Decreto 530/1973, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
| Marginal | BOE-A-1973-478 |
| Sección | I - Disposiciones Generales |
| Emisor | Ministerio de Hacienda |
| Rango de Ley | Decreto |
B.
O.
del
K-Núm.
79 2
abril
1973
6459
FRANC1SCO
FHA1\iCO
DISPOSICIONES
TRA?\:SnORIAS
El
Vi'.'t'Pll'sid,'nt"
del
Gühif,rno,
I.liJS
C:\HHEHü
[lLANCO
¡\Si.
Jo
dispongo
pOl'
el
pn_'scnte
Decreto,
dado
en
i\-'1adrid
anuovv
de
marzo
dE'
mil
novecientos
'>('lenta yLr('s,
El
Vicepn"sidl'nj('
ele.
(;útJj(-,l-no,
LUIS
-CARHEnO
BLAl\(:O
Artículoquil1to
-"El
carne:
:>'e
'wlicitará
del
Sindicato
Pro-
vmCial
de
Activj(i~tdes
Diversas
que
COrresponda
a
la
provin-
cia
donde
radiq
uc
el
domicilio
social
de
h~
Empresa
o
la
direc·
ción
de
la
misma,
cuyo
Sindicato,
previo
informe
de
las
Unio-
nes
de
Empresf-tric'i y
de
Trabajadores
y
Técnicos
respectivos.
con
el
visto
buelle
del
Delegado
provincial
.sindical
correspon·
diente;
elevarú
el
expedienteinstruído
ala
Pres"idencia
del
Sindicato
Naci.onal
de
Actividades
Diversas,
la
que,
previos
los
correspondientes
acuenros
de
los
Organos
Colegiados
de
dicho
Sindicato
NaCÍonH),
concedera
b
denegará
el
carnet
solicitado
...
Articulo
novel1o.-EJ
lI'wumplímiento
de
este
Decreto
por
parte
de
las
Empresas
será
sancioliado
por
las
Delegaciones
?rovjnciClle~
de
Trabajo,
según
el
procedimiento
establecido
en
el
Decreto
de
dos
de
junio
de
mil
novecientos
sesenta.
Asimis~
mo
podrán
dichos
Delegados,
por
iniciativa
propia
o a
instan-
cia
de
la
Inspección
Provincial
de
Trabajo.
proponer
al
Ministe·
¡-jo
de
Trabajo
disponga
la
paralización
de
las
actividades
de
aquellas
Empresas
que
carezcan
del
..
Carnetde
Empresa.
con
responsabilidad",
¡;oriforme
a
lo
establecido
en
el
artículo
die-
ciseis
del
Reglanh~nlo
Orgánico
y
funcionaJ
de
Delegaciones
-de
Trabajo,
aprobddo
por
DecrBto
de
tres
de
abril
de
mil
no~
vl'cientos
6C(y
uno.
Articulo
sexto
---~Contra
el
acuerdo
denegatorio
de
la
soH·
t:i.tud
de
carne!.
el
interesado
podnt
interponer
recurso,
en
la
ferma
y
por
los
trámites
estabtecidcs,
a.nte
el
Tribunal
Central
de
Amparo
y
col1tra
¡-os
f:tCuerdos
dcdtcho
Tribunal,
si
proce~
diere,
interponer
el
recursocontenciosú'sindicaf.
..
Articulo
:,;tiptimo.---E!
modelo
de
can'letserá
ünico
en
toda
Eó:paña,
-Y
su
confección
y
distribución
se
llevará
a
cabo
por
,,1
Sindicato
Provincial
de
Actividades
DivOJ'sas
respectivo.
FRANCISCO
FRANCO
Así
lo
dHpongo
por
el
presente
Decret.o,
dado
en
Madrid
n
veintidós
de
mal·LO
de
mil
nQvecienl.Os
setenta
y
treS.
Actículo
octavo.--·EJ
carnet
tendrú
un
periodo
de
validez
de
d¡ez
aüos,
sÍt'mio
obligatoria
su
revisión
y
visado
anuajmen~
t>J.
Al
final
de
f"U
plazo
de
validez
debGni
solicitarse
otro
nUG-
Vo
en
las
mHnH1S
courliciones
establecidH.s
anterIormente.
Dos.
Las
Empresas
ya
est.,tblecldas'
debenin
acreditar
que
cumplen
estrictamente
cuantas
díspú5idones
legales
en
vigor
regulan
los
derechos
laborales
y
de
Seguridad
Social
de
los
trabajadores
pertenecientes
a
las
mismas,
Tres,
Cuando
se
trate
de
Empresa
que
pretende
iniciar
sus
e\Ctividades,
deberú
aCJ"ediiar
ante
el
Sindicuto
Provincial
res-
PECtivo
poseer
capHcidad
económica,
cn~dit(J
y
solvencia
sufiw
ciento
para
dedicarse
a
la
actividad
de
fotogrametría.
Art1cuJo
cU
expedición
de1
carnet
sera
absoluta-
¡¡lente
gratuíla,
r,t.'f"e
podn\
exigirse
el
ahonodel
coste
mate-
ria!
del
m¡s!l]o. y
,-.u
¡Iumero
en
ningún
caSo
será
límitado.
DISPOSlCION
FINAL
DEROGAfOHIA
del·ogudo
el
Decreto
tres
mE
cincuenta
y
siete/mil
nc·
se;,;enta
y
cuatro,
do
veinticuatro
de
_'icplif'.mbre,
en
opone
al
presentte.
Queda
vt::-ci('t'lus
cuan,o
be
Primera.---La
adaptación
del
régimen
de
la
Ensel1U!lza
Supe-
rior
Militar
a
lo
dispuesto
en
el
pp~sente
Decreto
se
reüUzdTá
dentro
de
íos
dos
años
siguientes
a
su
entrada
en
vigor,quedan-
do
facultados
los
respectivos
Ministc,"jos
pan:
re-gular
los
co-
rrespondientes
periodos
de
transición.
Producida
tal
adaptación
se
aplicara
lo
dispuesto
on
el
articulo
séptimo
del
presente
De-
creto.
Scguncta.~En
todo
caso,
en
las
convocatorias
que
tengan
lu-
gar
durante
tres
ai'Jos a
partir
de
la
enirada
en
vigor
de
este
Decroto,
el
límite
de
edad
para
Jos
que
tengan
reconocido
el
derecho
a
plaza
de
gracia
será
no
haber
cumpJi-do
veinticuatro
años
el
día
treinta
y
uno
de
diciembre
del
ano
en
qUe
se
ter-
mint;n
las
prUl~has
de
ingn;so
dct('rmilladCl~
('n
la
convocatoria
correspondiente.
Asimismo
se
rcgularim
por
disposiciones
posteriores
1ti
crE'..a·
don
organización
y
funcionamiento
de
los
indicados
Centros
y
cologios
militares.
Artículo
noveno_-~Por
los
Ministerios
militares
y
por
el
de
Educación
y
Ciencia
so
dictarán
ias
disposiciones
l1l'cCi
par¡;:.
el
desarrollo
del
presente
D{'cl'eío,
ei
clla! C!ltnH'd
(\11
vigur
el
día
siguiente
al
de
Sll
publicación
en
el
"Boletín
Oficial
deJ
Estado»,
La
experiencia
aJcanlada
en
10'S
últimos
anos
con
la
implan
tación
del
<.arnet>
de
Empresa
con
J"(.>sponsabilidad
en
distin'os
::;lClon~s
de
la
acU
...
jdad
económicu,p8rmlte
a"egurar!a
co[\
vcnicllcia
di:'
extendeclos
a
otros
que
por
sus
cararteristícas
y
peculiaridades
asi
10
aconsejen.
Consm:uentem()Jlte.
y
habida
cuenta
de
!'eIS
especiales
cin:un:~·
t,'.nciCls
que
conCUlTen
en
la
actividad
fotogramelricu
y
con
d
fin
de
ovitar
el
¡nlru5inTl
ü ,
competencia
desleal
en
(·1
sect01'
~'
gHrantizar
el
debido
O\VOJ.
!ócnico
y
eficacia
que
se
precisan
.,'n
el
desarrollo
de
sus
funciOnes,parece
oportuno
estabtecercon
cnractúl"
obligatorio
el
carnet
de
Empj·esH
con
uJspons,lbilidr:d
p
lodaslas
Eltlpresfl.s
de
FoJogrametría,
En
su
virtud,
y a
propuesta
de
Jo;;;
Ministros
de
Tr·abajo
y
de
Relaciones
Sindicales
yp!'t'vin
deliberl'(;ion
do!
CnnSf'lo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
veintHres
de
ft'brel"o
0'0
mi!
novecientos
sotenta
y
tres,
Df.'CiI},'I"O
5291
í,9l3,
de
22
de
marzo,
por
el
que
Be
establece
el
Cnniet
de
hmpresa
eoil
Responsabi-
lida.d par."
la
Actividad
de
Fotograme-t.ria
1)/,--'('I:[
:i30/197-3,
de
22
de
Febrero,
TJor
el
que
se
aprueba
el
Plan
General
de
Contabilidad.
La
Comj:~iün
CUll,ral
de
Planifíca-CÍün
Contable,
con
arreglo
a
lo
dispue~t{l
en
id.
Orden
ministedal
4e
veinticinco
de
sep-
tiembm
de
mil
novecientos
setenta
y
uno;
ha
elaborado
el
Plan
Generaldf:
Contubtlidad,
y
un:;t.
vez
que
el
Consejo
de
Economía
Nacional
ha
emitido
el
preceptivo
informe,
según
el
apartado
segundo,
cuatro,
de
la
citada
-Orden.
ha
elevado
la
oportuna
propuesta
a
esle
Ministerio
para
su
aprobación.
No
ob5ta:1te
las
indudables
ventajas
que
llevara
aparejadas.
en
todo
cl1so',.la
inlplantación
del
Plan,
se
ha
preferido.
dar
un
carácter
facultativo
a
su
adopción
por
las
Empresas,
dejando.
de
momento.
que-
sea
la
propia
convicción
de·
una
convenjencia
tecnica
la
qU-6paut'atlnamentevayaopetando
la-
aplicación
del
mismo,
sin
perjuicio
de
que
en
el
'futuro.
se
pueda
establecer
su
aplicación
ol)líga.toria
en
los
casos
que
se
determine.
DISPONGO
Aniculo
primel"ü,~Se
eslablecu
con
cfjrúclGr obljg<.llocio>
i~j
«CHI·llot
de
Empresa
con
respol1sahílidad"
pelta
todas
laÓ"
Cm
pi-esas
de
FoLogrametría
qu~e
désarrollen
su
;-tetivid¡l,d
en
cual.
qttier
lugar
del
t¡zrritorío
nacional.
..
AI"(icuJo
segundo.---EJ
carnet
de
Empresa
con
responsabili-
dad
SCt'ft
exigido
en
todos
los
ca:-:;os
a
las
personas
físicas
o;u-
ridiCHS
que
contraten
o
subcontraten
con
eJ:Estado.
la
Provin-
cia,
el
Municipio
y
Organismos
de
ellos
dependientes.
Articulo
torcero.-Toda
Empresa
que
ejerza
o
pret.enda
eje-c
Cel'
la
actividad
d~ra
proveerse
de!
citado
carnet.
cuya
con
ct·síÓn
quedará
supeditada
al
cumplimi.ento
de
los
requisitüs
,sjguicntes:
Uno.
La
Empresa
que
pretenda
obtener
el
carilet
deberá
poscer
aparatos
propios
de
restitución
fotograrnétrica
cl<:isifica->
dos
en
primero
y
segundo
orden,
acrcditá.t"
ltlS
altas
ene!
pagb
de
licencia
fiscal,
estar
al
corriente
de
susobJigacioJlv;
Lrihu
ta.rias
y
demás
requisitos
legales
que
correspondan
p<:i.n.l.>
el
ejer~
ciclo
de
su
actividad.
MINISTERIO DE HACIENDA
6460
2a6ril
1973
B.
O.
ael
E.-Níím.
79
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda,
de
con-
formidad
con
10
informado
por
el
Consejo
de
Economía
Nacio-
nal
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
nueve
de
febrero
de
mil
novecientos
setenta
y
tres.
DISPONGO,
Artículo
primero.-Se
aprueba
el
Plan
General
de
Contabili-
dad.
cuyo
texto
se
inserta
a
continuación.
Articulo
segundo.-El
Plan
General
de
Contabilidad
será
de
aplicación
voluntaria
para
las
Empresas
hasta
tanto
que
por
el
Gobierno
no
se
disponga
otra
cosa.
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
veintidós
de
febrero
de
mil
novecientos
.setenta
y
tres.
FRANCiSCO
FRANCO
El
Ministra
de
Hacienda,
ALBERTO
MONREAL
tUQUE
PLAN
GENERAL DE CONTABILIDAD
INTRODUCCION
1. Los
trabajos
sobre
planificación
contable
se
iniciaron
en
el
Ministerio
de
Hacienda
con
]a
publicación
de
la
Orden
de
24
de
febrero
de
1965,
dictada
en
relación
con
la
disposición
final
cuarta
de
la
Ley
sobre
Regularización
de
Balances.
Texto
refun-
dido
de
2
de
julio
de
1964.
Estos
trabajos
fueron
objeto
de
un
impulso
m
uy
fuerte
du-
rante
el
año
1971.
El
Ministerio
de
Hacienda
consideró
entonces
como
uno
de
sus
objetivos
a
corto
plazo
la
terminación
del
Plan
General
de
Contabilidad.
Para
lograrlo
se
reestructuró
la
Corni·
sión
Central
de
Planificación
Contable
por
Orden
de
2:=:
de
sep-
tiembre
de
1971 y
se
creó
un
Organo
nuevo,
configurado
como
Sección,
que
es
la
Secretaría
del
Plan.
La
característica
principal
de
esta
reestructuración
se
en-
cuentra
en
el
hecho
de
incrementar
1ft
colaboración
en
las
ta.rea~
del
Plan
de
los
profesionales
y_
expertos
del
campo
privado,
es
decir,
da
quienes
prestari
sus
actividades
en
'la
empresa.
A
esta
línea
de
pensamiento
responde
la
posibilidad
que
se
esl
abIace
en
la
Orden
citada
de
constituir
Grupos
de
t-rabajo
para
él
estu-
dio
de
cuestiones
concretas
sobre
pl8-llÍficación
contable.
El
Grupo
número
1
-valoraciones~
ha
venidO
funcionando
aesda
finales
de
1971 y
sus
propuestas
figuran
ya
incluídas
y
formando
parte
del
Plan.
Recientemente
se
ha
constituído
el
Grupo
de
trabajo
núme-
re
2
-documentos
consolidados-;
y
todo
-
hacer
prever
que
pró-
ximamente
la
Comisión
dispondrá
de
un
estudio
mUy
complete
sobre
punto
tan
importante.
Nuevos
Grupos
de
trabajo
se
irán
constituyendo
en
la
medida
en
que
se
desarrollen
otras
materias
del
Plan
-
(mecanización
contable,
contabilidad
analítica,
especialidades
sectoriales,
et-
cétera).
2.
Para
redactar
el
Plan
General
de
Contabilidad,
la
Comi-
sión
ha
procurado
documentarse
del
modo
mas
compl€to
posible.
A
tal
efecto,
ha
tenido
presentes
numerosos
estudioS
e
informes
sobre
la
materia;
unos
con
nivel
cientifico
y
otros
que
se
sitúan
en
la
vertiente
de
las
realizElt:'iones
prácticas.
La
Comisión
ha
prestado
especial
atención
-como
continuará
h;'lciél~dolo
en
lo
sucesivo--
al
desarrollo
de
los
trabajos
del
Grupo
de
Estudios
de
Expertos
Contables
de
la
C. E. É.,
sobre
estructura
y
cante
nido
de
las
cuentas
anuales
ydel
ínforme
de
gestión,
así
COl1lO
sobre
los
métodos
de
evaluación
y
lá
publicidad
de
todos esto,:,
documentas
cuando
se
trata
de
Sociedades
anóll!nBs
y
de
res
ponsabilidad
limitada.
Trabajos
cuya
finalidad
es
la
de
ctrable·
cer
condicíones
iuridicas
equivalentes
en
lainfonllacit-o
finan·
cieraque
taJes
Sociedades
habrán
de
f,'cilítar
p,wa cono{'jmíento
del
público.
S.
Durante
el
curso
de
sus
taneas.
la
Comisión
ha
recibido
algunas
sugerencias
en
el
sentido
de
sustItuir
en
el,
Plan
el
modelo
contable
convencional
por
oti:'o
más
operativo
d~sde
el
punto
de
vista
de
la
gestión
Es
cierto
que
el
primero
está
som¿:Udo a
una
serie
de
limitaciul1cs
impuestas
por
los PI'opios
'eI¡:ffientos
de
órden
jurídico-patrImonial
que
10
definen.
Pero
no
obstante
esto,
y
aun
reconociendo
lo
que
hay
de
p"O'ltivo
en
tales
sugerencias,
la
Comisión
ha
decidido,
por
_
muy
impor-
tan
tes
razones,
que
el
Plan
se
ajuste
alos pi"incipics'
de
la
con-
tabilidad
tradicional,
lo
cual
no
ha
sido
obstáculo
para
tntro-
ducIr
en
él
ciertas
innovaciones
en
base
de
la
moderna
evolución
de
la
técnica
contable.
Las
propias
exigencia~:
jurídico;
nadúr:ales
y
las
normas
supranacionales,
muy
eh\boradas
ya
hoy, y a
las
que
deseamos
aproximarnos,
harían
imposible,
en
el
estado
actual
de
la
cuestión,
que
el
Plan
General
de
Conta-
bilidad
se
apartara,
aunque
sólQ
fuera
parcialmente,
de los
principios
fundamentales
del
modelo
convencionaL
Lo
expuesto
se
refiere
a
la
contabilidad
externa
o
financiera
que
es
la
que
constituve
el
contenIdo
de
esta
primera
edición
del
Plan,
Ahor~
bien,
como
el
Plan
incluirá
en
un
futuro
próximo,
y
baje
critfrios
de
pura
liutonomía,
la
contabilidad
interna
o
de
gestión,
la
Comisión
juzga
oportuno
declarar
ahora
su
opi-
nión
sobre
el
carácter
meramente
indicativo
de
los
modelos
ana-
micos
que
se
formulen.
Así,
pues,
la
propia
sistemática
del
Plan
permitirá,
sin
dificultades
adicionales,
hacer
compatibles
la
con·
tabílidad
externa
ylos
modelos
más
modernos
que
;mpl::mten
'los
responsables
de
1M
empresas
para
los
fines
específicos
de
la
gestión,
4. OtrHs
sugerencias
se
mostraban
claramente
favorables
al
establecimiento
de
un
modelo
contable
predominantemente
de
flujos.
Cierto
que
la
contabilidad
tradicional
es
esenCÍalmente
estática,
puesto
que
responde
ti
preocupaciones
de
tipo
patri-
monial
y a
las
exigencias
de
indole
jurídica.
La
idea
de
flujo
-muy
sugestiva,
sin
duda-
implica
laevoluc1ón
del
esquema
cJAsico
contable
hacia
una
noción
dinamica
de
las
magnitudes,
De-
este
modo
la
contabilidad
adquiere
un
sentido
mucho
má~
económico
por
suministrar
una
información
más
viva.
m::~s
re-
presentativa
de
la
actividad
de
la
empresa
facilitando
al
pro-
pio
tiempo
la
integración
de
las
cantidades
mi(;roeconómicas
en
el
marCJ
de
las
grandes
magnitudes
nacionales.
La
Comisión
ha
estudiado
con
la
debida
atención
el
moví-
miento
innovador
recogido
en
lales
sugerencias.
Pero
bs
razo-
nes
invocadas
en
el
apartado
3.
-a
las
que
cabría
añadir
la
natural
perturbación
que
causaría
en
el
contexto
contable
d"
nuestnls
empresas
la
introducción
obligatoria
y
sin
transició!'}
de
un
modelo
predomínantemente
de
flujos--
Son
de
suyo
sufi
ctente
para
que
en
el
Plan
se
otorgue
todavía
mayor
relevanCÍa
a
la
concepción
estática
o
jutidico-patrimonial
de
las
milgnltudes
que
asu
noción
estrictamente
dinámÍCa.
No
obstante,
consciente
la
Comi"ión
de
que
la
información
externa
debe
ser
cada
día
más
exigente,
el
Plan
General
de
Contabilidad
intenta
_aunque
con
el
condicionamiento
señalado-
una
especie
-de
síntesis
al
conservar,
por
una
parte,
los
elementos.
estáticos
del
modelo;
y
por
otra,
al
acentuar
hasta
un
derto
punto
81
sentido
diná-
mico
de
los
componentes
de
la
Cuenta
de
Explotación.
y
espe~
cialmente
al
introducir
con
criterio
progresista
un
d·J:umento
cuya
estruct:ura
permitirá
determinar
en
térmipos
de
flujo
la
financiación
básica
que
afluye
a
la
empresa
y
su
inversión
o
empleo,
así
como
las
variaciones
del
circulante;
todo
esto
con
referencia
al
período.
Más
adelante
se
volverá
a
tratar
sobre
esta
cuestión.
5.
Un
tercer
grupo
de
sugerencias,
aunque
aceptaban
buena
parte
de
la"
líneas
básicas
del
modelo
c.onvencíonaL
pretendían
sustltuir
la
noción
del
coste
histórico
por
la
del
valor
de
repo-
sición.
El
tema
es
importantísimo
y
ha
sido
objeto
de
numero-
sos
análisis
en
los
últimos
-lustros.
Está
claro
que
la
inflación
actúa
negativamente
&obre el
patrimonio
de
la
empresa
cuand:J
ésta
se gest.iona
baío
el
modelo
coniablé
convencional
En
un
nivel
puramente
especulativo
la
Comisión
no
hubiera
tenido
inconveniente
en
proponer
la
citada
sustitución.
Pero
en
el
terreno
de
las
realidades
concretas
es
precise
tener
E'-n
cuenta
-como
ya
se
ha
indicado
más
arriba-
que
el
Plan
se
subordina
a
nuestro
régimen
jurídico
vigente,
condicionado
por
la
noci{lll
do-
los
valores
históricos.
Por
otra
purt'::'-,
la
evo-
lución
europea.
sobre
esta
matería
no
ha
sobrcpaslldo,
nI
menos
hastn
ahora,
de
los
limites
señalados
por
algunos
propósitos
y
por
d~term\nadas
recomendf'
Con
50r
esto
de
por
si
suficiente
para
explicar
y
justificar
el
porqué
el
Plan
se
desarrolla
bajo
la
nodón
indicada,
la
Co¡n¡sjón
considera
de
interés
exponer
todavía
otra
razón
COl110
soporte
impodnnte
de
los
valores
históricos.
E~
cierto.
repeti-
mos,
que
en
un
nivel
puramente
especulativo
la
tesIs
de
la
l'üposición
eéJ
accptable.
