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos Pablo Serrano, como institución cultural y científica de titularidad autonómica, con las características establecidas por el artículo 1.º de la Ley 7/1986, de 5 de diciembre, de Museos de Aragón, integrado orgánicamente en el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Será la sede del Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos Pablo Serrano el edificio erigido sobre la sede de los talleres del antiguo Hogar Pignatelli en el Paseo María Agustín, número 18-20, de Zaragoza, ampliado y remodelado en 2011.

ARTÍCULO DOS

En su organización y funcionamiento, el Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos Pablo Serrano se regirá por lo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 7/1986, de 5 de diciembre, de Museos de Aragón, el Decreto 56/1987, de 8 de mayo, de desarrollo de la anterior Ley, y demás disposiciones dictadas para su desarrollo y aplicación, así como por el presente Decreto.

ARTÍCULO TRES
  1. Constituye el objetivo primordial del Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos Pablo Serrano realizar su actividad museística, de acuerdo con la política cultural del Gobierno de Aragón, para el conocimiento, fomento y difusión del Arte y la Cultura contemporáneos.

  2. Son fines del Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos Pablo Serrano los siguientes:

  1. Reunir, conservar y enriquecer la colección adscrita al Museo, así como su exhibición y documentación, con fines de investigación, educación, disfrute y promoción científica y cultural.

  2. Programar, organizar y realizar exposiciones de arte contemporáneo.

  3. Promover y desarrollar programas de investigación en materia de cultura y arte contemporáneo.

  4. Desarrollar programas de acción cultural y divulgativa que fomenten el acceso del público a la colección y a las exposiciones que promueva el Museo.

  5. Promover seminarios, cursos, conferencias y cualquier otra manifestación que contribuya a la difusión del arte y la cultura en el marco de su actividad como museo.

  6. Crear, mantener y gestionar una biblioteca especializada, archivo de documentos, filmes, y demás elementos de información y difusión de la cultura considerados de interés de acuerdo con su actividad patrimonial y de difusión cultural.

  7. Publicar libros, documentos, discos y cualesquiera otros soportes con información sobre la colección adscrita al Museo y la cultura y el arte contemporáneos en general.

  8. Prestar servicios especializados en materia de información, asesoramiento y documentación en el campo del arte contemporáneo, en colaboración con otros centros y órganos del Departamento.

  9. Establecer, a través de la Dirección General competente en materia de museos, programas de cooperación con otras...

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