Esto
es
evidente
y
así
hay
que
recono-
cerlo_ Pel'O
la
cuestión
se
presenta
con
otras
notas
cuando
se
trata
de
cifrar,
de
expresar
en
cantidades
cencretas,
las
varia-
bles
que
ccnrlicionan
la
solución
del
problema.
el
cual
se
ins-
cribe
ne'~esgr.iamel1te
en
el
contexto
de
las
distintas
hipótesis
que
puede;¡
cumplirse
en
un
mcmer,to
espe~1fíco
y
que
corres-
Donde
p>:-I~erDlmente
al
futuro,
Por
ello,
un
modelo
contable
basade
en
18
reposición
carecería.
sin
duda,
de
realidad
objetiva.
Es pn::·feribJe,
pues,
aun
con
sus
inconvenientes,
situarse
del
lado
de
les
valores
históricos.
En
éstos
conCUffú
una
nota
positiva
de
extrHordínario
interés,
cual
es
la
de
dotar
de
solidez
al
sistema.
Los
valores
históricos
se
cifran
-por
la
transa<::ci>
y
cuando
ésta
se
produce.
o
sea,
en
el
mismo
momento
en
que
constituyen
una
realidad
objetiva,
B.
O.
del
E.-Núm.
79 2
abril
1973
6461
La.
Comit;i6n
se
ha
planteado
el
problema
de
los
efectos
de
la
inflación
sobre
el
patrimonio
de
la
empresa;
y
aunque
estima
-por
todo lo
apuntado~
que
tal
problema
no
puede
ni
debe
resolverlo
81
modelo
contable
del
Plan,
ello
no
es
obstáculo
pura
que
por
la
Autoridad
económica
se
habiliten,
sea
con
caracter
temporal,
sea
con
carácter
permanente,
lus
medidas
mús
ade-
cuadas
para
eliminar
Jos
referidos
efectos.
6.
Considerando
la
técnica
que
informa
su
estructura.
la
plamficación
contable
ofrece
varias
opciones.
La
Comisión
ha
prestado
preferente
atención
a
este
punto
toncreto.
D(:spues
de
maduras
reflexiones
sobre
los
elementos
positivos
y
negativos
de
los
plan0s
contables
más
conocidos
y
de
mayor
aplicación
en
Jos
potíses
desarroilados,
la
Comisión
decidió
que
sus
traba-
jos
se
acomodaran
en
lo
posible
a
las
líneas
generales
de
la
planificación
francesa.
Para
esta
decbión
la
Comisión
tuvo
muy
en
cuenta,
como
elementos
impol'ta·ntes,
la
evolución
del
jJensamiente
y
de
las
prácticas
contables
espal1olas,
las
reco-
mendac1ont:s
de
buen
número
de
nUEstros
expertos
y
demuchQs
de
nucstrobtmpresarios
y
la
vocación
clanl.lneote
europeista
qne
habría
de
tener
el
Plan.
No
obstnnte,
el
experto
comprobarú
qlle
la
Cornisión
ha
intrcducidü
algunas
morJiiícacione:;
en
la
e
del
Plan
y
h~-l
resuelto
con
criterios
9artkul¡.¡res
cierto
número
de
proble·
mas.
Lo
cual
se
explica
por
los
condicirmamientos
de
nuestro
l1ldl'CO
in:otitucional
jurídico-económico,
por
las
peculiandades
de
nl,estras
empresas
y
por
el
deseo
de
incluir
en
el
Plan
las
innovaciones
mas
signifIcativas
expuimentadas
dU~'allte
lo,:;
últimos
años
por
la
técnica
contablf?
Puede
'afirmarse
{Jue.
bajo
las
lineas
generales
indicadas
l1l
arriba,
el
Plan
se
pre.',:enta
lambJón
con
una
fisonomía
propia
qUé
le
coilfiere
la
aptitud
precisa
para
resolver,
aplicando
criterios
netrrmellte
espal'ioles,
las
cuesticnes
específicas
de
nuestras
prácticas
financieras
y
cUll¡erCÍa]t:;s.
7.
No
es
compclenda
de
la
Comisión
la
matcria
relacionada
con
1".:;
cibposiciones
legales
sobre
libros
d.!
contabilidad.
Pero
en
muchas
ocasiones
y
por
razones
técnicas
la
Comisión
ha
lenido
que
profundizar
nece',ariamente
sobre
el probl-'2ma
pldn
teado
a
r:onsecuencia
do
la
vigencia
de
dichas
disly:,sicíonea.
AIgu
nas
de
las
normas
contenidas
en
el
Libro
Primero,
título
Uf,
de
nuestro
viejo
Código
de
ComerCÍO
crean
una
serie
de
difi·
cultades
a
la
generalidad
de
nuestras
empresas
y
especialmente
a
aquellas
que
han
introducido
en
su
crganL-:ació-n
contable
lo~
métodos
más
modernos
du
gestión
y
vienon
apli--:ando
la
i,',cnoJog!a
que
les
brinda
el
dosarrollo
de
la
olectró"ica.
Con-
sidera.
la
Comisión
que
si
hoy
e::
agudo
este
problema
habr~
de
serlo
mucho
más
en
el
próximo
futuro.
Esto,
naturalm.:'Ute,
tie
no
lJevurse
a
efecto
la.
reforma
del
Código,
El
proC8_'Oo
irre-
versible
de
nuestras
Empresas,
que
es
uno
de
les
objetivos
mns
imp0rlantp,]
de
nuest¡·o
desnrrollo
wlcionul,
confirman!
sin
dudR.
dicho
pronóstico,
8.
Es
importan
le
comentar
las
interrelaciones
que
lógica-
mente
se
producen
entre
el
Plan
General
de
COni[ly
nuestra
legislación
fiscal.
La
Comisión
no
tieno
inconveniente
en
declarar
que
este
punto
l'ué
uno
de
los
estudiado8
más
a
fondo.
Ante
todo
ha
de
qued¡{r
claro
qlle
el
Plan
no
es
fiscal
Sus
objetivos,
como
más
adelunte
se
verá,
son
predominante·
mente
económicos.
Es
cierto
que
en
el
Plan
figuran
una
serie
de
cuentas
de
naturaleza
e;pecifica
fisca!.
T¡ll es
el
caso,
por
cítnr
algunas,
de
la
Previsión
para,
inversiones.
la
Reserva
de
exportación,
la
Reserva
por
prima
de
emisión
de
acciones,
etc-J-
1era.
Pero
el
hecho
d~
su
inclusión
en
el
Plan
responde,
f:-xc!u·
sivamente,
a
la
necesidad
de
abrir
vías
adee:-uadas
para
que
las
empresas
contabilicen
Ciertas
operaciones
cumpliendo
las
disposicior:cs
fiscales
establecidas
al
efecto.
Es
de
advertir
que
la
proliferación
de
tales
cuentas,
acon·
tllada
desde
hace
algunos
años,
y
la
falta
de
criterios
homogé-
neos
que
se
observan
en
las
normas
qUe
regulan
el
funGÍona'
miento
de
las
mismas,
puede
conducir
a
efúdos
contrarios
El
los
que
so
persiguen
al
establecerlas;
es
decir,
a
obscurecer
la
información
que
suministra
la
contabilidad
externa.
La
Comisión
hubiera
deseado
realizar
una
revisión
de
las
cuentas
de
natu·
raleza
fiscal
actualmente
vigentes.
Pero
el
hecho
de
que
en
nlgunos
casos
estén
establecidas
por
Ley
le
ha
impedido
llevar
a
cabo
este
trabajo.
Cm:.
independencia
de
lo
indicado
es
necesario
senalar
que
el
Plan
establece
reglas
técnicas
para
contabilizar
las
opera-
ciones
conforme
a
su
auténtica
significaCión
éconóinica
y
finan-
ciera.
Por
principio,
pues,
el
Plan
no
es
discordante
(;on
la
legislación
fiscal;
es
más,
ofrece
soluciones
suficientes
para
evi!.ur
cualesquiera
fricciones
en
este
campo.
Ahora
bien,
el
hecho
de
que
el
PIan
no
sea
fiscalímplica
que
algunas
de
las
magn~tudes
contables
no
siempre
estéu
~justadas
a
las
normas
de
los
t.,ributos. :En
estos
casos,
los
datos
que
se
com,ígnen
en
los
documentos
fiscales
tendrán
que
ser
objeto
de <.iel>
correcciones,
Simplificando
el
esqu-ema,
y
como
muy
bü:m
conocen
Jos
expertos,
el
problema
se
presenta
por
los
cri-
terios
~sui
generis»
que
informan
el
balance
fiscaL
9.
El
Plan
presta
atención
paxtkular
a
las
operaciones
entre
elnprosas
del
mismo
grupo.
Lo
cual
es
necesario
desde
el
punto
de
vista
de
la
información.
Si
el
primer
desarrollo
industrial,
operado
Bn
el
siglo
pasado,
determinó
la
evolución
hacia
una
forma
juridi<:a>

de
úmpresa
capaz
de
reunir
capita.les
importan~
tes
como
es
la
sociedad
anónima;
desde
hace
algunos
decenios
el
fenómeno
de
concentraCÍón
financiera
se
viene
manifestando
con
otras
notas
cnraderist.icas.
Existe
una
tendencia,
cada
día
más
acentuada,
cuyo
sentido
es
establecer
determinados
víncu-
lo'>
entre
varias
&ociedadet;
para
de
este
modo
formar
un
grupo,
es
decir,
una
unidad
de
orden
superior
en
el
plano
económico.
Las
so(:iüdades
vinculadas
se
subordinan
a
un
poder
de
decisión,
peTO
conservan
su
propia
personalidad
Jurídica.
Es
de
advertir
que
la
sociedad
por
acciones,
por
su
vitalidad
y
por
su
peculiar
configuración,
reúne
la
debida
aptitud
para
el
desarrollo
de!
grupo.
La
maxima.
expresión
del
!enómeno
aludido
se
concl'et.a
en
la
llamada
empresa
multinacional,
Legislaciones
más
progresivas
que
la
nuestra
no
contemplan
todavia
la
existencia
jurídica
del
grupo
de
socIedades.
Pero
esto
no
ha
impedido
el
que
en
ellas
se
.r:egulen
ciertos
supuestos
de
hecho
como
determinantes
de
un
grupo
intersocietario,
para
exigir,
en
el
caso
positivo,
una
razonable
información
adicional
de
las
cuentas
anuales.
En
Espafl
el
grupo
de
sociedades
no
tiene
existencia
jurl-
dica.
Salvo
algun
precept.o
muy
concreto
sobre
materia
fiscal,
la
legislación
española
no
se
ha
introducido
en
el
campo
suges-
tivo
de
las
vinculaciones
inter,societarias.
Partiendo,
pues,
de
esta
realidad,
la
Comisión
ha
considerado
que,
por
el
momento
y
sin
perjuicio
de
lo
que
el
futuro
aconseje,
hs
empresas
utili-
zarán
las
cuentas
especificas
del
Plan
para
contabilizar
las
operaciones
entre
empresas
del
grupo.
Entendiendo.
exclusiva·
mente
para
tal
efto'cto,
que
concurre
el
supuesto
de
grupo
cuando
lilla
Sociédad
participa
directamente
en
el
capital
de
olra
con
un
porcentaje
igualo
superior
al
25
por
100
del
mismo.
Pam
fijar
este
porcentaje
la
Comisión
se
ha
basado
en
criterioS
internacior:ales
de
general
aceptación,
incluídos
también
en
las
normas
de
algunos
de
nuestros
Convenios
vigentes
para
evitar
la
doblé
imposición
internacional.
Con
10s
datos
de
las
cuentas
especificas
referidas
se
formulará
la
información
adicional
exi-
gida
en
]a
Tercera
Parte
del
Plan
{apartado
VI,
D.
de
las
..
Ins-
truccionBs
para
la
redacción
del
ba¡ance~J.
La.
Comisión
es
consciente
de
que
al1n
quedan
pendientes
numerosos
problenws
importantes
sobre
información
que
se
ins-
criben
en
el
marco
ele
las
vinculaciones
int2rsocietarias;
ya
que
bs
reglas
del
Plan
~:ólo
pretenden
introducir
en
él
los
esquemas
pr
imarias
que
configuran
tales
vinculaciones.
Por
esta-
razón
se
ha
estimado
necesario
iniciar
el
exanion
do
la
problemática
de
los
documentos
consolidados,
estudio
encomendado,
como
al1tes
se
dice,
al
Grupo
de
trabajo
nümero
2,
ya
constituid·,).
Tan
prontu
se
disponga
de
las
conclusiones
que
elabore
este
Grupo
de
trabajo,
la
Comisión
procederá
a
proponer
la
inclu·
sión
en
el
Flan
de
las
reglas
técnicas
que
habrán
de
aplicarse
para
formal
dichos
documentos.
Al
enriquecerse
el
Flan
con
esta
nueva
aportación,
nuestras
empresas
contarán
con
un
material
muy
valioso
para
S\.l
propia
gestión
financiera
y
para
perfeccionar
la
información
exterior."
De
este
modo
también,
el
Plan.
dará
un
nuevo
avance
en
el
proceso
de
aproximaci.ón
al
campo
europeo
de
la
contabilidad.
10.
En
la
vertiente
estrictamente
contable
es
preci:5o
formu-
lar
varias
adV{~rtellCÍas.
Ei
Plan
(Segunda
Parte)
incluye
los
motivos
mus
comunes
de
cargo
y
abono
de
la~
cuentas
princí·
pales
(tre!;
cifrasJ,
sin
agotarse
todas
las
posibilidades
que
cada
una
de
cllas
admiLe.
Por
consigui:ente.cuando
se
trate
de
Gpera-
cionesno
exprosadas
particularmente
en
el
texto,
el
experto
deberá
contabilizarlas
utilizando
las
cuentas
del
Plan
y
con
los
crHerir)!:;
que
en
éste
se
est8blecen.
Por
otra
paJie,
es
de
s1,tponer
......:..y
la
Comisión
asi
lo
acepta
sin
l~ingun
clase
d(~
reserVH-
la
existencia
de
ciertas
lagunas
en
el
Plan.
Una
obra
de
tal
naturaleza,
cuyo
destino
es
el
mundo
de
la
emprosa,
no
puedo
abarcar
-y
menos
desde
su
nad·
miento--
el
casuísmo
tan
rico
y a
la
vez
tan
variante
que
condiciona
dicho
mundo.
Por
tanto
y
al
dictado
do
una
ele·
mr::ntal
previsión.
las
empresas
dispondrán
de
facultad
para
cubrir
las
eventuales
lagunas
del
texto,
utilizando
para
ellD
las
reglas
técnicas
más
afines
deducidas
de
los
principios
que
in-
forman
el
Plan.
La
Comisión
ha
contemplado
igualmente
lo">
caso;,:,
en
que
lus
empresas-
tuvké'cn
implantado,
con
anterioridad
a
la
apro~
6462 2
aorlI
1973
.
B.
O.
del
E.-Níim.
79
baci6n
del
Plan,
un
sistema
contable
moderno;
es
decir,
capaz
de
cumplir
las
mismas
finalidades
yJos
mismos
objetivos
que
los
perseguidos
por
el
citado
texto·
En
estos
casos
será
aean-
seiable
aceptar
los
sÍstemas
respectivos
'J
considerar
que
~urten
idéniicos
efectos
que
la
aplicación
del
Plan,
Jj
11.
El
Püw,
en
su
primera
.edición,
comprende
las
siguientes
panes:
Primera.-Cuadro
de
Cuentas.
Segunda.-Defíniciones
y
:elaciones
contables:.
Tercere.-Cuentas
anmUes.
Cuarta.-Criterios
de
valoración.
Quedan
pendientes
varios
trabajos
que
se
incorporar/m
al
Plan
en
la
medida
en
_
que
se
terminen
por
la
Comisión
yse
aprueben
por
la
Autoridad
económica.
Estos
trabajos
versarán
EObre
las
materias
que
se
expresan
a
continuación:
al
Documentos
consolidados
de
los
grupos
de
sociedades.
bl
Mecanización
del
Plan.
el
Desarrollo
del
grupo
9.
0del
Cuadro
de
Cuentas
tabilida
4
interna).
En
etapa
posterior
y
en
ar'moniacon
las
disposiciones
que
se
dicten
sobre
aplicacIón
del
Plan,
lA.
Comisión
procederá
a
establecer
nonnas
específicas
destinadas'
a
l~s
empresas
de
los
sectores
de
actividad
económkft
que
lo
precisen.
12.
La
Primera
Parte
del
Plan
contiene
el
Cuadro
de
Cuentas
que
sigue
la
clasificación
decimal.
l.ascuentas
se
integran
en
diez
grandes
Grupos
(una
Cifra).
Los
cinco
prinieroscon-
tienen
las
cuentas
de
balance.
Los
numerados
con
el
6 y
el
7
se
refieren
a
la
gestión.
El
Grupo
B
comprende
las
cQentas
de
resultados.
El
Grupo
9
se
reserva
para
la
contabilidad
interna,
En
el
Grupo
O
van
incluidas
las
cuentas
de
orden
y
las
espe-
ciales.
Cada
Grupo
(una
cifra)
se
desarrolla
en
Subgrupos
(dos
ci-
fras)
y
éstos
a
su
vez
en
conceptos
concretos
o
{'uentas
prin-
cipales
de
fa
contabilidad
de
la
empresa
Itres
cifras}.
El
es-
quema
contable
permite
descender,
con
la
ordenación
decimal,
hasta
el
grado
más
inferior.
En
el
Cuadró
de
Cuentas
figuran
numerosos
desarrollos
de
cuatro
cifras.
La
Comisión
ha
consi-
derado
conveniente
incluirlos
a
título
meramente
indicativo.
excepto
cuando
las
cuentas
de
c!«itrocifras
tienen
por
objeto
el
cumplimiento
de
una
disposición
legal.
En
estos
casos.
las
referidas
cuentas,
deberán
abrirse
necesariamente.
Por
consi·
guiente,
las
empresas
disponen
de
faculhld
para
establecer
con
carácter
general;
y
salvo
la
excepción
indicada,
10$
desarrollos
de
cuatro
cifras
y
los
-
inferiores
del
modo
que
estimen
nece-
sario
o
conveniente
para
la
gestíón
y
la
información.
13.
La
Segunda
Parte
del
Plan
se
dedica
a
las
De!inidones
yrelaciones contables.
Cada
uno
de
los
gl'UpOS
1
al
8
inclusive
y
el
Grupo
O
son
objeto
de
una
definición
rigurosa
en
la
qUe,
a
manera
de
síntesis,
se
recogen
las
notas
financieras
o
econó·
micas
más
sobresalientes
de
las
operaciones
que
configur~n
las
cuentas
integradas
en
ellos.
Con
estas
definiciones
se
com~
prenderá
mejor
la
concepción
.
filosófica-contable
del
Plan.
se
aclarará
el
sentido
del
lenguaje
técnlcotitilizado
en
las
rela~
ciones
contables
y
'se
f~mtará
la
solución
.de
los
problemas
a
que
den
lugar
las
operaciones
cuya
contabilización
no
figura
expresamente
en
el
texto
o
en
el .caso
de
laslaglUlli-i>
que
existan
en
éste.
Por
idénticas
razones.
y a
sus
respectivos
níveo
les.
se
definen
también
los
Subgrupos
(dos
cifras)
y
las
cuentas
principales
(tres
cifras).
Las
relaciones
contables
propiamente
dichas
describen
úni~
cameute
los
motivos
más
comunes
de
cargo
y
abono
de
las
cuen·
tas
(tres
cifras}.
Por
consiguiente,
los
expertos
tendránpresénte
la
p~.It~er~.
_
ady~rtencias
ql,!e
fJgura
:~.n
el
aparJado
10.
14.
La
Tercera
Parte
del
Plah
se
refiere
a
las
Cuentas
anua-
les.
Bajo
esta
expresión
genérica
se
incluyen
los
documentos
siguientes:
al
Balance
y
su
anexo.
bl
Cuenta
de
explotación.
el
Cuenta
de
resultados
extraordinarios.
dJ
Cuenta
de
resultados
de
cartera
d?
valores.
e)
Cuenta
de
Pérdidas
y
Ganancias.
f}
Cuadro
de
financiamiento.
Todos
estos
documentos,
autodzados
por
188
personas
a
quie-
nes
legalmente
corresponda
constituyen
la
información
externa
de
la
empresa.
15.
Se
conservaeJ
sentido
tradicional
del
balance
como
sin-
tesis
de
las
cuentas
patrimoniales
(Grupos
1a5
inclusive
del
Cuadro
de
Cuentas};
como
expresión
estática
de
un
patrimon;o
y
como
descripción
también
estática
de
inversiones
y
recursos;
y
todo
ello
referido
aun
momento
dado
(cierre
de
f"iercicioJ.
La
informacióJ1que
suministra
el
balance
se
complementa
con
lo",
dalos
que
figuran
en
su
anexo.
18.
Las
cuentas
de
resultados
miden
la
renta
de
la
empresa
y
describen
su
formación.
En
particular.
sobre
la
Cuenta
de
ex-
plotación
conviene
formular
algunas
puntualizaciones.
Esta
con-
cebida
como
síntesis
de
las
COntenidas
en
los
Grupos
8 y 7
del
Cuadro
de
Cuentas;
y
se
presenta·
en
el
Plan
con
una
concep-
ción
dinámica.
viva,
de
flujos,
es
decir,
de
entradas
ysalidas
como
compcnentes
negativos
y
positivos
de
la
explotadón.
La
Comisión
recibió
sugerencias
en
el
sentido
de
depurar
la
Cuenta. de
explotación:
o
sea,
para
excluir
de
la
misma
los
gastos
ylos
ingresos
de
ejercicios
fenecidos.
Este
punto
cor.creto
fué
estudiudo
con
el
rigor
que
merece:
Pero
la
Comisión
estimó
preferible
el
criterio
que
figura
en
el·
Plan,
por
las
razones
que
brevemente
se
indican:
a)
La
propia
sistemática
del
Plan
~-por
medio
de
los
aíustes
por
periodificación
y
de
las
dotaciones
a
cuentas
de
prcvisio-
nes·-
reduce
considerablemente
en
la
práctica
el
número
d0
los
supuestos
que
se
suelen
invocar
cuando
la
materia
se
estlldia
en
un
niveI
puramente
abstracto.
Por
tanto.
el proble-ma
es
típicamente
residual.
b}
La
decisión
sobre
si
un
cierto
gasto
o
ingreso,
de
los
ins-
critos
en
el
contexto
que
ahora
se eXf:llnina.
corresponde
o
no
a
eíercicios
fenecidos
está
condicionada
generalmente
al
punto
de
vista
con
que
se
realice
la
interpretación
del
problema.
Con
frecuencin
el
análisis
jurídico
del
mismo
conduce
a
soluciones
distintas
que
si se
analiza
con
criterios
económicos
y
fínancieros.
ylo
mismo
sucede
en
el
caso
inveniO,
Podría
afirmarse.
pues,
que
la
decisión
se
inserta
en
el
marco
de
lbs condicionan
tes
subjetivo.'>
de
cada
empre.sa.
.
Sobre
la
ba?G
de
las
razoneS:
apuntadas
el
Plan
no
establece
cuenta
específíca
de
resultados
de
cjerciciclS
nnferi,w€s
No
obst.ante,
cuando
un
gasto
fa
ingresoJ
con
cierta
significación
cuantitativa
corresponde
-según
juicio
de
la
empresa-
ao.jer-
cicios
ya
fenecidos,·
es
récomendable
que
(lsta circunstancJ,'1.
se
haga
censtar
como
información
adicional
de
la
Cuenta
de
explotación.
17.
El
balance
expresa
la
situación
patrimonial
el
dia
de
ciene
de
ejercicio;
correspondiendo
a
las
cuentas
de
resultados
medir
y
describir
la
renta
de
la
enípresa
en
el
mismo
período.
Pero
el
contenido
de
estos
documentos
es
insuficiente
para
las
exigencias
actuales
de
la
información.
En
efecto,
durante
el
curso
del
ejercicio
y
con
indep(>ndencia
de
los
beneficios
que
se
van
generando
la
empresa
obtiene
nuevos
recursos
de
di.~
tintas
fuentes,
los
cuales
a
su
vez
se
invierten
o
bien
en
activofíjo
o
circulante,
bien
en
reducir
el
pasivo
exigible.
ycoíno
los
documentos
tradicionales.
(balance
y
cuentas
de
resultados)
no
facilitan
in
formación
sobre
estos
puntos
tan
im-
portantes,
la
Comisión,
en
plena
armonia
con
el
sentir
más
actual,
ha
introducido
en
el
Phm
una
innovación
muy
fecunda
como
es
el
Cuadro
de
financiamiento.
Este
documento
está
concebido
como
una
de
sinté-
tica
y
en
términos
de
flujo
de
la
financiación
büska
que
ha
tenido
entrada
en
la·
empresa
y
de
su
inversión
o
empleo,
asi
como
de
las
variaciones
dol
circulante;
y
todo
ello reJa!
períado.
Con
la
información
ad.icíonal
contenida
en
el
Cuadro
de
financiamiento.
el
experto
(y
el
púbIico
inversor
en
la
me-
dida
en
que
~e
habitúe
a
laledura
de
los
datos
financieros!
dispondrá
de
un
buen
material
para
enjuiciar
la
gestión
de
la
empresa
y
para
deducir
concl'usiones
muy
sólidas
sobre
la
capacidad
de
1a
misma
con respeCto- a
la
generación
de
liquidez.
Mediante
la.
introducción
del
Cuadro
de
financiamiento,
al
que'
1anüf
lffiporlánCiá
sátbhcedehoy
en
ios
paísesdesa:rl'ó~
Hados, Espai'ia
se
incorpora
a
las
tendencias
mas
progresistas
en
materia
de
información.
18.
La
Cuarta
Parte
del
Plan
establece
los
criterios
de
valo-
ración.
La
ambigüedad
de
algunas
de
nuestras
normas
legales
Bobre valor.aciones
viene
determinapdo
en
la
práctica
que
sI:!
apliq
uen
por
las
empresas
criterios
a
veces
subjetivos,
muy
particulares,
con
el
consiguiente
detrimento
de
la
homogenei~
dad
tan
necesaria·
en
esta
materia.
Este
estado
de
cosas
reper-
cute
sobre
la
información
externa,
que
inevitablemente
se
de-
teriora;
y
hace
difícil.
cuando
no
imposible,
la
comparación
interempresas
tan
importante
hoy
en
el
análisis
sectorial.
Era,
pues,
preciso
y
al
propio
tiempo
urgente,
incluir
en
el
Plan
unos
criteríos
concretos
sobre
·valoraciones;
pero
debe
B. O.
del
E.-Num.
79 2aliriJ 1973 6463
advertirse
que
éstos
se
limitan
a
desarrollar
ciertos
puntos
del
estatuto
vigente
y.
a
cubrir
determinadas
de
sus
lagunas.
La
Comisión
hubiera
deseado
introducir
criterios
mas
progre-
sistas
en
materia
de
valoraciones.
Pero
esto
no
ha·
sido
posible
en
virtud
de
las
reglas
que
configuran
el
marco
de
nuestra
legalidad
vigente.
¡¡¡
19.
Tiene
interés
expl'esar
ahora
las
caraclfrisUcas
más
im-
purLutes
del
Plan
id
Plan
es
abierto
y
está
especüdmclltt
pr,:puddo
para
re-
caga
las
sug(;rencias
de
'2Hlpl'esal"los y
exp~'rtos.
La
ampliíud
de
las
materias
que
comprende
el
Plan
y
el
hecho
de
su
ge--'
noralidad
eXIgirán
frecuentes
rcvisicnes-
del
mismo
a
la
vista
de
la
experiencia
que
proporcione
su
aplicaCÍón.
El
Plan
está
abierto
además
para
introducir
en
él
las
modificaciones
que
resulten
por
el
progreso
tecnológico,
el
desarrollo
de
nuestra
industria.
la
evolución
de
las
fórmulas
financieras.
las
(;xigen;
clus
de
la
información,
la
innovación
del
derecho
nacional
y
las
tendencias
que
dominen
El.
nivel
supranacional.
20.
El
Plan
es
flexible.
El
Cuadro
de
Cuentas
es
un
esque-
ma
utilizab18
por
todas
las
empresas.
EIPlun
no
es
un
con-
junto
de
normas
rígidas
constitutívus
de
un
roglanwnto
de
la
contabilidad
de
la
empresa
con
fin
eSl)ücífico
más
o
me-
nos
arbitrario,
sino
la
expresión
de
un
cue::-po
de
doctrina
coherente
desarrollado
en
forma
de
reglas
técnicas
cUya
apli~
cación
cumple
un
objetivo
integral,
o
sea,
la
información.
La
flexíbilidad
del
Plan
va
implÍcita
en
la
apertura
dei
ml:.!TlO.
Explícitamente
queda
probarlo
en
las
opciones
que
",e
l,sf,abJcccn
para
qUD
omprs;;;arios
y
expertos
elijan
el
modo
de
ccJlLabilízoX,
en
algunos
casos,
determinadas
transacdorlcs.
En
un
pri.mer
examen
podría
intrrpretarse
que
la
i1~cxib¡Ji
d[>i
es
contraria
a
la
idea
de
normalización
como
substancia
ud
Plan.
Y
esto,
en
cierto
modo,
tiene
su
sentido.
Por
tanto.
en
opini6n
de
la
CJl1üsión,
la
(;u('sti6'1
debe
r0s01n:rs8
en
tér-
mines
de
armonía
entro
flexibilidad
del
Plan
y
normalización.
El
Plan
tiene
que
ser
flexible
en
virtud
de
la
probltmatica
tan
extensa,
tan
variada
y
tan
cambihl1tc
que
se
inscribe
en
el
context,Q
económico
cuya
pieza
maestra
es
la
empresa.
La
SOlución
óptin:a
de
dicha
cuestión
se
encontrnrá,
sin
duda,
en
el
punto
do
coincidencia
del
máximo
en
la
flexibilidad
con
el
minimo
necesario
en
la
normaliznci6n.
Tal
es
el
criterio
58-
gudo
por
la
Comisión,
puc:sto
que
las
opciones
que
contiene
el
Plan
no
quiebran
la
normalización
en
aquEllos
conceptos
y
cantidades
que
por
su
significación
han
de
uxtcrioriz¡:¡rsc
para
la
información
de
acuerdo
con
reglas
homogoncas
que
se
éqJliear~n
en
todos
los
casos.
No
obst;:>.nte,
en
el enjuiciamit:::nto cr.iiico
del
Plan
es
di)
pncvcr
dos
pusicíon2s
'extremas
sobre
la
materia
ccncn,ta
de
qt,e
se
trata.
Y
esto
no
s610
en
el
orden
estrictamente
es-pecu·
l[¡Livo,
sino
también
en
el
pragmático.
Unos
pensarán
que
el
Plan
es
excesivamente
normativo
o
incluso
demasiado
deta-
llista.
Otros,
en
cambio,
se
mostrarán
decidídamente
partida-
rios
de
una
normalización
más
rígida.
El
criterio
aplicado
por
la
Comisión.
según
se
expone
más
arriba,
es
una
espeCie
de
sin
tesis
de
ambas
posiciones
extremas.
21.
El
Plan
se
sitúa
en
linea
de
transición.
Como
ya
se
ha
indicado,
el
hecho
de
que
ei
Plan
siga
el
modelo
tradicional
no
ha.
sido
obstáculo
para
que
la
Comisión
haya
introducid:,)
en
él
cierta:,
innovaciones
impuestas
por
la
moderna
evolución
cld
pensamiento
y
de
la
técnica
contables.
Ei
cxp::rto
que
pro-
fundice
en
el
análisis
llegará
seguramente
a
la
conclusión
de
que
el
Plan
significa
un
buen
avance
en
el
contexto
de
la
contabilidad
espanoIa.
Con
la
implantación
dd
Plan
dc:s:lpa-
rcccrán
de
nuestro.
horizonte
profc:;ional
prácticas
rutinnrias
todavfa
muy
frecuentes,
y
los
últimos
rüsiduos
de
concepciones
arcaicas,
incomp,¡tibles
con
el
proceso
de
modernización
dc
las
empre~'as
que
exige
un
pais
en·
desarrollo,
Sería
obvio
raZonar
aquí
sobre
d
hecho
de
que
todas
las
pnrccJap
del
saber
humano
están
sometidas
a
una
cootinua
y
p,:rman,mte
revisión,
Por
su
posición
ct'n~.;
__
o11
('n
la
gestión
(JI'
la
empresa,
la
contabilidad
es,
sin
duda,
una
de
la,'5
disci-
plinas
más
innovadas
hasta
el
presente
y
con
mayor
capacidad
de
evolución
en
el
porvenir.
Pues
bien,
el
Plan
S8'
sitúa
en
línea
de
transición,
No
es
eXCGsivamente
progresista,
pero
si
10
suficiento
para
crear
una
vocación
nacional
hacia
la
ges"
tión
moderna
de
nuestras
empresas.
22,
El
Plan
da
preferencia
generalmente
(1,
los
elementos
fi"
nancieros
de
las
transaccionEs
sobre
los
mas
c'Jnvenciondes
de orden
iuridico-patrimoníaL
Si
se
exnmina
el
Cuadro
de
Cuentas
{Primera
Parte
del
Plan}
se
observará
que
la
crd~-
naciendo
los
cinco
primerms'
Grupos
responde
a
la
preocupa-
ción
de
situar
ames
la
financiación
de
la
empresa.
esto
es,
la
obtención
de
los
recursos
para
ubicar
después
su
inversión
o
empleo.
La
propia
denominación
del
Grupo
4.
Acreedores
y
Deudores
por
operaciones
de
trafico
rompe
con
r.
uestro
modo
habitual
de
expresarnos
en
el
lenguaje
contable,
que
sacrifica,
en
aras
de
la
prefen,ncia
financiera,
E
igual
sucede
con
el
Grupo
5.
Cuentas
Financieras.
en
el
cual
figuran
igualmenle
en
prfmer
término
los
recursos.
Un
estudio
más
profundo
del
Plan
confirmará
su
preferen-
da
Hnandera,
cuyo
alcance
no
es
sólo
de
forma,
sino
también
de
fondo.
Se
exponen
aoontím.t
algunos
casos
muy
concretos
e
ilustrativos
de
esta
materia.
Los
recursos
do
la
empresa
por
vía
de
préstamos
figuran
en
Jos
Grupos
1.
y
5"
según
se
trate
de
financia..:ión
b~sica
o
a
plazo
corto,
Pues
bien,
tanto
en
uno
como
en
otro
caso
el
Pian
no·
distingue
los
préstamos
por
sus
elementos
juridicos.
incluida
la
forma
documental.
Se
estima,
en
cambio,
como
más
relevante
para
la
información
otorgar
preferencia
a
los
elementos
financieros
en
su
proyección
mas
pura,
en
cuanto
son
recursos
destinados
para
inversiones
permanentes
o
para
apllcacíones
en
circulante.
El
Plan
sigue
idéntico
criterio
en
el
caso
inverso
de
préstamos
concedidos,
Cuando
s(,
trata
de
empresas
viJlculadas
{ver
apartado
9.}
los
prestamos
a
corto
plazo
que
una
recibe
de
otra
iiguran
en
el.
Grupo
1. Fin.anciación Básica.
En
principio,
el
Plan
considerJl
en
este
(;t\so
que,
dados
los
.vinculos
de
dominio
existentes
en
4
tre
prestamista
y
prestatario,
el
dato
del
vencimiento
Gel
prés-
tamo
no
es
de
suyo
el
más
expresivo
para
la
informac~ón.
En
la
':8rtiente
de
la
empresa
qU9
concede
el
préstaulO
la
cues-
tión
se
resuelve
uajo
el
mismo
criterio,
Pero
dcbe
de
advertirse
que
no
siempre
se
ha
otorgado
prefe~
rCllCia
en
el
Plan
a
los
elementos
financieros
do
las
tranS8C-
c¡oncs.
Así,
a
mero
titulo
de
ejemplo.
Ü1S
e
mortiz::;ciones
,:
cumuladas
del
inmovíJízado
están
incluídas
en
el
grupo
2.
Se
trata,
naturalmente,
de
inmovilizaciones
negativas,
valga
la
expresión,
es
decír,
de
dotaciones
acurnuladas
en
el
curso
de
105
ejercidos
que
repr€sentan
la
dcpr"xiación
cifrada
en
términos
monetarios
de
los
equipos
utilizados
en
el
proceso
pt'OducUvo.
Pues
bien,
con
respecto
a
esta
materia
en
el
Plan
prevél.lece
el
sentido
patrimoníal
sobre.
el
finan',:-icro.
Con
un
crítcrio
rigurosamente
fiDsncícro",
las
amortizaciones
acumula-
das
se
hubif'ran
incJuíuc
en
el
Grupo
L
como
Financiación
Bú;,ica.
En
efecto,
la
doctrina
mús
moderna
estudia
las
amor-
tizaciones
principalmente
desde
los
puntes
de
vista
del
coste,
patrimoníal
y
financiero.
El
primero
se
inscribe
como
típico
dE'
la
contabilidad
analitica
ode
c;estión. Los
segundos
se
ins-
criben
también
en
la
contabiHdad
externa
Pero
la
evolución
dd
pensamiento
cont.able
se
manifiesta
como
tendencia
a
in·
cluü'
más
bien
las
mnortizacíoncs
en
el
contexto
do
la
auto·
fjnanciac~ón.
Y
es
bajo
este
contexto
como
eX9.mina
su
efecto
según
modelos
muy
e1abcrados
hoy.
Fn
esta
materia
...o.-.{:omo
en
otras
del
PIB.n-
la
Comisión
ha
preferido
conservar,
al
'\nenas
durante
algún
tiempo,
prácticas
muy
arraigadas
en
nuestro
campo
profesional,
aun
a
costa
de
sacrificar
ciel'Ü1S
innovaciones.
El Pl:lll,
que
es
abierto
y
es
dimimíco,
se
perfeccionará
con
el
mero
transcurso
del
tiempo.
2a.
El
Plan
tiene
aptitud
para
ser
aplicado
por
procedi-
mientos
modernos.
Esta
característica,
cuya
concurrencia
es
imprescindible
en
nuestros
días,
permitirá
introducir
la
infor-
mática
dentro
del
contexto
del
Plan,
con
todas
las
posibilida-
des
que
ofrece
para
el
rigor
de
la
información.
La
Comisión
puhlimrá
próximamente
un
trctb:1io
sobre
me-
canización
del
Plan
y
su
tratamiento
con
onlcnadoi',
IV
24.
A
continuación
se
expone
un
esquema
de
los
objetivos
ecol15-miC:'Js
que
p~:rsigu2
el
,Plan.
En
nucslr·os
días
el
l:lurido
de
la
empresa
,~s
un
mundo
de
opciones.
de
soluciones
posibles
que
se
inscriben
{!n
el
dominio
de
la
ccn:patibiJichd.
Al
empresur:o
moderno
le
in-
cumbe,es
de
su
resp,JnsabLiúad,
elegir
la
mejor
solución.
la
sc1ución
óplíma,
Su
éxito
es
Hecrt:)!'
en
la
elección.
Su
fl~lCilSO
está
en
cieg:ir
con
error,
La
decisión
para
ser
acertada
tiene
qae
sustenV'!fS8
sobro
los
oportunos
juic:os
de
valor.
Y
txlo
esto
requiet'ü,
parece
obvio,
rnzonv.r
sobre
eLlo, h
información,
Poro
una
infünllflc:íórt
VE:TaZ~
¿¡1Jü·'dante.
s:stcmatlzada
e
ülter-
prctada
que
abarque
tocios
los
elementos
de
cualesqulcm
na-
turaleza
y
origen
que
entren
en
el
problema
pcnclí211l:'2,
Pues
bien.
la
melor.
la
óptima
fuente
de
iníonn:lci6n
es
la
propia
contabilidad
de
la
'81l1preSa
cuando
se
ajusta
a
crit9·
ríos
modernos;
es
dcc.iX.
cuando
es
veraz
y
sincera
por
su
6464 2aliril 1973 B. O.
del
E.-Nún¡.
79
contenido
y
técnica
por
su
desarrollo
y
aplicación.
El
Plan
atiende
como
primer
objetivo
-hablando
..
claro
es;
en
términos
globales-
a
ordenar
los
asuntos
de
la·
empresa
española.
por-
que
todos
estamos
conventidos
{Administración,
empwsarios,
expertos,
etcJ'
que
en
nuestros
días
no·
se·
concibe
una
em·
•
presa
moderna
si
no
dispone
de
una
contabilidad
moderna.
Estas
ideas
se
inscriben
en
el
contexto
de
la
gestión.
La
contabilidad.
especialmente
en
su
vertiente
analítica.
sUminis-
tra
todo
un
cuerpo
de
información
destinado
·alempreslfrio
e
insertado,
por
tanto.
en
el
campo
de
las
decisiones:
Pero
al
lado
de
la
información
interna
se
ha
de
contem-
plar
la
externa
en
Cuanto
comunicación
dirigida
al
exterior
que
formulan
los
responsables
de
la
empresa
para
rendir
su
gestión
y
para
manifestar
la
situación
de
aquélla.
Esta
infor·
mación
se
destina
a
todo
un
universo
de
agentes
económicos:
accionistas,
inversores,
a
quienes
ahorran
y
contribuyen
con
su
ahorro
a
nuestro
desarrollo,
alrnuudolaboral
como
esta·
mento
base
de
la
producción,
y,eil
fluial
Estado
y
otras
entidades
públicas
por
los
tributos
legalmente
establecidos.
Todo
este
universo
de
agentes
económicos
exige,
cada
uno
por
sus
razones,
información
completa.,
clara,
honesta
y
de
fácil
interpretación.
Bien
podría
decirse
hoy
que
una
empresl
es
tanto
más
moderna
cuanto
mayor
sea
su
capacidad
de
evolución
informativa.
La
'Comisión
está
segura
que,
el
Plan
significa
un
avance
dentro
de
este
contexto,
Y.
en
consecuencia,
mejorará
la,
ges-
tión
y
las
relaciones
de
la
empresa
en
el
exterior.
25.
Bastaria
con
desarrollar
las
ideas
expuestas
para
de-
mostrar
que
el
Plan
se
inscribe
eri
el
marco
de
la
politica
económica.
La
Comisión,
porbrevectad,
desea
únicamente
des-
tacar
una
parcela
muy
específica
de
esta
materia.
Sería
obvio
insistir
sobre
el
hecho
de
que
la
contabilidad
nadonal
es
el
instrumento
necesario
de
la
planificación
€co~
nómica.
Todo
cuanto
se
acaba
de
indicar
con
referencia
a
la
contabilidad
de
la
empresa,
ylo
que
eh
eilo
va
implicito,
es
válido
cuando
se
proyecta
sobre
·.la
contabilidad
nacional.
La
problemática
ante
la
cual
se
sitila
el
empresario
con
motivo
de
las
decisiones
ya
nivel
de
su
empresa,
se
extiende.
en
esen~
cia,
a·
la
Autoridad
económica
sobre
el
plano
nacional.
Sin
una
informaci6n
veraz,
abundante,
sistematizada
e
interpre·
tf\da,
son
modestas
las
garantias
de
las
medidas
de
politica
económica.
El
mero
apunte
de
estas
reflexiones
nos
introduce
en
la
contabilidad
nacional,
la
cualo.frece
unas
posibilidades
de
información
a
nivel
macroeconómico
que
hoy
todavía
en
CONTABILIDAD
CUIlNr~5
"
B!lLANCJl
Gru,l)o 1
Grupo
2
Grupo
3
Grupo"
Grupo
5
---~
-----,.---
----_.,"~-,,-
--,.'._-
Subgrupoa
de
financiación
SubgriJpos
de
acreedores
5ubgrupos
de
cuentas
básica
Subgrupos
de
inmovilizado
j
Subgrupos
de
existencias
y
deudol-~5
por
operadoJ'1es
financieras
de
tráfico
--~'~
---
I
-~--~
-,--
-----
--~-----------
10.
Capital.
20.
Inmovili'zado
mate-
ro~
Comerciales.
40~
Proveedores.
50.
Préstamos
recibidos
ria!.
y
otros
débitos
a
.
empresas
fuera
del
grupo.
11.
Reservas.
21.
Inmovilizado
Inmate-
31.
Productos
termina-
41.
Otros
acreedoreS.
1
51
Acreedores
no
co-
rial.
dos.
merciales.
12.
Previsiones.
22. 32.
Productos
eemitermi-
42.
Efectos
comerc,a''',52.
Fianzas
y
depósitos
nados.
pasivos.
recibidos.
13.
Resultados
pendien-
23.
Inmovilizaciones
en
·33.
Subproductos
y
resi-
43.
Clientes.
1
53
Inversiones
finuncie-
tes
de
aplicación.
curso.
duos.
ras
temporales.
14.
Subvenciones
en
ca~ 24.
Inversiones
financie-
34.
Productos
y
trabajos
44.
Otros
deudotes.
1
54
.
Fianzas
y
depósitos
pita!.
ras
en
del
en
curso.
I
consUtuidos.
grupo.
15.
Empréstitos.
25.
Otras
inversiones
fi- 35.
Mab~l"ias
primas
y45.
Efectos
comerciales
'
55.
Otras
cuentas
no
nancieras
permanen-
I
auxiliares.
activos.
bancarias.
tes.
18.
Préstamos
recibidos
y26.
Fianzas
y
depósitos
36. Elem'_mtos y
conjun-
46.
Persona].
56.
otros
débitos
aem-
constituídos.
tos
íncorporables.
presas
del
grupo.
17.
Préstaínos
recibidos
2:1.
Gastos
amortizables.
37.
Materiales
para
con-
47.
Entidades
públicas.
57.
Tesoreria.
yotros
débitos
a
sumo
yreposicip.n.
empresas
fuera
del
grupo.
18. .
Fianzas
y
depósitos
28.
Amortización
del in-
,'38.
Embalajes
yenvaseS. 48.
Ajustes
por
póriodi
1
58
Ajuste
por
periodifi·
recibidos.
movilizado.
ficaci6n.
cación.
19.
Situaciones
transito~
29~
Provisiones
(1nmovi- 39.
Provisiones
por
de-
•••
Prbvisiones
.
1'"
Provisjones.
rios
de
financiación.
lizadoJ.
predación
de
exís:
tencia$.
Total
de
los
saldos
deudores
de
las
cuentas
de
lo;;
Grupos
1 a 5 (Activo) +
Total
de
los
saldos
acreedores
de
las
cuentas
de
los
Grupos
la
5(Pasivo)
Beneficio
neto
(+)
o
pérdida
neta
(-)
1··················
..
···
..
··1
B.
O.
del
K-Num.
71;
2
a6ril
.1973
6465
España
estamos
lejos
de
agotar.
Se
podrá
establecer
un
sis-
tema
académico
de
cuentas
nacionales
con
técnica
rigurosa
y
Criterios
depurados.
Pero
si
los
datos
de
que
se
dispone
para
formar
la
contabilidad
nacional
no
son
fiables,
es
evidente
que
ésta
pierde
su
propia
razón
de
ser.
El
perfeccionamiento
que
se
conseguirá
en
la
contabilidad
de
lBS
empresas
con
la
introducción
del
PIar¡
elevara
en
medida
apreciable
-de
lo
cual
está
convencida
la
Comisiól1--
el
nivel
de
nue~;tra
contabilidad
nacional.
20.
El
Plan
tiene
también
como
uno
de
los
objetivos
ar-
monizar
la
contabilidad
espat'Jola
con
ía
europea.
La
m'cesidad
de
que
la
información
responda
a
criterios
comunes
ha
ori-
ginado
un
movimiento
supranacional
hacia
la
armonizacion
cC
'lüa.Óle.
El
desarrollo
de
la
empresa
supra
nacional
y
sus
im·
plicaciones,
la
dinámica
de
las
inversi-ones
entre
países,
la
irt-
j,erlwcionalízadón
de
los
mercadcs
y
la
tendencia
a
apwx:imar
las
fiscalidades,
son
otros
tantos
factores
del
movjmiento
in-
dicado.
Como
ya
se
expuso
en
el
apartado
2,
en
]a
Comunidad
Económica
Europea
se
preparAn
normas
con
la
finalidlid
de
establecer
condiciones
jurídicas
equivalentes
eh
la
información
financiera
que
habrán
de
facilitar
para
conocimiento
del
pú-
blico
las
sociedades
anónimas
y
de
responsabilidad
limitada
de
los
paises
comunitarios;
Pues
bien,
a
juicio
de
la
Comisión.
el
Plan
se
inscribe
en
el
campo
eurOpeo
ct.
;8.
contabilictod
en
virtud
de
los
criterios
que
lo
informan,
los
cuales
ejercerán
en
el
futuro
una
in~
fluencia
decisiva
sobre
el
pensamiento
y
las
practicas
contables
E~pnflolas.
aCl?rcáúdonos
de
este
modo
al
derecho
contable
de
nuestro
conünente.
PRIMERA
PARTE
CUADRO
DE
CUENTAS
NOTA,-En
el
tn:to
figuran
las
siguientes
abreviaturas:
~
Ley
de
S. A
(Ley
de
17
de
julio
de
1951,
sobre
Régimen
Jurídico
de
JasSociedades
Anónimas).
T.
R.
1.
S,
(Texto
Rd'undido
de
la
Ley
del
Impuesto
Ge-
neral
sobre
ta
Renta
de
Sociedades
y
demas
Entidades
jurídicas.
aprobado
por
Decreto
a359/1967J.
Q.
M
¡Ordell
ministerial).
07.
CUENTAS
DE
ORDEN
Y
ESPECIALES
Grupo
O
09_
Subgrupos
de
cuentas
de
orden
y
especiales
08.
oo.
Valores
recibidos
en
garantía.,
05.
01.
Valores
entregados
en
garantía.
02.
Rie~go
por
descuen-
to
de
efectos
comer·
cíales.
OJ_
04_
y
ganan-
Resultados
oxtraordi·
narios.
PÓ"dldas
cías.
ResultadoL,
de
la
car-
tera
de
vulores.
e7_
SB.
P- - l· dI
rOV.lSlones Rp
lca·
as
¡59,
a
su
finalidad.
1
76.
Trabajos
realizados
H6.
por
la
~mpresa
pHra
su
inmovilizado.
77_
73.
71.
,
172_
del
e¡er-
I
,
78.
amortiza-
a
las
PCO-j79.
CUEN'IA5
DE
Tríbutos.
Tnlnsportes
y
fletes.
Compras.
Gastos
de
personal,
Gastos
financieros.
Trabajos,
suministros
y
servicios
exteríoi"us.
Dolaciones
cido
para
ción.
Dotaclones
visiones.
I
CONfAflILlD.'\D
ANAUTlCA
________________________________________
_[)E
EX~~.()~~
__
~:~I.c~~
_
1Cu¡¡¡.;ns DI:
HEc,ClTUlOS
Cl'H;¡
\5
A-NAJJncAs
_
_________________
1
m-;
;-;xPun_~c'ÓN
-_~~~~~~~~~_-o-_~,~~~.-
__
I
GrllPO
7
--'------
Gr¡;¡)()
8
-------cmo(J
-~--------.
Subgrupos
da
compras
y1
SUbgr~~~:-~~~
l·
::c=C:..:::c____
Subgrü.pos
analíticos
ga
por
n,'Huraleza
!
:_¡'_'g_m_'_o_'_p~~~~~t_u_ca_j~~~
I
Subgrupos
de
resulWdos
,
d_"
__
'._".".0_'.a.".6_"
_
Ii
70.
Ventas
de
mercade
80.
Explotación.
nas
y
productos
ter-I
minados.
Ventas
de
subprodue
181
tos
y
resid
uos
Ventas
de
embalajes
182.
y
envases.
Ingresos
accesorios
-83
de
la
explotación.
l'
Ingresos
financieros.
84
I .
Subvenciones
a
la
B5,
explotación.
J.
;ENERAL
3.
5.
,.
1.
7_
6.
GaslDS
diVersos.
8
9.
,-
-i
Todas
las
cuentas
del
Grupo
7,
con
excepción
de
las
708
y709
Todas
las
cuentas
del
Grupo
6,
con
excepción
de
las
608
y309
Diferencias
de
existencias
_o,
---
±
Lo,
restantes
conceptos
de
abono
y
cargo
del
subgrupo
80
(exduidos
los
anteriormente
citados)
--
__
o
---
-,-
'o,
_.-
-.-
_"
,.-
..
-
."
."
Resultados
de
explotación
1
...
"
..
",_
....
"
....
"
..
,
......
,
...
1;
Saldo
del
Subgrupo
80_
±
Resultados
ajenos
a
la
explotación
b_aldo
de
los
Suf)grupos
82
y83)
.....
,
",.,
..
,'
6466
2alirjl
1973
B.
O.
del
K-Num.
79
GRUPO
1
FINANCIACION
BASICA
151.
Obligaciones
ybonos-
simples'
convertibles.
152.
Obligaciones
ybortos
ganmtizados.
153.
Obligaciones
y
bonos
garantizados
convertibles.
10.
C",prT<4,L.
100.
Capital
social.
1000.
Capital
ordinarit..
1001.
Capital
preferente.
1002.
Capital
con
derechos
restringidos.
101.
Fondo
social.
102.
Capital.
103.
Capital
amorti~ado.
11.
RESERVAS.
110.
Prima
de
emisión
de
acciones.
111.
Plusvalía'
por
revaloi"izadón
de
activo.
112.
Cuenta
de
RegularitacHn
{Ley
76/196h.
113.
Reserva~
legales.
1130.
Reserva
legal
(art.
106
Ley
de
S.
AJ.
16.
PItI!;srv"Jos
REcmIDOS
y
OTROS
DÉBITOS
A
EMPRESAS
DEL.
GRUPO.
170.
Préstamos
a
plazo
largo.
1650.
Empresa
A.
1651.
Empresa
B,
Dé
Bancos
oficiales.
De
Bancos
privados.
De
Organismos
oficiales.
De
entidades
privadas.
De
Organismos'
internacionales.
De
Bancos
e
Instituciones
financieras
extran-
jeras.
Con
garantía
hipotecaria
o
pigncraticia
fart.
103
Ley
de
S.
AJ.
Préstamos
concertados
fDecn:to-ley
Hl/19611.
1700.
1701.
1702.
17{J3.
1705.
1706.
1707.
1709.
160.
Préstamos
a
plazo
l~rgo.
1600.
Empresa
A.
1601.
Empresa
B.
161.
Préstamos
a
plazo
medio.
l62.
Préstamos
a·
plazo
corto.
165.
Acreedores
a
plazo
largo.
166.
Acreedores
a
plazo
medio.
167.
Acreedores
aplazo
corf,.o.
17. PRÉSB},:OS REcIBmos yOTROS DÉBITOS A
EMPRESAS
fUERA
DEL
GRUPO.
Reservas
estatutarias.
Reserva:>
voluntarias.
Reservas
especiales.
1140.
Previsión
para
inversiones
fárt.
39
del
T.
R.
1
SJ
1141.
Reserva
para
inversiones
de
exp0rtación
lart.
SO
del
T.
R.
I.
S.l.
1142.
Reserva
para
viviendas
de
protección
oficial
(art.
54
del
T. R.
l.
SJ.
1143.
Reserva
especial
de
regularización
del
balance
(art.
9.0
del
Decreto
3155/19661.
114.
115.
116.
1160.
Reservas
ordinarias.
1161.
Reservas
para
amortizar
obligaciones.
1162.
Reservas
por
obligaciones
amortizadas.
1163.
Reservas
para
regularización
de
dividendos.
1164.
Reservas
para
renovación
de
inmovilizaciones,
117.
Fondo
de
reversión.
171.
PrÉ'stamos a
plazo
medio.
175.
Acreedores
a
plazo
Jargo.
1750.
Empresa
A.
1751.
Empresa
B.
176.
Acreedores
a
plazo
medio.
12.
PREVISIONES.
18:
Fj'NZ,~~
r
DEPÓSITOS
RECHUDQS.
120.
Para
riesgos.
121.
Para
.diferencias
de
cambio.
122.
Autoseguro.
123.
Por
aceleración.
de
amortizaciones.
180.
Fianzas
a
plazo
largo.
181.
Fianzas
a
plazo
medio.
185.
Depósitos
a.
plazo
largo.
186.
Depósitos
a
plazo
medio.
1230.
Plan
número
1231.
Plan
número
13.
RESULTADOS
PENPfENTFS
DE
APLlCAC1ÓN.
130.
Remanente.
131.
Resultado
negativo
del
ejercicic
19.
n."
19
SnIHc"!ot'ES
TRANSITORgS
DE
FlNANCIAC¡ÓN.
190.
Accionistas,
capital
sin
desembolsar.
19j.
Accionistas,
prima
de
emisión
sin
desembolsar.
192.
Sodos,
parte
no
desenibolsada.
193.
Acdones
propias
eil
situaciones
especiales.
1310.
Amortizable
fiscalmente.
1311.
No
amortizable
fiscalmente.
132,
Resultado
negativo
del
eje~'cicÍ!.'
19
.....•
1320.
Amortizable
fiscalmente
1321.
No
amortizable
fiscalmente.
14.
Sl:J!WENClONES
EN
CAPITAL.
140.
Subvenciones
oficiales.
1930.
Acciones
propias
(art.
32
Ley
de
S.
AJ.
193J
Acciones
propias
{arto
4.7
Ley
de
S.
A.l.
1932. AccionES
propias
{arto
85
Ley
de
S.
AJ.
1933.
Acciones
propias
(att.
135
Ley
de
S.
AJ.
19:34.
Acciones
propias
{art.
144
Ley
de
S.
AJ.
1935.
Acciones
propias
(Ley
83/1968).
195.
Obligaciones
y
bonos
pendientes
de
suscripción.
196.
Obligaciones
y
bonos
recogidos.
1400.
Del
Estado.
1401.
De
otras
entidades
publicas.
141.
Otras
subvencJones.
GRUPO
2
INMOVILIZADO
1410.
De
la
Entidad
A.
1411.
De
la
Entidad
B.
20.
f¡.,;~10VIU.2:.mo
~l"'TERlAL.
aoo.
Terrenos
y
bienes
naturales.
15.
EMPRÉSTITOS.
150.
Obligaciones
y
bonos
simples.
1500.
Obligaciones,
emisión
1501.
Obligaciones.
emisión
1505.
Bonos,
emisión
.•..•.
1506.
Bonos,
emisión
......
1509.
Empréstitos
emitidos
(Decreto~ley
19/1961).
2000.
Solares
sin
edificar.
2001.
Fincas
rústicas.
2005.
Inversiones
de
la
previsión
para
inversiones.
2006.
Inversiones
anticipadas
de
la
previsión
para
in·
versiones.
2007.
Inversiones
de
la
reserva
de
exportación.
2008.
Inversiones
{Decreto-ley
19/196l}.
2009.
Inversiones
(Decreto-ley
18/1971)~_
•
B.
O.
é1el
K-Num.
79
~
auri!
1973
6467
Edificios
y
otras
construcciones.
Préstamos
a
plazo
r.ledio.
Desembolsos
pendientes
sobre
acciones.
202,
2020.
2021.
2022.
2023.
Industriales.
Administrativos,
Comerciales.
Otras
construcciones.
255.
259.
2540.
2541. Al
personal,
pata
adquisición
de
viviendas.
Al
personal,
para
difusión
de
la
propiedad
mo.
biliaria.
Maquinaria.
Instalaciones
y
Utillaje.
FIANZAS
y
oEPúsnos
CONSTJTUIDOS.
203.
2C30.
2031.
2032.
2033.
Maquinaria.
Instalaciones.
Elementos
de
transporte
interno.
UUles
y
herramientas.
2590.
2&9l.
2595,
2396.
De
sociedades
españolas,
exigidos.
De
sociedades
españolas,
no
exigidos.
De
sociedades
extranjeras,
exigidos.
De:
sociedades
extranjeras,
no
exigidos.
21
IN\lO'lt
lZADO
lNMATERlAL.
Mobiliario
y
enseres.
Elementos
de
transporte.
Concesiones
administrativas.
270.
Gastos
de
constitución.
271.
Gastos
de
primer
estabJecimiento.
2T2.Gastos
de
ampliación
de
capital.
273'.
Gastos
de
puesta
en
marcha.
274.
Gastos
de
adquisición
de
inmovilizado.
275.
Gastos
de
emisión
de
obligaciones
y
bonos
y
de
(or·
malizadón
de
préstamos.
2750.
De
emisión.
modificación
y
cancelación
de
abli·
gaciones
y
honos.
27üL
De
formalización,
modificación
y
cancelación
de
prestamos.
276. CHstoS
financieros
diferidos.
277.
Investigaciones,
estudios
y
proyectos
a
amortizar.
278.
Otros
gastos
amortizables.
2780.
Nueva
paridad
monetaria
(Decreto-ley
V19721.
GlISTOS
AMoin
rZAIll,ES.
AMORTIZACIÓN
DEL
tN!\10VlI.IZADO.
260. #
Fianzas
a
plazo
largo.
2$1.
Fianzas
a
plazo
medio.
265.
Depósitos
a
plazo
largo.
266.
Dépósítos
a
piazo
medio;
280.
Amortización
acumulada
del
inmovilizado
material.
25.
Mobiliario.
Equipos
de
oficina.
Material
de
ofidna.
Material
automóvil.
Material
fluvial.
Material
ferroviario.
Materíal
naval.
Material
aereo.
Del
Estado.
De
las
Diputaciones.
De
los
Ayuntamiemos.
De
otras
entidades
públicas.
De
Estados
extra
nleres.
De
otras
entidades
publicas
extranjeras.
2050.
205!.
2052.
Equipos
para
procesos
de
información.
Repuestos
para
inmovilizado.
Otro
inmovHizado
material.
Instalaciones
complejas
especializadas.
2040.
2041.
2042.
2043.
2044.
2100.
2~O1.
2102.
2103.
2105_
2HX:L
204.
205.
206.
207.
200.
209.
210.
Propiedad
industrial.
Fondo
de
comercio.
Derechos
de
traspaso.
211.
212.
213.
2110.
2111.
2112.
Patentes.
Marcas
y
nombres
comerciales.
Procedimientos
de
fabricación.
2800.
2802.
2803.
2804.
280.5.
2806.
2808.
2809.
De
bienes
naturales.
De
edificios
y
otras
construcciones.
De
maquina.ria,
instalaciones
y
utillaje.
De
elementos
de
transporte.
De
mobiliario
y
enseres.
Dé
equipos
para
procesos
de
información.
De
otro
inmovilizado
material.
De
instalaCiones
complejas
especializadas.
2:l..
I!'
EN
CURSO.
281.
Amortización
acumulada
del
inmovilizado
inmaterial.
PROV1S10;<.>
(IN}10VILlZAOO).
290.
Fondo
extraordinario
de
reparaciones
(art.
17.
'.
del
T. R.
I.
S.l.
Adaptación
de
terrenos
y
debiones
naturales.
Edilicios y
otras
construcciones
en
curso.
Maquinaria
e
instalaciones
en·
montaje.
Equipos
pan
procesos
de
información
en
mon
taje.
In::;talaciones
complejas
especializadas.
en
montaje.
Investigaciones,
estudios
y
proyectos
en
curso.
29.
2810.
2811. De
concesioneS
administrativas.
De
propiedad
industrial.
25,
OTRAS
I!<:verslones>
FINANCIER.\5
PERMANENn:s.
l;,:
nSlONES
FIN.~NClr::f\AS
EN
EMPRESAS
DEL
CHUVO,
240.
Acciones
con
cotización
oficial.
241.
Acciones
sin
cotización
oficial.
242,
Otras
participaciones.
2U.
Obligaciones
y
bonos.
244.
Préstamo
a
plazo
largo.
245.
Préstamo
a
plazo
medio.
246.
Préstamos.a
plazo
corto.
249.
Desembolsos
pendientes
sobre
acciones
y
participa-
ciones.
Buque
o
aeronave
A.
Buque
o
aeronave
R
Obra
o
reparación
A.
Obra
o
ropa
ración
B.
2900.
2901.
2910.
2911.
Otras
prOVJSiOnes
para
abras
y
reparaciones
e:l.traor.
dinat'ias.
GRUPO
3
EXISTENCIAS
Provisión
para
otras
insolvencías.
Provisión
por
depredación
de
terrenos.
Provisión
por
depreciación
de
inversiones
financieras
permanentes.
Provisión
para
insolvencias
(art.
17.
6.
del
T.
B.
l.
S.1.
2950.
Saldo
A.
2951
Saldo
B.
295.
291.
296.
292.
293.
Obligaciones
y
bonos
de
entídades
espai101as.
Obligaciones
y
bonos
de
entídades
extranjeras.
De
sociedades
espa,ñolas,
exigidos.
De
sociedades
españolas,
no
exigid
es.
De
sociedades
extranjeras,
exigidos.
De
sociectadesextranjeras,
no
exigidos.
24:m.
24:51.
2490.
2491.
2495.
24\16.
21
250.
251.
252.
254.
Acciones
con
cotización
oficial.
Acciones
sin
cotización
oficial.
Acciones
de
sociedades
de
empresas
(Ley 196/1963).
Préstamos
a
plazo
largo.
31),
COHEflCIALES.
300.
Mercaderías
A.
301.
Mercaderías
B.
6468
2::·...:a:.:b:.:r.::iI:.-::19::7~3~
B_.~_O_._d_e_I_E_._N_u_'m_._7_9
31,
Pf\OUUCTOS
Tf,RMINADOS.
41
OTBOS
ACREEDORES.
310.
Productos
A.
311.
Productos
B,
410.
Acreedores
diversos.
PHODucros
SEMln'~RMJNAD09.
320.
Productos
A.
321.
Productos
B. 42.
4100.
Por
arrendamientos.
4101
Por
repantciones
y
conservación.
4102.
Por'
suministros.
EFE'.CTQS
COMEnCB.LES
PASIVOS.
3:L
SUHPIi.ODl)(TCS
y
RE;SlDUOS.
420.
Efectos
comerciales
a
pagar.
330.
Subproductos
A.
331.
Subproductos
B.
335.
Residuos
A.
336.
Residuos
B.
4200.
Efectos
a
pagar
(pesetas).
4201.
Efectos
a
pagar
(moneda
extranjera).
43.
CUEN'fF-S
3<1.
PRúDUC'WS
y
TRABA,IOS
EN
CURSO.
430.
Clientes.
340.
Productos
A.
341.
Productos
B.
345.
Trabajos
A.
346.
Trabajos
B.
35.
M.',
fElUAS
pRIMAS
y
AUXiLIAREs.
350.
Materias
prima.
..
A.
351.
Materias
primas
B.
355.
Materias
auxiliares
A.
356.
Materias
auxiliares
B.
4300.
Clientes
(pesetas).
4301.
Estado
español,
cuenta
de
clientes.
4302.
Otras
entidades
públicas,
CUf'lltas
de
clientes.
4303.
Clientes
(moneda
extranjera).
431. Empl'Csas
~el
grupo.
cuenta
de
clientes.
1310.
Empresas
del
grupo
(pesetas).
431!- Empre&as
del
grupo
tmoned
extranjera).
~:35,
Clientes
de
dudoso
cobro.
Fn\fa~es
a
devol\'er
por
clientes.
4:)70
Envases
a
devolver.
4.375.
Ernbéiiaíes
a
devolver.
36.
ELEMENTOS
y
CONJUNTOS
INCORPORABLES.
360.
Elementos
A.
361.
Elementos
B.
365.
Conjuntos
A.
366.
Conjuntos
B.
4.150
4351.
Clíentes
de
dudoso
cobro
(art.
17.6,
del
T.RI.S>.
Otros
clientf:'s
do
dudoso
cobro.
37.
MATEH.IALF..,5 P."RA CONSUMO Y
REPOSIC'lÓN.
370.
Combustibles.
371.
Materiales
diversos.
372.
Repuestos.
0+\.
Anticipos
de
clientes.
«39.
Anticipos
de
empresas
dejo
grupo,
cuenta
de
dientes,
«4
O¡'nos
DEUDOR.ES
3B,
EMBALAJES
y
ENVASES,
440
Deudores
diversos.
380,
381.
385.
386.
Embalajes
A.
Bmbalajes
B.
Envases
A.
Envases
B.
4400.
4101.
·140;!.
Por
arrendamientos.
Por
prestación
de
servicios.
Por
subvenciones
concedidas
das).
{enHdades
pdva-
3f'.
PUOV1SlONFS
POR
DEPRECIACIÓN
DE
EXJS1Y.NeIAS.
400.
Proveedores.
40
PROVEEDORES.
ACREEDORES
Y
DEUDORES
POR
OPERACIONES
DE
TRAFICO
del
ErECTOS
COMERC1ALES
.\C'llVOS.
445.
Deudores
de
dudoso
cobro.
4450
Deudore~
de
dudoso
cobro
(aft.
17,
8.
T.RI.S.l.
4451
Otros
deudores
de
dudoso
cobro.
450.
Efectos
comerciales
a
cobrar.
4,'>00.'
Efectos
a
cobrar
{pesetas}.
450L
Efectos
a
cobrar
(moneda
extranjera).
4502,
Efectos
a
negociar
(pesetas).
450J_
Efectos
a
negociar
(moneda
extranjera).
45.'5.
Efectos
comerciales
impagados.
4530.
Efectos
protestados,
4.'5,';;].
Efectos
impagados
sin
protesto.
45
De
mercaderías.
De
productos
terminados.
De
productos
semitenninados.
De
.productos
en
curso.
De
materias
primas
y
auxiliares.
De
elementos
y
conjuntos
incorporables.
De
materiales
para
consUmo y
reposición.
De
embalajes
y
envases.
GRUPO
4
390,
39L
392.
394.
395.
396.
397.
398.
4000.
Proveedores
(pe~etasl.
4001.
Proveedores
(moneda
extranjeral.
-401.
Empresas
del
grupo,
cuenta
de
proveedores.
4010.
Empre8as
del
grupo
(pesetas).
4011.
Empresas
del
grupo
{moneda
!'-xtranieml.
402.
Proveedores,
facturas
pendientes
de
recibir
o
de
formalizar.
-407.
Envases
a
devolver
a
proveedores.
4070.
Envases
a
devolver.
4075.
-Embalajes
a
devolver.
408.
Anticipos
a
proveedores.
409.
Anticipos
a
empresas
del
grupo,
cuentas
de
provee-
dores.
46
PEHSONAL.
460.
Anticipos
de
remunet·aciones.
465.
Remuneraciones
pendientes
de
pago.
47.
["T'D.~l>r':i
PÚBLICAS,
470.
Hacienda
pública,
deudor
por
diversos
conceptos.
4700,
Por
subvenciones
concedidas.
470L
Por
desgravaciones
fiscales.
4702.
Por
devolución
de
impuestos.
471,
Otras
Entidades
públicas,
deudores.
4710.
Diputaciones.
4711.
Ayuntamientos.
4712.
Otras
entidades
públicas,
B. O. (Iel
E.~Núm.
79 2
aoril
HI73 6469
52.
F¡~NZAS
yDEPÓSITOS
RiCIBI1X)S.
54.
FIANZAS
y
DEPOStTOS
CONSTITUIDOS.
472.
Organismos
de
la
Seguridad
Social.
deudores.
4720.
Instituto
Nacional
de
Previsión.
4721.
Mutualidad
A.
4722.
Mutualidad
B.
475.
Hacienda
pública,
acreedor
por
conceptos
fiscales.
176.
Otras
entidades
públicas,
acreedores.
4760.
Diputaciones.
4761.
Ayuntamientos.
4762.
Otras
entidades
públicas.
477.
Organismos
de
la
Seguridad
Social.
acreedores.
4770.
Instituto
Nacional
de
Previsión.
4771.
Mutualidad
A.
4772.
Mutualidad
B.
48.
AJUSTES
POR PERIODIFlCACIÓN.
480.
Pagos
anticipados.
4800.
Por
alquileres.
481.
Pagos
diferidos.
4810.
Comisiones
devengadas
pendientes
de
pago.
485.
Cobros
anticipados.
4850.
pe
alquileres.
486.
Cobros
diferidos.
4860.
Comisiones
devengadas
pendientes
de
cobro.
49.
PnOVJSlONES
(TRÁFIcoL
490.
Para
insolvencias
(art.
17,
6,
del
T. B.
I.
S.l.
4900.
Clientes
de
dudoso
cobro.
490L
Deudores
de
dudoso
cobro.
491.
Para
otras
insolvencias.
492.
Para
responsabilidades.
GRUPO
5
53.
512.
Por
dividendDs
activos.
513.
Por
acciones
amortizadas.
520.
Fianzas
a
plazo
corto.
525.
Depósitos
a
plazo
corto.
b;VEHSIQNES
FINANCIERAS
TEMPillHLZ5.
530.
Fondos
públicos.
5300.
Deuda
pública
del
Estado
español.
5301.
Deuda
de
Diputacio.oes.
5302.
Deuda
de
Ayuntamientos.
530H.
De
la
Previsión
parf:l
Inversiones.
531.
Otros
valores
de
renta
fija.
5310,
Empresas
españolas.
5311.
Estados
extranjeros,
5312.
Corporaciones
extranjeras.
5313.
Empresas
extranjeras.
5319.
De
la
Previsión
para
Inversiones.
5]2,
Acciones
con
cotización
oficial.
5329.
De
la
Previsión
para
Inversiones.
533.
Acciones
sin
cotización
oficial.
534.
Préstamos
a
plazo
corto;
5340.
Al
personal
por
diversos
conceptos.
535.
Imposiciones
a
plazo
fijo.
539.
Desembolsos
pendientes
sobre
ac~lones.
5390.
be
sociedades
españolas,
exigidos.
5391.
De
sociedades
españolas,
no
exigidos.
5395.
De
sociedades
extranjeras,
exigidos.
5396.
De
sociedades
extranjeras,
no
exigidos!
540.
Fianzas
a
plazo
corto.
545.
Depósitos
a
plazo
corto.
CUENTAS FINANCIERAS
50.
PRÉSTAMOS
RECIBIDOS YOTROS DÉBlTOS AEMPRESAS
FUEllA
DEl.
GRUPO.
500.
Préstamos
a
plazo
corto.
5000.
De
Bancos
oficiales.
5001.
De
Bancos
privadas.
5002. De
Organismos
oficiales.
SOOJ.
Do
entidades
privadas~
5005.
De
Organismos
inte,rnadonales.
5006. De
Bancos
e
lnstítuciones
finanderas
extran~
jeras.
5007.
Con
garantía
llipotecaria
o
pígncra;jcia
(art.
103,
Ley
dé
S.
A.J.
5009.
Pl'éstamos'
concertados
(Decreto-le.)'
19/1961).
505.
Acreedores'a
plazo
corto.
5050.
Empresa
A.
5051.
EmpresaB.
51.
ACREEDORES
NO COMERCIALES.
510.
Por
intereses.
5100.'
De
obligaciones,
emisión
5101.
De
obligaciones,
emisión
5105.
De
bonos,
emisión
5106_
Do·
bonos,
emisión
5109,
De
préstamos.
511,
Por
obligaciones,
bonos
y
prestamos
amortizados.
5110.
Obligaciones
amortizadas
pendientes
de
rf'f'ffi
bolso.
emisi6n
".."
5111.
Obligaciones
amortizadas
pendientes
de
reem-
bolso,
emisión
......
5115.
Bonos
amortizados
pendientes
de
reembolso,
emisión
......
5116.
Bonos
amortizados
pendientes
de
reembolso,
em~i6n
......
5119.
Préstamos
vencidos
pendientes
de
reembolso.
55.
QTRA,S
CUE-';TAS NO BANCARIAS.
550.
Con
empresas
del
grupo.
551.
Con
socios
y
administradores.
555.
Partidas
pendientes·
de
aplicación.
559.
Dividendo
activo
a
cuenta.
57
TEsonERÍA.
570.
Caja,
pesetas.
571.
Caja,
moneda
extranjera.
572.
Bancos
e
Instituciones
de
Crédito
ele
vista,
pesetas.
573.
Bancos
e
Instituciones
de
Crédito
c;/
c
vista,
moneda
extranjera.
574.
Bancos
e
Instituciones
de
Crédito,
cuentas
de
ahorro.
58.
AJUSTES
POR
PERlODIFlCACIÓN.
580.
Intereses
a
pagat'.
no
vencidos..
581.
Intereses
a
cobrar,.
no
.
vencidos.
585.
Intereses
pagados
por
anticipado.
.586.
Intereses
cobrados
por
anticipado.
59,
PROVISIONES.
5S0.
Para
insolvencias
(art.
17.
6,
del
T.
R.
l.
S."
5901.
Saldo
A.
5902.
Saldo
B.
591.
Para
otras
insolvencias.
592.
Para
depreciación
de
inversiones
financieras
tempo~
rales.
GRUPO
6
COMPRAS
YGASTOS
POR
NATURALEZA
60.
COMPRAS
600.
Compras
de
mercaderias.
6000.
Mercaderlas
A.
6001.
Mercaderías
B.
64711
2
abril.
1973 B.
O.
ilel
E.-Num.
79
601.
Compras
de
materias
primas.
602.
Compras
de
materias
auxiliares.
603.
Compras
de
elementos
y
conjuntos
incorporables.
6030.
Elementos
A.
6031.
Elementos
B,
6035.
Conjuntos
A.
6036.
Coníuntos
B.
604.
Compras
de
materiales
para
~onsumo
y
reposición.
6040.
Combustibles.
6041.
Materiales
diversos.
6042.
Repuestos.
606.
Compras
de
embalajes.
607.
Compres
de
envases.
608.
Devoluciones
de
t:ompras.
6080.
Mercaderías.
6081.
Materias
primas.
809.
..Rappels
..
por
compras.
61.
GAS10S
DE
PERSONAL
810.
Sueldos
y
salarios.
6100.
RemuneracíoneS
fiias.
6101.
Remuneradones
eventuales.
6102.
Gastos
de
viaje.
816.
Transporte
del
personal.
6160.
Servicio
propio.
6161
Ser~tio
de
otras
empresas.
617.
Seguridad
Social
a
cargo
de
la
empresa,
e18.
Otros
gastos
sociales.
6180.
Jubilaciones
y
pensiones.
61B1.
Comedores.
6182.
Economatos.
e2.
GASTOS
FINANCIEROS.
820.
De
ampliación
de
capital.
6200.
Escritura
y
Registro.
6201.
TributoS_
6202.
Confección
de
titulos.
821. De
emi~ión.
modificación
y
cancelacfón
de
obligacIo-
nes
y
bonos.
622.
De
formalización,
modmcación
y
canceladón
de
prés
tamos,
823. InteresE's
de
obligaciones
y
de
bonos.
6230.
Intereses.
emisión
...••.
6231.
Intereses,
emisión
824.
Intereses
de
préstamos.
6240.
Intereses.
préstamo
A~
6241.
Intereses.
préstamo
B.
626.
Descuentos
sobre
ventas
por
pronto
pago.
627.
Otros
gastos
financie'ros.
6270.
Comisiones
bancarias
por
el
servicio
de
pago
de
dividendos.
intereses,
etc.
6271.
ComiSiones
bancarias
por
el
cobro
de
efectos.
6272.
Intereses
ygastos por
descuento
de
efectos.
83.
TRIBUTOS
842.
Suministros.
6420.
Agua.
6421.
Gas.
6422.
Electricidad.
M3.
Cánones.
6430.
Patentes.
6431.
Asistencía
técnica.
6432.
Marcas
y
hombres
comerciales.
644.
Remuneraciones
a
agentes
mediadores
independientes.
6440.
ServicioS
A.
6441.
Servicios
B.
845.
Trabajos.
realizados
por
otras
empresas.
6450.
Trabajos
A.
6451.
Tra
bajos
B.
M6.
Primas
de
seguros.
6450.
Incendios.
6461.
Riefgos
catastróficos.
55.
TUANSf'ORTES
y
FLETES.
650.
Transportes
y
fletes
de
compras.
6500.
Mercaderías
A.
es01.
Mercaderías
B.
651.
Transportes
y
fletes
de
ventas.
13510.
Mercaderías
A.
6511.
Mercaderías
B.
652.
Otr'05
transportes
y
fletes.
68
G
~Sl:OS
D1VEFlSOS
650.
Material
de
oficina.
661.
Comunicaciones.
662.
Relaciones
públicas.
663.
Publicidad
y
propaganda.
661.
Juridicos.
contenciosos.
665.
Servicios
auxiliares.
668.
Otros
gastos.
DCTAC1ü"JES
DEI
EJERCICIO
PARA AMORTIZACIÓN
680.
Amortizádón
del
inmovilizado
material.
6800
De
bienes
naturales
61302.
De
edificios y
otras
construcciones.
5803.
De
maquinaria.
instalaciones
y
utílIaje.
6804.
De
elementos
de
transporte.
6805.
De
mobiliario
y
enseres.
6806.
De
equipos
para
procesos
de
información.
6808.
De
otro
inmovilizado
materiaL
e809.
De
instalaciones
complejas
especializadas.
681.
Amortización
del
inmovillzado
inmaterial.
6810.
De
concesiones
E.dministrativas.
61311.
De
propiedad
industriaL
687.
Amortización
de
gastos.
6870. De
gastos
de
c.onstitución.
6871. De
gastos
de
primer
establecimiento.
830.
Tributos.
6300.
TributoA.
6301.
Tributo
B.
84.
TRABAJOS.
SUMINIST.ROS
fSERVICIOS
U11:RIORES.
640.
Arrendamientos.
6400.
De
bienes
A.
6401. De
bienes
.8.
«141.
Reparaciones
y
conservación.
6410.
En
bienes
A.
6411.
En
bienes
B.
69.
Dope
lOSF:S
,o.
LAS
PROVISIONES.
690.
Dotación
al
Fondo
extraordinario
de
reparaciones
(art.
17. 8.
del
T. R.
l.
S.J.
6900.
Buque
oaeronave
A.
6901.
Buque
o
aeronave
B.
691.
Dotación
a
otras
provisiones
para
obras
y
reparac1o~
nes
extraordinarias.
6910.
Obra
-o
reparación
A.
8911.
Obra
o
reparación
B.
693.
Dotación
a
la
provisión
para
Insolvencias
fart.
17.
e.
del
T. R. l.
S.l.
B.
O.
del
E-Num.
79 2
a6rll
1973 8471
6930.
Por
préstamos
incluidos
en-el
grupo
2.
6931.
Por
clientes
y
deudores
incluidos
en
el
grupo
4,
6932.
Por
préstamos
incluidos
en
el
grupo
5.
694.
Dotación
a
la
provisión
para
otras
insolvencias.
695.
Dotació,,".8
la
provisión
para
responsabilidades.
751.
Otras
subvenciones.
7510.
De
Entidad
A.
7511.
De
Entidad
B.
7ft.
TRABAJOS
REALIZADOS POR
LA
EMPRESA
PARA
SU
Il'l"MOVILlZADO.
760,
Para
inmovilizado
material.
7610.
Para
propiedad
industrial.
761.
Para
inrnovHizado
inmateriaL
GRUPO
7
VENTAS
E
INGRESOS
POR
NATURALEZA
70.
VE.NTAS
DE
MEflCADERiAS yPRODUCTOS TERMINADOS
(o
rt-:GRESOS
PO"
PRE1:ilAC1ÓN DE
SEIWlcros,
POR
TRABAJo.." REALIZADOS,
ETC,).
700.
Ventas
de
mercaderías
o
productos
terminados.
7000.
Mercaderías
o
productos
terminados
A.
7001.
Mercaderías
o
productos
terminados
B.
70B.
Devoluciones
de
ventas.
7600.
7602.
7003.
7604.
7606.
7607.
7608.
7609.
En
terrenos
y
bienes
naturales.
En
edificios
y
otras
construcCÍones.
En
maquinaria"
instalaciones
y
utillaje.
En
elementos·
de
transporte.
En
equipos
'para
procesos
de
información.
En
¡'epuestos
para
inmovilizado.
En
otro
inmovHizado
material.
En
instalaciones
complejas
especializadas.
7080.
Mercaderías
o
productos
terminados
A.
7081.
Mercaderías
o
productos
terminados
B.
709.
..Rappels
..
sobre
ventas.
71.
VENTAS
DE
SUBPRODUCTOS
RESIDlJOS.
710.
Ventas
de
subproductos.
7100.
Subproductos
A.
7101.
Subproductos
B.
715.
Ventas
de
residuos.
7150.
Residuos
A.
7151.
Residuos
B.
72
VFNTAS
DE
EMBALA.JES
y
E"NV~SE5.
720.
Ventas
de
embalajes.
'
725.
Ventas
de
envases.
7~:.
l1'-:c¡,ESOS
ACCESORIOS
DÉ
LA
~XPLoTAnóN,
730.
Por
prestación
de
servicios
al
personal.
763.
Para
inmoviHzaciones
en
curso.
7630.
En
adaptación
de
terrenos
y
bienes
naturales
•.
7632,
En
edificios
y
otras
construcciQIles
en
curso,
7-633.
En
maquinaria.
e
instalaciones
€In
montaje.
7636.
En
equipos
para
procesos
de
información.
en
·montaje,
7638.
En
otro
inmovilizado
material
en
curso.
7639.
En
instalaciones-
complejas
especializadas,
en
montaje.
767.
Para
establecimiento
y
puesta
en
marcha.
79.
PROVISiONES
AI'UC/.DAS A
su
FINALIDAD.
790.
Reparaciones
extraordinarias
lart.
17.
9,
del
T.
R.
l.
S.l
cubiertas
con
provisiones.
791.
Otras
reparaciones
extraordinarias
cubiertas
con
pro--
visiones.
793.
Insolvencias
(arto
17,
6,
del
T.
R.
1.
S.)
cubiertas
con
provisiones.
794.
Otras
insolvencias
cubiertas
con
provisionaL
795.
Responsabilidades
cubiertas
con
provisione~
.
7300.
7301.
7302.
Jubilaciones
y
pensiones.
Comedore';.
Economatos.
GRUPO 8
RESULTADOS
731. De
propiedad
industrial
cedida
en
explotaclón
..
80.
EXPLOTACIÓN.
7310.
7311,
73J2.
Patentes.
Asistencia
técnica.
Marcas
y
nombres
comerciales,
BOa.
Explotación.
82.
RESULTADOS
EXTRAORDINARIOS.
732.
Comisiones.
Y320.
Servicios
A.
7321.
Servicios
B.
735.
Prestación
de
servidos
diversos.
738.
Otros
ingresos,
7380.
Arrendamientos.
7381.
Desgravación
fiscal a
la
exportación.
7382.
Premio
de
retención.
738~.
Devoluciones
de
impuestos.
74
INGRESOS
FINANCIEROS.
740.
De
acciones
y
participaciones
de
empresas
del
grupo,
741.
De
obligaciones,
y
bonos
y
de
préstamos
a
cargo
de
empresas
del
grupo.
742.
De
otras
inversiones
financieras
permannntes.
743.
De
inversiones
financieras
temporales.
746.
Descuentos
sobre
compras
por
pronto
pago.
747.
Otros
ingresos
financieros.
75.
SUBVENCIONES
A
LA
EXPLOTACIÓN.
820.
Resultados
extraordinarios.
83.
RESULTADOS
DE
LA
CARTERA
DE
VALORES.
830.
Resultados
de
la
Cartera
de
Valorea!
~.
Pi,ROlíJAS
í
GANANCIAS.
890.
Pérdidas
y
Ganancias.
GRUPO
9
CONTABILIDAD
INTERNA
El
desarrollo
de
este
Grupo
se
incorporá
en
edición
po¡s.
teríor
del
Plan.
GRUPO
O
CUENTAS
DE
ORDEN
Y
ESPECIALES
oo.
VALORES
RECIBIDOS
EN
GARANTIA.
750.
Subvenciones
oficiales.
7500.
Del
Estado.
7501. De
las
Diputacion.Js.
7502.
De
los
Ayuntamientos.
7503.
De
otras
entidades
públicas.
000.
001.
002.
005.
006.
007.
Valores
en
garantía.
de
adminIstradores.
Valores
en
garantía.
de
empleados.
Valores
en
garantía,
de
contratistas
y
suministrador.
Garantía.
de
administradores.
Garantía.
de
empleados.
Garantía.
de
contratistas
y
suministrador~
6472 2
abril
1973 B. O
del
E.~Núm.
79
01.
02.
VALORES
ENTREGADOS EN GARANTiA.
010.
Garantía.
por
administración.
011.
Garantia,
por
contratos
de
obras,
servicios
y
sumí'
nistros.
015.
Valores
.en
garantia.
por
administradón.
016.
Valores
en
garantía,
por
contratos
de
obras.
servido
..
y
suministros.
RIESGO
POR
DESCUENTO
DE
EFECroS
cmU::RClALES.
020.
Efectos
descontados
pendientes
de
vendmiento.
025.
Riesgo
por
efectos
descontados.
SEGUNDA
PARTE
DEFINICIONES
YRELACIONES
CONTABLES
GRUPO
1
FINANCIACfON
BASTeA
Si:'
;(!}unar:i
con
cargo
a
cuentas
del
Grupo
B o a
las
del
subgrupo
II
11. RE.sLRVAS.
110.
Prima
de
emisión
de
acdones,
111.
Plusvalía
por
revuJoriutrión
de
activo.
112.
Cuenta
de
Regularízacíón
(Ley 76/1961J.
11::;
Reservas
legales.
114
Reservas
especiales,
1J6,
Reservas
estatutarias.
116
Reservas
voluntarias.
117.
Fondo
de
reversión.
119.
Cuentas
t'epresentauvas
de
benencias
mantenidos
a
dispo"
sicion
de
'i-t
empfl:'!óa y
no
incm·porados
a
capitaL
La
Prima
de
l'mi~ión
de
acdones,
la
Plusvalía
por
revalo-
rización
;e
la
Cuenta
de
Hegulul'izacíón
{Ley
76/1960
y
la
Re
especial
de
regularización
del
balance
(Dene·
to
;H:)!;/1BGD")
--esta
úlUma
incluida
como
cuenta
de
CU
ci-
fras
dentm
de
la
114
-Reservas
especiales
se
con",ider8n
re·
servas.
Todas
¡as
cuentas
de
l'oscrVH;;;
t'igu:ar~~n
en
el
posi\"()
del
balance.
Comprende
los
recursos
obtenidos
por
la
empresa
destina
dos,
en
general,
a
financiar
el
activo
permanente
y a
cubril
un
margen
razonable
del
circulante
El
contenido
de
este
Grupo
se
define
por
el
destino
de
los
recursos.
10.
CAPITAL.
100.
101.
102.
103.
Capital
social.
Fondo
social.
Capital.
Capital
amortizado.
110
Prima
de
emisión
de
acciones.
Reserva
generada
en
el
(USO
de
emisión
y
eoloeaciór'l
de
ae-
CilllH:'S a
pn~cjo
supel'ior
a
:-'>ll
valur
nominaL
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
abonnrá
con
cargo
él
las
cuenlns
del
Gnlpo
5--
que
pro-
cc,Ltn
0,
en
su
Cd.SO,
él
la
191~-Accionistas.
prima
de
('~-q'
:,n
sin
desembolsar.
y'st· cHr-p:ará
póe
In
disposición
que
de
IR
pi'lmn
pucda
re'il!'_arse.
109.
1]1.
Plusvalía
por
revalorización
de
activo,
lOO,
Capiial
sodal.
Capital
escríturado
en
las
sociedades
que
rovistan
forma
mercantil.
Tratándose
de
sociedades
anónimas
y
comanditarias
por
ac-
ciones,
la
creación,
emisión
y
suscripción
de
acciones
se
re"
gistrarán
en
la
forma
que
las
mismas
tengan
por
conveniente,
mientras
se
encuentren
los
titulas
en
periodo
de
suscripción
Figurará
e:1
el
pasivo
del
balance,
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
abonará
por
el
capital
inicial
y
las
suC(~,;ivas
ampliaciones,
y
se
cargará
por
las
reducciones
del
mismo.
ya
la
extinción
de
la
sociedad,
una
vez
transcurrido
el
periodo
de
liquidación
101.
Fondo
social,
Capital
de
las
entidades
sin
forma
mercantil
Su
situación
en
el
balance
y
su
movimiento
son
an(tlogo$
a
los
señalados
para
la
cuenta
IDO,
102.
Capital.
Corresponde
a
las
empresas
jndivid\ldles
Estará
-constituido
gener'almente.
por
la
diferencía
entre
el
acihco
yel
pasivo
del
negocio.
salvo
en
el
supuesto
de
haberse
contahilizado
todos
o
parte
de
los
beneficios
bajo
cuenta
o
cuentas
de
reservas.
Figurará
en
el
pasivo
del
balance,
Su
movimiento
es
el
siguiente:
?e
abonará
por
el
capital
inicial
y
por
las
su(:esh"as
apar.
taclOnes
que
efectúe
el
titular,
y
se
cargará
por
las
reducciones
que
éste
realice
y
en
los
casos
de
cesión
total
o
parcia!
de
los
negocios
o
de
cesación
en
los
rtlisinos. Igu
se
abonará
o
cargará
al
final
de
cada
ejercicio
Con
los
resultados
positivos
O
negativos
obtenidos,
salvo
que
los
primeros
se
destinen,
en
todo
o
en
parte,
a
reservas
o a
ser
retirHdos
por
el
empresari'J,
y
los
segundos
se
carguen
a
las
cuentas
131/132
para
su
amor
tización.
lOO,
Capital
amortizado.
Nominal
de
las
acciones
de
la
propia
empn'sa
adquiridas
por
ésta
y
amortizadas
Con
cargo
a
beneficios
o a
reservas
libres,
Figurará
en
el
pasivo
del
balance,
H(>
gcncnldH
por
r,:'Vct¡Ol'i7i:1Cioncs
conlabili7,adas
de
elementos
dt'1
activo
Su
movilnicntc
es
el
siguiente:
Se
abonaiá
con
cargo
a
las
cuentas
'del
activo
en
que
se
produzcan
las
revalorizaciones,
y
Sil
cu'gará
por
la
disposición
de
la
plGsvaha,
112
Cuentas
de
Hegularización
(Ley
76/1961l.
Dotaciones
l'(:a.lizadu$ a
la
misma
en
cumplimiento
de
10
establecido
en
la
Ley
de
Regularización
de
Balances,
Texto
Refundido
de' 2
de
julio
de
lB64~
Los ahono,,; y
cargos
en
esta
cl1pnta
están
regulados
en
el
citado
Te"to
Retundido
y
en
el
Decl'el0 3155/1866,
de
29
de
di-
ciembre.
113, Res/ó!l'vas
legales.
Las
dotarlas
obJigatoriament0
por
disposición
legal
de
ca-
rácter
general.
Esta
CUOJ1tH
rcgi.'illara,
est1t'cialmente.
la
rc-
$C'rva
'?stublecida
por
el
articulo
106
de
la
Ley
de
S,
A,
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
abnnn¡·it
con
cargo
a
la
cuenta
890
-·Pé¡·didas
l'
Ganan-
dflS.
)-'
sc {:arg:ar[¡ j}or
la
disposición
que
se
¡'lago
de
las
rcservns
111
Rcscn:-as
especiales,
Las csta1)!ccid;,¡s
por
Ley,
pero
cuya
dotación
es
de
carácter
volunlal"Ín
Por
lo
general,
estas
re.
se
dotan
para
dis-
frutar
de
ciertos
incentivos
fiscales.
Su
movimiento
es
analogo
al
seihlado
para
la
113.
115.
Reservas
estatutarias,
Son
las
delcrmjnadaspor
Jos
l'stulutos
de
la
propia
so-
ciedad,
Su
movimiento
es
análogo
al
señalado
para
113.
116, H.eservas
voluntarias.
$Gn
l¡n
constituians
libremente
por
la
empresa.
Su
movimiento
es
análügo
al
sef!alado
para
la
113.
117.
Fondo
de
reversión.
Reconstitución
del
valor-capital
económicamente
invertido
en
el
activo
revertíble.
B. O.
del
K-Núm.
79
2
abril
1973
6473
El
movimiento
de
esta
cuenta
se
expresará
en
las
norma",
contables
específicas
que
se
dicten
para
las
empresas
con
ac·
tivos
revertibles.
12,
PREVISIONES.
120.
Para
riesgos.
121. Pl\J:a
diferencias
de
rnmbio.
122.
Autoseguro.
123. I
Por
aceleración
de
amortizacíones.
129.
Retenciones
de
resultados
con
desUno
específico a
la
co-
berturA.
de
riel':gos.
Por
excepción,
el
autoseguro
,,0
dota
fa
con
cm-go a
la
cuen
ta
616
-Prima",
de
seguros.
Todas
las
cuentl;ts
de
previsiones
figuraran
en
el
pasivo
del
balance.
120/121.
Para
..,
Cubren
la
eventualidad
de
pérdidas
en
operaciones
obie-
nes
e~.¡pecíticos.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
abonarán
con
calgo
a
la
cuenLa
890
~Pérdjdas
y
Ga~
nam:iH9,
cuando
se
dote
la
previsión,
y
se
cargarán
al
produ
ciró;e
el
hecho
cuyo
riet;go
de
ucontecer
cubrían.
Al
linal
de
cada
ejercicio
debera
hacer<:e>

un
ajuste
de
las
prc\·isiones,
con
el
fin
de
acomodar
sus
dotaciones
a
los
'ries-
gos
en
dicha
fecha.
Si
las
previsio,les
se
consideraran
insufi-
cientes.
se
complementaran
en
~a
cuantía
que
proceda,
con
cargo
a
la
cuenta
390
-Pérdidas
y
Ganancias.
Si
dejara
de
existir
definitivamente
el
riesgo
para
el
cual
fué
creada
la
previsión,
el
saldo
de
la
cuenta
o
cuentas
co-
rrespondiente.'>
se
pasará
a
la
116
-Reservas
voluntarias.
122.
Autoseguro.
Dotacione~
a
esta
cuenta
unndo
la
empresa
es
asegura·
dora
de
sus
propios
bienes.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
abonara.
por
las
dotaciones
anuales,
con
cargo
a
la
640
-Primas
de
seguros,
y
se
('argani.
con
motivo
de
los
siniestros
123.
Por
aceleración
de
amortizaciones.
Recoge
la
diferencia
en
he
la
amortizacíon
aceleruda.
aco-
gida
o
no
a
plan
aprobado
Dor
la
Adlllinistlacíon,
y
la
que
correspondería
según
la
dCFlI'ecülción
efectiva
de
los
bienes
o
elementos
del
activo
Se
abonara
por
la
citada
dHuencia
con
cargo
a
la
890.
La.
empresa,
una
vez
te¡
minado
el
pl<:hl.>
(;onlÍnuan'l
dotan
do
sus
amortizaciones
en
unción
de
la
depfl'(iaciún
efectiva
de
los
respectivos
bienes
o
elementos
del
acLvo.
Podrá
detallarse
medianle
cuer
tas
de
cuatro
cifras
ia ace
lerución
que
corresponcfu.
a
cada
uno
d€
,os
pianes
que
apli
que
la
empresa.
13.
RESULTADOS
PEND1E!'in::s
DE
APLf(AClON
130.
Remanente.
131.
Resultado
negativo
del
ejercicio
19
132.
Resultado
negativo
del
ejercicio
19
133.
139.
130.
Remanente.
BenQ¡;cio~
no
repartidos
ni
dplicados
eST,ccificamclltc
a
nin-
guna
otra
cuenta.
figurará
en
el
pasivo
del
mlance
..
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
abonara
con
cargo
a.
la
390
--Perdidas
y
Ganancias.
y
se
c
por
su
aplJCflción
o
disposición.
131/132
Resultado
negativo
del
ejercicio
19
...
Reéiultndo
adverso
del
ejercicio
que
indica
cada
cuenta.
i;JhCJ.l'aran
en
el
pasivo
del
balance
corno
componente
ne-
gativo
de
la
situación
nela.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
cargarán
con
abono
a
la
390
del
ejercicio
en
que
58
producen
105
resultados
adversos,
y
se
abollnran
con
cargo
ti
la
cuenta
o
cuentas
por
medio
de
las
cuales
la
empresa
decida
~'ancelar
su
srúdo.
Para
los
efectos
de
la
aplír::ación
del
articulo
19
del
'L
R.
L
S.
se
diEtínguirán
los
resultados
adversos
en
cuentas
de
cuatro
cífras,
difenncíando
los
fiscalmente
amonizables
de
los
qua
no
reúnan
esta
condición.
14
Sl.'HVENCIONES
'-
N'
CAPITAL,
110,
Subvenciones
oficiales.
141.
Otras
subvenciones.
La1
recibidas
del
Estado
V
L.e
otras
entidades
públicas
o
pnvi"
,:¡,..;
pura
estub!ecimiento
o
estructura
básica
de
la
em-
prt.~,;a.
140.
Subvenciones
oficiales.
Las
recibidas
del
E~tado.
provincia;
municipio
u
otros
or-
gallismos
públicos
Figurará
en
el
pasivo
del
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiehte:
Se
abonará
por
la
subvención
concedida
Ii
la
empresa.
y
se
cargará
en
los
caws
de
disolución
o
por
cualquiera
otra
cirC'.lnst1incia
q'le
determine
la
reducción
total
o
parcial
de
dicha
subvención.
con
arreglo
a
los
términos
de
su
concesión.
141.
Otras
subvenciones.
Las
recibidus
de
empresas
o
de
particulares.
Su
situación
en
el
balance
y
su
movimiento
son
análogos
a
los
señalados
para
la
140<
E~IPRés:rlTOS.
150.
Obligaciones
y
bonos
simples.
151.
Obligaciones
y
bonos
simples
convertibles.
152.
Obligaciones
y
bonos
garantizados.
153.
Obligaciones
y
bonos
garantizados
con-
vertibles.
159.
150/159.
Obligaciones
y
bonos'
".
ObligacionlJ~
y
bonos
en
circulación.
La
crcdcion,
emisión
y
suscripcion
de
lo:>
empréstitos
-se
registrarún
en
ia
forma
que
las
empreEas
tengan
por
con
ve-
niante.
lllie1l1
ras
se
encuentran
los
tHulos
en
periodo
de
sw;·
cnpción
Las
prima;;
de
amortización
de
las
obligaciones
y
de
los
tmnu::.
debenHl
Hgllrar
en
la
cuenta
276
-G'Istos
financieros
diferidos-,
y
la
parte
del
emprestito
que,
en
su
caso,
queClara
.'>in
cubrir.
"e
registrará
en
.la
cuenta
195
-Obligaciones
y
iJonos
pendientes
de
suscripción.
Las
cuentas
150/159
figuraran
en
el
pnsivo
del
balance.
.su
movimiento
(!s
el
siguiente:
Se
abonarán
por
el
valor
de
reembolso.
cuando
se
lleve
a
\'!ecto
la
emisióll,
y
se
cargaran,
igualmente
por
dicho
valor.
a
;a
amortización
de
los
títulos.
La
adquisícion
en
Bolsa
por
la
propia
empresa
de
sus
obli-
cio
bonos,
confonne
a
lo
establecido
en
el
numero
3
del
articulo
12B
de
la
Ley
de
S.
A.,
producini
el
;.;orrespondien-
ce
cargo
por
el
im,l)orte
de
dicha
adquisición
en
la
cuenta
193
-
OiJligunones
y
bonos
recogidos.
Cuando
en
cumplimiento
de
lo
preceptuadc
Bn
el
referi-
rlo
número
:~
la
()mprcsa
amortice
los
títulos
adquiridos,
las
.:u€ntas
1;;;0/159
se
cargaran
por
el
valor
de
reembolso
je
dicJHlS
titulas,
con
abono
a
la
196
Las
diferencias
que
pudi0-
nl'1
prOducirse
entre
el
importe.
de
adquisición
y
los
valor3s
de
reembolsu
S'B
abonan\n
o
se
adeudarán,
según
proceda,
a
la
cuenta
820
~Resultados
extraordinarios
De
existir
prima
de
amortización
de
las
obligaci0nes
y
bonos
a
que
se
refiucn
los
párrafos
precedentes
yCUyo üilpOr'A)
l'igurase
dentro
del
saldo
de
la
cuenta
276
-Gastos
financie-
ros
diferidos-,
dicho
importe
se
cargará
en
la
cuenta
820.
8474 2
abril
1973 R O
del
K-Num.
79
16.
PRÉSTAMOS
FlECIB!DOS yOTROS
DEBnQS
A
EMPHESAS
DEL
GRUPO.
160.
Prestamos
a
plazo
largo.
161.
PréstamoS-
a
plazomeúio.
162.
Préstamos
a
p~azo
corto.
163.
l6f).
Acreedores
a
plazo
l
166.
Acreedores
a
plazo
medio.
167.
Acreedores
a
plazo
corto.
169.
vilizado,
a
plazo
superior
a'"inca
aúas
o
comprendido
entre
%(.(,
y
dieciocho
meses
Su
situación
en
el
balance
y
su
movimiento
son
análogos
alos
señalados
para
la
165/167.
18
FIA¡.,;LAS ,
DEPÓSlTOS
RECJIJJDOS.
180.
Fianzas
a
plazo
largo.
181.
Fianzas
a
plazo
medio.
.
..............
la5.
Depósitos
a
plazo
largo.
186.
Depósitos
a
plazo
medio.
mismo
grupo,
in
de
gim,
cualquiera
160/162.
Pr«,,;tamos
a
plazo
Los
obtenidos
de
otraS
"rt1presas
del
cluidos
los
formalizados·
mediante
efectos
que
sea
su
vencimiento.
Figurará
en
el
pasivo
del
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
al
Se
ahonara
a
la
formalización
del
préstamo,
por
el
im"
port.e
de
éste.
con
cargo
a
cuentas.
del
suhgrupo
57.
bJ
Se
cargará:
b,J
Por
el
reintegro
total
o
parcial
al
vencimiento,
igual.
mente
con
abono
a.
cuentas
del
subgrupo
57.
b2)
Por
la
novación
con
pbono
H
la
propia
cuenta,
o a
otra
del
mismo
S'ubgrupo
16,
si
la
novación
entraüase
modifi-
cación
de
vencimiento.
189.
180/1Hl.
rianzas
a
plazo
Efectivo
n'cibido
como
garantía
del
cumplimiento
de
vna
obligación
él
plazc
superiór
a
cinco
años
o
comprendido
entre
éste
y
diedocho
meses.
Figurarim
er; el
pusivo
del
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
(11
Se
ancnarán
a
la
constitución.
por
el
efed)vo
recibido,
con
cargo
a
las
cuentas
570 Ó571.
bl
Se
cargarán'
b.l
'\!a
cancelación,
con
abono
actHmtas
del
subgrupo
57.
b.)
Por
incumplimiento
de
la
ol)Ji?ación
a.fiallzada
que
de-
termine
pérdidas
en
la
fianza,
con
abono
a
la
820
-Resultado3
Extmordinarios.
SITUACIONES
lHA:--;;;!TüRl:'lS
DE
FINANCIACIÓN.
185'186.
Depósitos
a
plazo
...
EfecUvo
reóbido
en
concepto
de
depósito
irregular.
a
plazo
superior
a
cinco
años
o
con'lprendido
entre
éste
y
dieciocho
meses.
Figuranll1
PD
el
pasivo
del
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
So
cargarán
a
ia'
<.onstituci>
y
se
abonarán
a
la
cancch~
ción,
con
abono
y
cargo
a
cuentas
del
subgrupo
57.
165/167.
Acreedores
a
plazo
Deudas
de
la
empresa
con
otras
del
mismo
grupo
por
obras
y
suministros
de
maquinaria
y
equipo
para
el
Inmovi
lizado,
cualquiera
que
sea
su
vencímietHo
Figurarán
en
el
pasivo
del
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiente;
Se
abonarán
por
las
obras
y
suministros
recibidos
...
a
con
formidad..
y
se
cargaran
a
medida
que
se
efectúe
su
pago.
NOTA.-Dadas
las
caraeterist.icas
que
definen
el
grupo,
Se
incluyen
como
Financiación
Básica
los
préstamos
y
deudas
por
obras
y
suministros
para
el
Inmovilizado
a
plazo
corto
No
obstante,
las
empresas
podrán
contabJllzar
unos
yotra',;
en
el
grupo
5
-CUENTAS
FINANCJFRAS~
cuando,
por
la-
cirClln~tanclas
concurrentes,
resulte
más
expresivo
para
lO'
fines
de
la
información
11.
PHénAMOS
REcrElDOS
yOTROS
DElllTOS
A
{i!,lPHESA,
FUERA
DEI,
RUFO.
170.
Préstamos
a
plazo
largo.
171.
Préstamos
a
plazo
medio.
172.
190.
Hll
192.
HU.
19.5.
H!6.
]98.
Accionistas,
capital
sin
dl2'sombolsar.
Accionistas,
p!'ima
de
emisión
sin
des-
E'mboIsar.
~odos,
parte
no
desembolsada.
Acciones
propias
en
situaciones
espe-
ciales.
Obligacíones
y
bonos
pendientes
de
sus·
cripción.
Obl
igaciones
y
bonos
recogidos.
175.
176.
179.
Acreedores
a
plazo
largo.
Acreedores
a
plazo
medio.
Financi<:>.,"jón
pendiente
de
realizUl'
~
en
diferentes
situacio-
11\''';
~\Jspen,",)V;-)s
por
callsas
diversas.
rodas
las
cuentas
del
subgrupc
19
fig~rarán
en
el
activo
del
balance.
170/171.
Préstamos
a
plazo
...
Los
obtenidos
de
empresas
ajenas
al
grupo,
incluidos
los
formalízados
mediante
efectos
de-
gil"O,
..:;il;711do
su
pl<1.10
su
perior
a
cinco
años
o
comprendido
entre
éste y
dieciocho
meses.
Figurarán
en
el
pasivo
del
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
a}
Se
abonarán
a
la
O1'malizadón
del
prcstamo,
por
su
importe,
con
cargo
a
cuentas
del'subgrupo
57.
bJ
Se
cargarán:
b,}
Por
el
reintegro
total
o
parcial
al
vencimiento,
igual
mente
con
abono
a
cuentas
del
subgrupo
57
b1J
Por
la
novación,
con
abono
a
la
prlpla
cuenta.
a
otra
del
subgrupo
17
o a
la
500, si
la
novación
entrailase
modifica
ción
del
vencimiento,
175/176.
Acreedores
a
plazo
...
Deudas
de
la
empresa
con
otras
ajenas
a
su
grupo,por
obras
y
slJministros
de
maquinaria
y
equipos
para
el
lnmo.
190.
Accionistas,
capital
sin
desembolsar.
Capital
social
suscrito
y
pendiente
de
desembolso.
Su
movimiento
es
el
siguIente:
Se
cargara
por
el
valor
nominal
de
las
acciones
suscritas,
y
se
abonará
a
medida
que
se
vayan
exigiendo
y
realizando
]05
dividendos
pasivos.
191.
Accionistas,
-
prima
de
emisión
sin
desembolsar.
Deuda
de
los
accionistas
por
dicho
concepto.
Su
movimiento
es
análogo
al
indicado
para
la
cuenta
190.
192.
Socios,
parte
no
desembolsada.
Tratándose
de
sociedades
regulares
colectivas
o
comandita-
rias
simples
figurarán,
en
su
caso;
en
esta
cuenta,
las
apor"
taciones
pelldientes
de
desembolso.
Igualmente
se
incluirán
en
fa
misma
las-
aportaciones
pendientes
de
desembclso
de
los
sodos
colectivos
de
las
sociedades
comanditarias
por
acciones.
Su
movimiento
es
análogo
al
indicado
para
la
cuenta
190.
B.
O.
del
K-Núm.
79 2
abril
1973
6475
193.
Acciones
propias
en
situaciones
especiales.
Se
destina
a
registrar
las
situaciones
transitorias
y
cspe
ciales
previstas
en
los
artículos
32, 47, al), 135 y144
de
la
Ley
de
Suciedades
Anónimas
y
en
la
Ley
83/1968,
de
5
de
diciembre
Su
movimiento
es
el
siguiente;
Se
cargará,
por
el
importe
de
las
acciones,
al
producirse
las
situaciones
reseñadas
en
los
artículos
antes
citarJl's, y
se
abo-
nará
a
su
nueva
suscripción,
en
la
E'uajcnadón,
o
por
la
re-
ducción
de
capital
si
procediera.
195.
Obligaciones
y
bonos
pendientes
de
suscripción.
Obligaciones
y
bonos
pendientes
de
suscripción,
contabili-
zados
por
su
valor
de
reembolso.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
cargará
por
el
importe
de
reembolso
de
los
titulos
pen·
dientes
de
suscripción,
de
acuerdo
con
las
.(1..l1i;¡
:l!'~
Cie
la
emisión,
y
se
abonará
con
motivo
de
la
suscripción
de
los
mismos.
196.
ObHgacioses
y
bonos
recogidos.
O;J:;:~:'_:_i',De:-,
y
bonos
propios
adquiridos
por
la
empresa
pen.:
'jU
llL':·:iD:~'Ción.
El
movimiento
de
esta
cuenta
queda
indicado
en
ldS
150/159
GRUPO
a
INI\-fOVILIZADO
E!omentos
patrimoniales
que
constituyen
las
inv{'Tsiones per"
m~l:l:';
,es
de
la
empresa
y
gastos
realizados
con
imputación
diie.ida.
203.
Maquinaria,
instalaciones
y
utmajo.
Maquinaria,
Copiunto
de
maquir.'ls
mediante
las
cuales
se
!'l'·J.jiLd
ta
¿"tHiCci-é,n,
transformación
o
elaboración
de
los
pro-
uuetos.
insiaJaciollC's:
Conjunto
de
elementos
y
trabajos
necesarios
para
hReer
c¡u:e
ciertos
bienes
sean
aptos
para
el
uso
al
que
se
les
dcs~illa.
UtiilEtje:
Instrument.os
cuya
utilización,
juntamente
con
la
muq
uinaria,
k¿;
bpecializa
para
un
empleo
determinado.
En
esta
cuenta
figurarán
tudos
aquellos
elementos
de
trans-
porte
interno
que
se
destinen
al
traslado
de
personal,
anima·
les,
matf'nales
y
mercaderías
dentro
de
factorías.
talleres.
et~
cétera,
sil,
E&lir
al
exterior.
204.
Elementos
de
transporte.
Vebiculos
detadas
clases
utilizables
para
el
transporte
te--
rrestre,
rna:itimo
o
aéreo
de
pfrsonas,animales,
materiales
o
mcrc:del"ÚJs.
excepto
los
que
se
deban
registrar
en
la.
203.
205.
Mobiliario
y€'oseres.
MobiHario.
material
y
equipos
de
oficina,
con
excepción
de
los
que
cieban
figurar
en
la
cuenta
206-,
206.
Equip:n;
para
procesos
de
información.
Ordenadores
y
demás
conjuntos
electrónicos.
207,
Repuestos
para
inmovilizado.
Piezas
con
destino
a
ser
acopladas
en
instalaciones,
equipos
omÚQuin
en
sustitución
de
otras
semejantes.
Sólo
S!i}
inclui-
rún
en
esta
cuenta
los
repuestos
para
inmovilizado
que
tengan
un
ciclo
de
almacenamiento
superior
a
un
año.
208.
Otro
inmovilizado
material.
200.
Terrenos
y
bienes
naturales.
201.
2G2. Edificios y
otras
construcciOi1eS.
2m.
Maquinaria,
instalaciones
y
utillaje.
20-1.
Elementos
de
transporte.
205.
Mobiliario
y
enseres.
20fi.
Equipos
para
procesos
de
información.
207.
Repuestos
para
inmovilizado.
203.
Otro
illl110vilizado
material.
209.
Instalaciones
complejas
especializadas.
Elementos
patrimoniales
tangibles,
muebles
o
inmuebles.
CL:-,n~h
la
empresa
tenga
inmovilizaciones
materiales
ajenas
a
la
c>()!olación, POdl'á,
si
lo
desea,
contabilizarlas
de
manen!.
in<:cpcndionte>
en
el
subgrupo
22-
que
ha.bilitará
al
efecto,
con
la
denominaci&n
de
Inmovilizado
material
ajeno
a
la
ex·
plO1:2.ción,
Las
cuentas
200/209
figurarán
en
el
activo
del
balance.
Cualesquient-
otras
inmovilizaciones
materiales
no
incluidas
en
las
demás
cuentas
del
subgrup.o
20.
209,
Instalaciones
complejas
especializadas.
Unidades
complejas
de
uso
especializado,
que
comprende:'
edificaciones,
maquinaria,
material,
pieze.s o
elementos
que,
aun
siendo
separables
por
naturaleza,
están
íntimamente
liga-
dos
para
su
funciümmliento
con
carácter
irreversible
y
some-
tidas
al
mismo
ritmo
de
amortización;
Se
incluir¿m,
asimbmo.
los
I'epuestos
o
rccambiós
cuya
validez
es
exclusiva
para
este
tipo
de
instalaciones.
20. INMOVILIZADO MATERIAL.
21.
IS).lOVIL1ZAPO
INMATERIAL.
210.
Concesiones
administrativas.
211.
Propiedad
industrial.
212.
Fondo
de
comercio.
213.
Derechos
de
traspaso.
219.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
cargal'án
por
los
desembolsos
que
su
adquisición
o
am~
pl¡,~eión
haga
necesarios,
y
se
abonarán
por
las
enajepaciones
y.
en
goneral,
por
la
baja
en
Inventario
determinada
por
cual-
quier
caut;u.
200.
Terrenos
y
bienes
naturales.
Solares
de
naturaleza
urbana,
fincas
rústicas,
otros
terrenos
no
urbanos,
minas
y
canteras.
Cuando
existan
bienes
afectos
a
la
Previsión
para
Inversio+
nDS,
a
las
Inversiones
Anticipadas
de
la
misma
y a
las
lnver·
aiones
de
la
Reserva
de
Exportación
(articulas
39,
44
Y
SO.
res-
pectivamente,
del
T. R.
1.
SJ;
o
acogidos
a
los
beneficios
que
se
determinan
en
los
Decretos-leyes
19/1961
y18/1971,
las
cuen~
tas
2005/2009
se
abrirán
necesariamente.
Esta
re~la
se
apJicarr~
también
en
cualesquiera
otras
inmovilizaciones
autorizadas
por
la
Ley,
contabilizándolas
en
cuentas
de
cuatro
cifras
con
la
adecuada
correlación
decimal.
:!02.
Edificios
y
otras
construcciones,
Construcciones
en
general
cualquiera
que
sea
su
destino.
La
cons.rucción
sobre
sol'ar
propio
de
la
empresa
determina·
rá
el
traspaso
a
la
cuenta
202
-Edificios,
det
saldo
por
qu~
figura
dicho
solar
en
la
200
-Terrenos
y
bienes
naturales.
Elementos
patrimoniales
intangibles
constituidos
por
dere-
chos
susceptibles
de
valoración
económica.
Las
cuentas
dE'!
subgrupo21
figurarán
en
el
activo
del
ba~
lance.
210.
Concesiones
administrativas.
Gastos
efectuados
rara
la
obtenc'ión
de
derechos
de
investi-
gación
o
de
explotación
otorgados
por
el
Estado
u
otras
Enti-
dadesPúblicas,
o
Bl
precio
de
adquisición
de
aquellas
concesio-
nes
susceptibles
de
transmisión.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
cargará
por
los -
gastos
originados
para
obtener
la
conce-
sión,
o
por
el
precio
de
adquisición;
y
se
abonará
generalmeme
al
término,
de
la
misma
o,
en
su
caso,
por
la
enajenación.
211.
Propiedad
industrial.
Importe
satisfecho
por
la
propiedad,
o
por
el
derecho
al
uso,
o a
la
concesión
del
uso
de
las
distintas
manifestaciones
de
la
propiedad
industrial,
en
los
casos
en
que,
por
las
estipulacio-
nes
del
contrato.
deban
inventariarse
por
la
empresa
adquirente.
Esta
cuenta
comprenderá
también
los
gastos
realizados
en
invesUgación
cuando
los
resultados
fuesen
positivos.
Dentro
de
los
gastos
de
investigación
se
incluiran
los
efectuados
direc-
tamente
por
la
eropre~
y
los
que
resulten
de
contratos
con
6476 2abril 1973 B.
O.
del
E.-NÚm.
79
otras.
con
Universidades
o
con
Instituciones
en
general
dedi-
cadas
a
la
investigación
científica
o
tecnológica.
Su
movimiento
es
el
siguiente~
al
Se
cargará:
aj)
A
la
adquisición
de
oUas
empresas,
por
su
importe,
con
abono
a
cuentas
de
los
subgrupos
16,
17,
50
Ó57.
a2)
Por
ser
positivos
los
resultados
de
jnvestjgac¡ón,estu~
dios
o
proyectos
directos
o
encargados
a
terceros,
con
abono
a
la
cuenta·
239
-'Investigaciones,
estudios
y
proyectos
en
curso.
El
importe
de
este
asiento
será
el
de
los
gastos
qUecorrespon~
dan
a
los
resultados
obtenidos.
bJ
Se
abonará:
bt)A
la
enajenación,
con
cargo
a
cuentas
de
los
subgru-
pos
50 Ó57,
por
su
importe.
b2)
Por
pérdida
total
o
parcial
de
valor,
si
la
empresa
de-
cidiera
periodificar
en
varios
ejercicios
su
amortización,
<:00>
cargo
a
la
217.
b3)
Igualmente,
por
pérdida
total
o
parcial
de
valor.
si
la
amortización
se
verificara
en
un
solo
ejercicio,
con
cargo
a
la
820
-Resultados
extraordinarios;
212.
Fondo
de
comercio.
Conjunto
de
bienes
inmaterHtles,
tales
como
la
clientela,
nombre
o
razón
social
y
otros
de
naturaleza
análoga
que
im-
pliquen valor
para
la
empresa"
En
principio,
esta
cuenta
sólo
se
abrirá
en
el
casa
de
que
el
fondo
de
comercio
se
manüieste
atra,vés
de
una
transac-
ción.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
cargará
por
el
importe
que
resulte
según
la
transacción
de
que
se
trate.
y
se
abonará
en
los casOs
de
enaienaciól1
del
Fondo.
También
se
abonará
por
ladepreciadó'n
total o
parcial
del
Fondo,
con
cargo
a
la
cuénta820
-":Resultados
extraordi-
narios.
213.
Derechos
de
traspaso.
Importe
satisfecho
por
los
derechos
de
arrendamiento
de
lo-
cales.
El
movimiento
de
esta
cuenta
es
análogo
al
de
la
212.
sidades
o
con
instituciones
en
general
dedicadas
a
la
investig"l'
ción
científica
o
tecnológica.
Figurara
en
el
activo
del
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
aJ
Se
cargará,
con
abono
a:
a)
Cuentas
del
Grupo
5--,
o,a
las
165/167,
Oa
las
175/176,
CUando se
trate
de
investigaciones.
estudios
o
proy~ctos
encar-
gados
por
la
empresa
a
terceros.
a!)
La
7til
-Para
inmovilizado
inmaterial.
cuando
sean
efec-
tuados
por
la
propia
empresa
al
objeto
de
ser
incorporados
a
su
inmovilizado.
bJ
Se
abonará
con
cargo
a:
b¡)
Cuentas
de
los
subgrupos
20-
ó
23-,
por
el
valor
de
la3
invesligaciones.
estudios
o
proyectos
qUe
se
incorporen
dI
costo
de
bienes
del
inmovilizado
material.
b?)
La
211-,
cuando
los
resultados
fUeran
positivos.
por
el
importe
de
los
gastos
que
correspondan
a
la
consecución
de
la
propiedad
industriaL·
b:jJ
La
277-,
cuando
siendo
los
resultados
negativos.
la
em-
presa
decidiera
periodificar
en
varios
ejercicios
la
amortíz.ació~l
de
los
gastos
realizados.
1)1)
La
800--,
si
siendo
negativos
los
resultados,
se
decida
amortizar
los
gastos
efectuados
en
un
solo
ejercicio.
NOTA.-Con
independencia
deliucgo
que
se
acaba
de
exponer,
los
gastos
en
investigaciones,
estudios
y
proyoctos
que
se'tn
afrontados
directamente
por
la
propia
-empresa
se
cargaran
a
las
cuentas
que
correspondan
del
Grupo
6-.
24
INVERSIONES
FIN-",NCIRRAS
EN
EMPRESAS
DEL
GRUPO.
240.
Acciones
con
cotización
oficial.
241.
Ac:ciones
sin
cotización
oficial.
242.
Otras
participaciones.
243.
Obligadonesy
bonos.
244.
Préstamos
a
plazo
largo.
245.
Préstamos
a
plazo
medio.
246.
Préstamos
a
plazo
corto.
249.
Desembolsos
pendientes
sobre'
acciones
y
participaciones.
23.
INMOVILIZACIONES
EN
CURSO.
230.
Adaptación
de
terrenos
y
de
bienes
nutu-
rales.
236.
Equipos
pata
procesos
de
información
en
montaje.
239.
Investigaciones,
estudios
y
proyectos
en
curso.
Saldo
representativo
de
los
gastos
realizados
en
investiga-
ciones.
estudios
y
proyectos.
Se
comprenderán
los
gastos
efectuados
directamente.por
la
empresa
y
los
que
resulten
de
contratos
con'
otras,
con
Untver-
Invf)l'siancs
en
titulas
o
participaciones
de
empresas
d-d
grupo.
Figurarán
en
el
activo
del
-balance.
Su
movimiento
es
el'
siguiente:
a)
Se
c~xgarán
a
la
suscripción
oa
la
compra,
por
el
valor
de
emisión
o
de
cotización.
En
este
segundo
caso,
el
valor
da
cotización
se
incrementará
con
la
parte
que
pudiera
exiHir
sin
desembolsar.
Los
anteriores
cargos
se
abonaran
a
cuentas
del
subgrupo
57-,
por
las
entregas
en
efectivo;
la
parte
que
exis-
tiera'
pendiente
de
desembolsase
abonará
a
la
cuenta
249
-De::¡~
embo160S
pendientes
sobre'
acciones
y
participaciones.
b)
Se
abonarán
por
el
importe
de
la
enajenación.
con
cargo
a
cuentas
del
subgrupo
57-<
De
hab~r
desembolsos
pendientes
'sobre
las
acciones
que
se
vendan.
la
cuenta
249--
se
cargará
por
el
saldo
correspondiente,
Con
abono
a
las
240/242.
243.
Obligaciones
y
bonos.
Obligaciones
y
bonos
suscritos
o
adquiridos
por
la
empresa
y
emitidos
por
otras
del
grupo.
Figurará
en
el
activo
dél
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
cargará
a
la'
suscripción
o
compra
de
los
títulos
por
el
desembolso
realizado,
,y
se
abonará
a
su
enajenación
o
amorti-
zación.
por
el
importe
óbtenido;
<:on>
abono
y
cargo
a
cuentas
del
subgrupo
57.
Si
excepcionalmente
se
adquierieran
o
suscribiesen
obligacio-
nes
o
bonos
emitidos
por
Einpresas
del
grupo
con
desembolso
aplazado
en
parte,
se
podrá
abrir
la
cuenta
248
-DestlmboIsos
pendientes
sobre
obligaciones
y
bonos.
con
situación
en
el
ba-
lance
y
movimiento
análogos
a
los
que
se
señalan
para
la
249.
NOTA.-No
obstante
el
movimiento
descrito
para
las
cuen-
tas
240/242
y
243--,
la
empresa
podrá
optar
por
conta.bilizar
en
cada
enajenación
el
resultado
de
larriisma.
En
tal
supuesto,
038
abonarán
dichas
cuentas
por
el
importé
de
adquisición
de
los
titulas
y
la
diferencia
resultante
'se
contabilizará
en
cuentas
del
subgrupo
83-.
Edificios
y
otras
construcciones
en
curso.
Maquinaria
e
instaladones
en
montaje.
Instalaciones
complejas,
especializadas,
en
montaje.
LnvestigacH:mes.
estudios
y
proyectos
en
curso.
23L
232.
233.
238.
230/238.
Inmovilizaciones
en
adaptación,
construcCión
o
montaje,
al
cierre
del
ejercicio.
Figurarán
en
el
activo
del
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
Se
cargarán
por
la
recepción
de
obras
y
trabaios
que
co·
rresponden
a
los
en
curso;
tse
abonarán.
con
cargo
a
las
cuentas
del
subgrupo
20,
una
vez
términada~
dichas,
obras
y
trabajos.
Los
gastos
realizados
durante
el
año
con
motivo
de
las,obras
y
trabajos
que
la
empresa
'lleve
a
cabo
para"
sí
misma
se
car-
garán
en
las
cuentas
que
correspondan
del
Grupo,
6_
A
fin
de
ei.ercido.
las
cuentas
230/238
se
adeudarán
por
el
importe
de
dIChos
-gastos,
con
abono
a
la
763
-Para
inmovilizaciones
en
curso.
B.
O.
del
K-Núm.
79
2
aunl
1973
6477
2.'52.
Acciones
de
Sociedades
de
Empresas
(Ley
196/1963L
249.
Desembolsos
pendientes
sobre
acciones
y
participaciones.
El
contenido
y
movimiento
de
esta
cuenta
se
regula
por
la
norma
legal
citada,
Figumrá
en
el
activo
del
balance
Depósitos
a
plazo
largo.
Depósitos
a
plazo
medio.
265.
266.
270.
Gastos
de
constitución.
259.
Desembolsos
pendientes
sobre
acciones.
Desembolsos
pendientes
sobre
acciones
de
Empresas
fuera
del
grupo
adquiridas
con
idea
de
permanencia.
Figurara
en
el
activo
del
balance,
minorando
el
saldo
de
las
cuentas
250/251.
Su
movimiento
es
análogo
al
indicado
para
la
249,
sin
más
que
sustituir
en
los
conceptos
de
cargo
y
abono
las
cuentas
240/242
por
las
250/251,
Gastos
diferidos
o
de
distribución
pluriallllal,
por
tener
pro-
\-,.'ccion
económica
futura.
2i'O.
Gaslos
de
constitución,
271.
Gastos
de
primer
establecimiento.
272.
Gastos
de
ampliación
de
capital.
273.
Gastos
de
puesta
en
marcha.
271
Gastos
de
adquisición
de
inmovilizado.
275.
Gastos
de
emisión
de
obligaciones
y
bonos
y
de
formalización
de
préstamos.
270
Gastos
financieros
diferidos.
277.
Investigaciones,
estudios
y
proyectos
a
amortizar.
273.
Otros
gastos
amortizables.
279.
21.
(;ASTOS
....
MORT1ZABLES.
260.
Fianzas
a
plazo
largo.
261.
Fianl:as
a
plazo
medio.
265/266,
Depósitos
a
plazo
...
Efectivo
entregado
en
concepto
de
depósito
irregular,
a
plazo
c:uperior
a
cinco
años
o
comprendido
entre
éste
y
dieciocho
mese!.
Figurarán
en
el
activo
cel
balance.
Su
movimiento
es
el
siguiente;
Se
cargaran
a
la
constitución
y
se
abonarán
a
la
cancela~
ción,
con
abono
y
cargo
a
cuentas
do!
subgrupo
57.
b.J
Por
la
novación,
con
t.!l.rgo a
la
propia
cuenta,
a
otra
dél
subgrupo
25 o a
la
534,
si
la
novación
entranase
modifica·
ción
del
vencimiento.
260'261.
Fianzas
a
plazo
...
Electivo
entregado
como
garantia
del
cumplimiento
de
una.
obligaCión,
a
plazo
superior
a
cinco
años
O
comprendido
entre
éste
y
dieCÍocho
meses.
Figurarán
en
el
activo
del
balance_
Su
movimiento
es
el
siguiente:
al
Se
cargarán
a
la
constitución,
por
el
efectivo
entregado.
con
abono
a
las
cuentas
570 Ó571.
bJ
Se
abonarán:
b)
A
la
cancelación,
con
cargo
a
cuentas
del
subgrupo
57.
b¿}
Por
incumplimiento
de
la
obligación
afianzada
que
determine
pérdidas
en
la
hanza.
con
cargo
a
la
1320
~Resulta
dos
e:\traordínario5.
28.
FíAN7AS
yDEPÓSITOS CO.>";SITfU1DOS.
el
1m-
Desembolsos
pendientes
sobre
acciones.
Prestamo'>
a
plazo
largo.
Prestamos
a
plazo
medio.
Acciones
con
cotización
ofidal.
Acciones
sin
cotización
onda!.
Acciones
de
Sociedade
de
EmpresHs
ILe~
número
196/19631.
259,
250.
251.
252.
254.
255.
movimiento
es
el
siguiente;
Se
cargarán
a
la
formalización
del
préstamo.
por
do
éste,
con
abono
a
cuentas
del
subgrupo
57.
Se
abonarán~
Su
al
porte
bJ
Desembolsos
pendientos
!;obrc
accioneS
o
p<.irticipac>
de
empresas
del
grupo,
.
Figurará
en
-el
activo
del
balance,
minorando
el
satdo
de
la;o;
cuentas
240/242.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
[ll
Se
abonará
a
la
adquisición
o
suscripción
de
las
accio-
nes,
por
el
importe
pendiente
de
desembolsar.
con
cargo
a
las
CUE'nta~
240/242.
b)
Se
cargará
por
los
despmbolsos
que
se
vayan
efectmm-
do,
Lon
abono
a
cuentas
del
subgrupo
57, o a
las
240/242,
por
los
saldos
pendientes,
cuando
se
enajenen
acciones
no
des'?mbol-
sadas
totalmente.
b\)
Por
el
reintegro
total
o
pardal
al
vencimiento.
igual-
mente
con
cargo
a
cuentas
del
subgrupo
57.
b.J
Por
la
novación,
con
cargo
a
la
propia
cuentil,
o a
otra
del
mismo
subgrupo
24,
si
la
novación
entrañase
modificaciór!
del
vencimiento.
2:j(J/2S1.
Acciones
¡¡¡versiones
en
accione.s
de
elllpl'esas
fuera
del
grupo,
e,iempro
qU0
la
tenedora
las
adquiera
con
idea
de
p8rnlancncia.
Figurar'"dn
en
el
activo
del
balance,
Su
movimiento
es
análogo
al
indicado
para
las
24ü/242,
sln
mús
que
sustituir
en
el
concept()
de
cargo
la
cuenta
249
por
In
¿:;q, y
en
el
de
abono
las
24~
y240/242
por
las
259
y
250/2S(
res-
pectivamente.
NOTA.-No
obstante
el
movimiento
de:-;crito piolra
las
CU~!n
tHs
250/251 y2.'52--,
la
empresa
podrá
optar
por
contabilizar
en
cada
ena;enación
el
resultado
de
la
misma.
En
tal
supuesto,
S('
abonarán
dichas
cuentas
por
el
import,~
de
adq
ui.sidón
de
los
titulas
y
la
difereltGia
resullanl.e
se
contabilizará
en
cuenta,.,
del
subgrupo
83-.
N-Ji 246,
Préstamos
a
plazo
_.•
Los
concedidos
a
otras
empresas
del
grupo,
incluidos
los
fOl'maJizados
mediante
efectos
de
giro,
cualquiera
que
sea
su
vencimiento.
Figurarán
en
el
activo
del
balance.
254/255.
Préstamos
a
plazo
...
Comprende
ciertos.
préstamos
de
naturaleza
especial.
conw
los
concedidos
al
personal
para
viviendas
o
similares,
sÍl:ndo
BU
plazo
superior
a
cinco
aí10s o
comprendido
entre
éste
y
los
die-
ciocho
mes~s.
Figurarán
en
el
activo
del
batanee.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
a)
Se
cargarán
a
la
formalización
dd
préstamo,
por
su
in1-
porte,
con
abono
a
cuentas
del
subgrnpo
57.
bJ
Se
abonarán:
Los
necesarios
para
llevar
aefecto
la
operación
reseiíada
en
la
denominación
de
la
cuenta.
Se
citan,
a
modo
de
eíemp:o,
honor-arios
de
Letrados,
No~
ta
riag
y
Registradores;
impresión
de
Memorias.
boletines
y
titulos;
tributos
del
Estado.
Provincia
y
Municipio;
publici-
dad.
comisiones
y
otros
gastos
de
colocación
de
.
títulos.
Figurará
en
el
activo
del
talance.
Se
cargará
por
el
importe
de
los
gastos
realizados
y
se
abonará
por
la
amortización
anual
de
los
mismos
con
cargo
a
la
cuenta
687.
271.
Gastos
de
p-rimer
establecimiento.
b,1
mente
Por
el
reintegro
total
o
parcial
al
vencimientu,
con
cargo
a
cuentas
del
subgrupo
57.
igual-
Castos
necesarios
dad
productora.
hasta
que
la
empresa
inida
su
activi·
6478 2
abril
1973 B.
O.
del
K-Núm.
79
Se
citan,
a
modo
de
ejemplo,
honorarios,
gastos
de
viaje
y
otros
para
estudios
previos
denatUtaleza
técnica
y
económi-
ca;
publicidad
de
lanzamiento,
captAción
adiestramieIito
y
distribución
del
personal
Lasta
la
puesta
en
marcha,
etc.
Su
situación
en
el
balance
}"
sú
movimíento
son
análogDs
ti.
los
de
la
270.
272.
Gastos
de
ampliación
de
capital.
Gastos
inherenteS
a
esta
operación;
normalmente
guarda-
rán
gran
analogía
con
los
citados'
en1tl'
clienta
270.
Su
situación
en
el
balance
y
su
movimiento
son
similares
alos
señalados
para
dicha
cuenta.
273.
Gastos
de
puesta
en
marcha.
Son
los
originados
por
las
primeras
pruebas
de
los
equi-
pos
hasta
su
normal
entrada
en
producción
Se
ha
de
procurar
que
el
periodo
de
puesta'
en
marcha
sea
lo
más
corto
posible.
Su
situación
en
el
ba1ancey
su·
movimiento
son
análogos
a
los
de
la. 270.
274,
Gastos
de
adquisición
de
inmovmzado.
Gasto3
de
la
operacióIl,
excluidos
los
que,
según
las
regl:1.s
de
valoración,
deban
cargarse
en
cuentas
de
los
subgrupos
20-
a
25-,
ambos
inclusive.
Su
situación
en
el
balance
y
su
movimIento
son
análogos
a
]05
de
la
270.
275.
Gastos
de
emisión
de
obligaciones
y
bonos.
y
de
formaliza-
ción
de
préstamos.
Gastos
de.
e¡¡critura
púbiica,
Impuesto
de··
Transmisiones
Pa,
trimoniales
y
Actos
Juridicos
Documentados,
cOnfección
de
títulos
y
otros
similares.
Su
situación
en
el··
balance
y
su
movimiento
son
análogos
a
los
de
la
270.
276.
Gastos
financieros
diferidos.
Comprenderá
principalmente
las
primas
de
reembolso
de
obligaciones,
bonos
y
préstamos.
Figurará
,en
el
acJivo
del
balance.
Se
cargará
por
las
primas
y,
·en
su
caso.
por
otros
gastos
financieros,
y
se
abonará
con
cargo
a
la
cuenta
887.
277.
Investigaciones,
estudios
y
proyectos
an:mortizar.
Inversiones
en
trabajos
de
investigación,
estudios
y
pro
yectos
sin
resultado
positivo.
Figurará
en
el
activo
del
"aJance.
Se
cargará
cOn
abono
a
la
239
--Investigaciones,
estudios
y
proyectos
en
curso,
y
se
abonará
con
car'go"a,la
cuenta~6B7,
278.
Otros
gastos
amortizables.
Los
de
esta
naturaleza
que
:po
tengan
e.siento específir:ú
en
cualquiera
otra
de
las
cuentas
del
subgrupo
27-.
En
par-
ticular
se
contabilizr.rán
las
diferenCias
negatiVas
que
puedun
producirse
por
alteraciones
en
las
paridades
monetarias,
cuan-
do
una
norma
legal
obligue
o
permita
esta.
forma
de
registro.
Figurará
en
el
activo
del
balance.
Se
cargará
por
los
gastos
o
quebrantos,
y
se
abonara,
según
corresponda,
a
la
687-,
o a
la
890-,
por
los
que
sean
amorti-
zados
en
el
ejercicio.
28,
AMORnZACIÓN'
DEL INMOVILIZADO.
280.
Amortizadón
acumulada
del
·inmovHizado
material,
281.
Amortización
acuffiuladadel
inmoviliza.do
inmaterial.
289.
ExpreS"i6n
contable
de.
la
distribución
en
el
tiempo
de
las
inversiones
en
inmovilizado
por
su
utilización
en
el
proceso
productivo.
280.
Amort~ación
acumulada
del
inmovilizado
materiaL
Suma
de
dotaciones
anuales
por
amortización
del
inmovi·
Ib·ado
material_
Figurará
en
el
activo
del
Lalance,
minorando
la
inversión
a
que
corresponde.
Se
abonara
por
la
dotación
anual
con
cargo
a
la
cuenta
680---
-Amortización
del
inn:lOvilizadOmateria1.
y.
se
cargará
con
ffifltiVO
de
la
baja
en
inventario
de
los
bienes
a
que
corresponda.
La
diferencia
entre·
la
amortización
acelerada,
acogida
ono
a
plan
aprobado
por
la
Administración,
y
la
que
correspon-
dAría
según
la
depreciación
efectiva
de
los
bienes
o
elemen-
tos
del
activo,
se
registrará
en
la
cuenta
123,
figurando
ex~
c1usivamente
en
la
280
la
referida
depreciación.
efectiva.
NOTA.-Cuando
la
empresa
tenga
inmovilizaciones
mate-
riales
afectas
a
la
Previsión
para
Inversiones
o a
las
Inver-
siones
Antidpad
de
la
misma,
y
para
dar
cumplimiento
alo
establecido
ce
los
apartados
9y15
de
la.
Orden
del
Ministerio
de
Hacienda
de
17
de
diCiembre
de
1964,
abrirá
las
siguient'-"s
cuentas.
282
Amortización
acumulada
del
inmovilizado
material
afec-
to a
la
Previsión
para
Inversiones.
283
AmortiZación
de
Inversiones
Anticipadas
de
la
Previsión
par
Inversiones.
Estas
cuentas
se
desarrollarán
en
las
de
cuatro
cifras
Que
sean
necesarias
pata
reflejar
las
amortizaciones
acumuladas
correspondien
tes
a
los
bienes
concretos
de
que
se
trate.
281.
Amortización
acumulada
del
inmovilizado
inmaterial.
Suma
de
dotaciones
anuales
por
amortización
del
inmovili-
zado
inmaterial.
Figurará
en
el
activo
del
balance,
minorando
la
inversión
a
que
corresponde.
Se
abonará
por
la
dotación
anual
con
cargo
a
la
cuenta
681
-Amortización
deinmoviUzado
inma~erial,
y
se
cargará
con
motivo
de
la
baja
en
Inventariodelo:S
bienes
a
que
corres-
penda.
29. PROVISIONES
(INMOVILIZADO).
290. Fondo
extraordinario
de
reparaciones
(art.
17,
9,
del
T. R.
I.
S.l.
291.
Otras
provisiones
para
obras
y
reparacio-
nes
extraordinarias;
292.
Provisión
por
depreciación
de
terrenos.
293. Pro\Tisión
por
depreciación
de
inversiones
financieras
permanentes.
294,
295.
Provisión
pal'8
insolvencias
(art.
17,
6,
del
T. R.
l.
S.l.
296.
Provisión
para
otras
insolvencias.
299.
Exnrcsión
contahle
de
pérdídas
ciertas
no
realizadas,
o
de
C~)é.'l·tum
de
gastos·
futurús
por
reparaciones
necesarias.
290.
Fondo
extraordinario
de
reparaciones
lart.
17,
~,
del
T. R.
1.
S.l.
Suma
de
dotaciones
anuales
para
atender
las
revisiones
ge-
nerales
a
que
obligatoriamente
están
sometidos
los
buques
y
aeronaves
en
empresas
dedicadas
a
la
pesca
marítima
ya
la
navegación
aérea
y
maritima.
I
Figurará
en
el
pasivo
del
balance
Su
movimiento
es
el.
siguiente:
a)
Se
abonará.
por
la
dotación
anual,
con
cargo
a
la
cuen·
ta
690.
b)
Se
cargará:
b¡}
Si
la
reparación
se
realiza
en
el
curso
de
un
solo
ejer·
cicio,
por
el
importe
de
la
dotación
que
en
su
dia
se
efectuó
pura
cubrir
lu
reparación,
Con
abono
a
la
790.
bfJ
Si
In
reparación.
durase
varios
ejercicios
se
podrá
optar:
b/
J
RealJzar
el
cargo
y
abono
indicados
en
b¡1
por
el
coste
real
de
la
parte
de
reparación
efectuada
en
el
ejercicio.
b/')
Realizar
igualmente
dichos
cargo
y
abono
por
la
parte
de
provisión
que
se
corresponda
con
la
fracción
de
obra
€jecu-
tuda.
Este
sistema
se
aplicará
cuándo
la
diferencia
entre
el
im-
porte
de
la
provisión
yel
costo
real
de
la
reparación
fuera
de
gran
cuantía.
Paralelamente
alos
cargos
que
se
indican
en
bJ, se
proce-
derá
a
registrar
los
gastos
reales
de
la
reparación,
cargando
a
cuentas
del
subgruFo
64,
COn
abono
a
las
de
los
16,:
17,
SO'
657,
que
procedan,
B.
O.
del
E.-Núm.
79 2
""tU
1973 6479
La
cuenta
290
se
desarrollará
necesariamente
en
otras
dE>
cuatro
cifras
para
recoger
el
detalle
que
señala
la
Orden
mí
nisteríal
de
14
de
septiembre
de
1964.
291.
Otras
provisiones
para
obras
y
reparaciones
extraordina
rias.
Suma
de
dotaciones
anuales
para
atender
a
reparncionl:"sex
traordinarias
de
inmovilizado
material
no
comprendidas
en
la
cuenta
anterior.
Figurara
en
el
pasivo
del
balance.
Su
movImiento
es
análogo
al
indicado
para
la
290,
sin
má:;
que
sustituir
en
el
concepto
de
abono
la
cuenta
690
~por
la
1J91-
y
en
el
de
cargo
la
790
-por
la
791-.
292.'
Provisión
por
depreciación
de
terrenos.
A:-¡jgnaciones
por
pérdidas
ciertas,
no
realizadas.
que
se
pro
duzcsn
en
terrenos.
Figurará
en
el
activo
del
balance,
minorando
la
invers'ón
en
terrenos.
Su
movimiento
es
el
siguiente:
al
Se
abonará,
con
cat'go a
la
820
-Resultado!i
e-xtraordi
narios,
por
el
importe
de
la
dotación
anual
bl
Se
cargará,
con
abono
'Igualmente
a
la
820,
cuando
se
enajenen
los
terrenos,
se
den
de
baja
en
el
Inventario
por
cual
quier
otro
motivo
o
desaparecieran
las
causas
que
determinaron
la
dotación
de
la
pn;}Visión.
293.
Provisión
por
depreciación
de
inversiones
financieras
per-
manentes.
Provisión
paj'a
hacer
frente
a{as
depredaciones
de
lOS
Valo
res
de
Cartera
registrados
en
cuentas
del
Grupo
2,
qua
se
ponen
de
manifieE-fo
al
cierre
del
ejercido.
Figuraran
en
el
activo
del
balance,
minorando
el
saldo
de
la
inversión
a
que
corresponden.
Su
movimiento
es
el
siguil:'nte;
Al
clerre
del
ejercicio
$8
cargará
por
ta
dotación
efectuada
en
el
precedente,
y
se
abonará
por
,a
d(>t&c1on
que'
'08
realiza
en
el
ejercicio
-que
se
cierra,
con
abono
y
cargo
a
la
cuenta
830
-Hesultarlos
de
la
Cartera
de
Valores,
295.
Provisión
para
insolvencias
(art.
17,
6,
del
T. R.
I.
S.J.
Provisión
para
dar
cumplimiento
a
lo
determinado
en
el
ar
lícula
17,
6.
del
T.
R. L
S.,
en
relación
con
sRldos
de
du::!o;;o
co·
bro
de
deudores
incluídos
en
el
Grupo
2.
FiguH\nl
en
el
activo
del
balance.
conipensandoJa
cUl:'l¡!a
del
deudor
o
opudores
dudaseE.
Su
movimiento
se
explica
en
la
4:35
-Clientes
de
dudoso
cebro.
296.
Provisión
para
otras
insolvencias.
Provisión
para
deudas
de
dudcso
cobro,
corr~spondjentes
tam-
bién
a
deudores
del
Grupo
2,
y
disl.íntas
de
las
seilaJad.a:-:
en
el
articulo
17, 6,
del
T.
R.
l,
S.
Figurara
en
el
activo
del
balance,
comp~'nsnndo
la
cupnta
del
deudor
o
deudores
dudosos.
El
movimiento
de
esta
cuenta
se
explica
en
la
435,
Si
lasmercaderias
en
camino
san
propiedad
de
la
empresa,
segun
las
condiciones
del
contrato,.
figuraran
come
8xi::;tencias
en
las
respectivas
cuentas
del-subgrupo
3Q.,-.-
¿sta
regla
se
aplicará
igualmente
cuando
se
eIi'7uentten
en
c.:a
.Ine
produc·
tos,
materias.
etc.,
·incluídos
en
los
subgrupos
siguieútes.
31.
PRODUCTOS
TERMINADOS.
310.
Productos
A.
311.
Produ(;tos
B.
Los fabricacl_os
por
la
empresa
y
destinados
al
consumo
final
o a
su
tltiJílación
por
otras
empresas.
Figurarán
en
el
activo
del
balan<:e.>
El
movimiento
de
_estas
cuentas
es
análogo
al
seiialado
para
las
300/309.
32.
PRODUCTOS
SEMITEBMHM.DOS.
320.
P·roductos
A.
321.
Productos
B.
Los
fabricados
por
la
empresa
y
no
destinados
normalmente
a
su
Ven!i;J
hasta
tanto
sean
objeto
de
elaboración-ncf)rpon-tclón
o
tran"f'xtUlcion
posterior.
Las
CU'i'ntas
320/329
figurarán
en
el
activo
de!
balance
y
BU
movimiento
ei::
análogo
al
señalado
para
las
3001309.
33
SUBPRODUCTOS
y
RESIDUOS.
3:30.
Subproductos
A.
331.
Subproductos
B.
3:35.
Residuos
A.
336.
Residuos
B.
Subproductos:
Los
de
carácter
s:Jcundario
o
accesorio
de
la
fabiicadón
principal.
Residuos,
Los
obtenidos,
inevitablemente
y
al
mismo
tiempo
que
los
productos
o
subproductos,
siempre
que
tengan
valor
intrinseco
y
puedan
scr·
utilizados.
o
vendidos.
Las
cuen
(as
3301339
figurarán
en
el
activo
del
balance
y
su
movimiento
es
analogo
al
sel)alado
para
las
300/309.
:l4
Pl-{QD\Jc-rO$
yrR.\BA.JOS
EN
CURSO.
340.
Productos
A.
341.
Productos
B.
345.
Trabajos
A.
346.
Trabajos
B.
Los
que
3.e
encuentran
en
fase
de
formación
o
transforma·
ciónal
cierre
del
ejercicio
(o
período)
y
que
no
deban
regis-
trarse
en
las
cuentas
de
los
s_ubgrupos
32 Ó33. .
Las
cuentas
340/349
fjguraran
"'u
el
activo
del
balance
f
su
movimiento
e,}
anáJogo
al
señalado
para
las
300/309.
35.
MATEilAS
PRIMAS"
Y.
AUXILIARES.
GRUPO
3350.
351.
Mat~rias
primas
A.
Materias
primas
B.
EXISTENCIAS
Mercaderías,
produCtos,
subproductm¡
y
primas
y
auxilíares,
elementos
y
conjuntos
materiales
y
embalajes
y
envases.
:m.
COMERCfALES.
300.
Mercaderías
A;
301.
Mercaderias
H.
residuos.
materias
incorpurables,
otr6s
355.
Materias
auxiliares
A.
356.
Materias
au::dilaresB.
Las
que,
mediante
elabcnición
o
transformación,
se
des~i
nan·
aform'l,r
parte
de
los
productos
fabricados.
Las
cuentas
350/359
fígm'arán
en
el
activo
del
balance
y
su
movimiento
es
análogo
al
seña:lado
pura
las
300/309.
36.
ELEMENTOS
·Y(;QNJUNTOS
lNCORPDRABLES.
Cosas
adquiridas
por
la
empresa
y
destin",das
a
la
venta
sin
j.r-ans[ormución.
Las
cuentas
300·'309
figurarán
en
el
activo
del
b,üt¡,;CL':
so
lamente
funcionarán
con
motivo
del
cierre
del
ei9rdciú
y,
en
su
caso,
en
las
fechas,'
elegidas
para'
periodif:icacióJl.
Su
movimiento
es
cl
siguicnte:
Al
cierre
del
ejercicio
se
abonarán
por
el
importe
del
In
vl,r.tario
de
Existencias
iniciales
con
adeudo
a
la
:1{)Ú
---FxploL\
ción,
y
se
cargaran.
con
abono
asimismo
a
la
¡illO-.
por
el
im-
porte
dol
Inventario
de
Existencias
de
final
del
ejerci
QU'3
se
cierra.
360.
Eleme-ntos
A.
3tH.
Elementos
B.
365.
CQnjuntos
A.
366.
Conjuntos
Do
Los
fabricados
normalmente
fuera
de
la
empresa
y
adquiri-
dos
por
ésta
para
incorporarlos
a
su
producción
sin
someterlo;;;
a
transformación.
Las
cueI¡Ü\S 360/369
figuraran
en
el
ac;tivo
del
balance
y
su
movimiento
es
análogo
al
sei1alado
para
las
300/309.
6480 2aoril 1973
37.
MATEIUALES PARA CONSUMO Y!\EPOSlCIÓN.
370.
Combustibles.
371.
Materiales
diversos.
372. Repuestos.
B.
Q.
ael
K-Num.
79
Dh"CRET0532!1973,
de
15
de
marzo,
por
el
que
se
fi;an
los
contingentes
depa.pel
prensa
de
fa.brica-
ción
nacional
e
importado,
exentos
del
impuesto
denominado
«Canon
de
Compensación
de
precios
de
papel
prensa,..
370.
Combustibles.
Materias
energéticas
susceptibles
de
almacenamiento
371.
Materiales
diversos.
Otras
materias
de
consumo
que
no
han
de
incorporarse
al
producto
fabricarlo.
372.
Repuestos.
Piezas
destinaqas
a
ser
montadas
en
instalaciones.
equipos
o
máquinas.
en
sustitución
de
otras
semejantes.
Se
incluirán
en
esta
cuenta
las
que
tengan
un
ciClo
de
almacenam~ento
infe·
rior
a
un
año.
Las
cuentas
3701379
figurarán
en
el
activo
del
balance
y
su
movimient.o
es
análogo
al
.lOeñalado
pára
las
300/309.
(Continuará.)
DECRETO
531/1913,
de
]5
de
marm,
por
el
que
confiere
el
carácter
de
dependencia,
a
distintas
oficinas
aduaneras.
El
artículo
diecisiete
de
las
Ordenanzas
Generales
de
la
nen·
ta
de
Aduanas
prevé
qUe
la
Adl¡anaque
ostente
la
Jefatura
de
los
servicios
de
toda
la
provincia
se
denominará
principal.
Por
su
parte,
el
artículo
catorce
coma
dos
del
Decreto
mil
setecien-
tos
setenta
y
ocho/mil
novecientos
sesenta
y
cínco,
de
tres
de
julio,
por
el
que
se
reorganizó
la
Administración
Territorial
la
Hacienda
Pública,
confiere
elcaracter
.de
Dependencias,
de
lAs
respectivas
Delegaciones
de
Hacienda
sólo
a
las
Aduanas
pr-in·
cipaIes.
De
acuerdo
con
la
norma
precedente
la
Delegacióri
de
Adua
nas
en
el
Aeropuerto
de
Madrid-
Barajas,
la
Delegación
de
Aduanas
en
el
aeropuerto
de
Barcelona,
'las
Aduanas
de
Alge-
ciras,
La
J\mquera
ySan
Sebastllln-Pasajes
y
las
Intpl'venCío~
nes
de
les
Registros
de
los
territorios
francos
de
CHuta
yMe-
liIla,
poseen
únicamente
el
rango
de
Sección
de
lH'jAdministra-
clones
prinCipales
correspondientes.
Ahora
bien:
el
volumen
creciente
de
la
actividad
administrF\-
Uva
de
dichas
oficinas
determina
que,
de
hecho,
s.u
!mportnn-
cía
funcional
rebase
con
mucho
el
contenido
de
Una
mera
Sec-
ción
territorial,
llegando.
incluso,
en
algún
CMO,
a
puseer
un
nivel
de
documentación
tramitada
y
de
recaudación
aVenida.
semejante
al
de
la
propia
principal
en
que
se
eI1cue-ntl"an
inte~
gradas.
Esta
situación,
unida
al
hecho
de
que
los
referid
es
,
ór-
ganos
aduaneros
están
alejados
físicamente
de
~u
re$pect.iva
Ad·
ministración
principal,
produce
notorias
dificultades
en
su
fun·
cionam'iento.
Conviene,
pues,
modificar
el
esquema
funcional
aduanero
en
lo
que
afecta
a
las
mencionadas
oficinas,
de
fornia
que
quede
garantizada
su
plena
eficacia
operativa.
Y
El
este
fin
se
estima
adecuado
conferir
a
aquéllas
él
carácter
de
Depen-
dencias
de
las
correspondientes
Delegaciones
de
Hacienda.
En
su
virtud,
al
amparo
de
lo
previsto
en
los
artículos
diez
y
catorce
de
la
Ley
de
Régimen
Juridico
-tieIa
Administración
del
Estado
y
dos
de
la
de
Procedimiento
Administrativo,
ton
la
aprobación
de
la
Presidencia
del
Gobierno,
a
propuesta
ddMi-
nistro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Minls-
tros
en.
su
reunión
del
día
nueve
de
marzo
de
mi!
novecientos
setenta
y
tres,
DISPONGO,
Articulo
primero,-La
Delegación
de
la
Aduana
principal
de
Madrid
en
el
aeropuerto
de
Madrid·
Barajas.
que
se
oenominará
en
lo
sucesivo
Aduana
del
aeropuerto
de
Madrid-Barajas;
la
Delegación
de
la
Aduana
'principal
de
Barcelona
,en
el
aeropuer-
to
de
Barcelona,
que
se
denomi;naníen
adelante
Aduana
del
aeropuerto
de
Barcelona;
las
Aduanas
do
}\lgeciras.
La
Junque-
ra
y
San
Sebastián-Pasaies,
y
las
lnten'enciones
de
los
Regis-
tros
de
los
territorios
francos
qe
Ceuta
y
MeUlla,
constituirán
Dependencias
de
la
correspondiente
Delegación
de
Hacienda
y
poseerán
análoga
estructura
orgánica
que
la
reconocida
a
la
Administración
pl'incipal
correspondiente.
Articulo
segundo.-EI
presente
Decreto
entrará
en
vigor
el
mismo
día
de
su
publicación
en
el
",Boletfn
Oficial
del
Estado
...
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
quince
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
tres.
FRANCISCO
FRA"CO
El
M¡
ni.
de Hacienda,
ALBEIUO
MONREAL
LUQUE
El
Decreto
cuatrocientos
noventa
y
dos
de
mil
novecientos
setenta
y
uno
de
veinticinco
de
marzo
suprimió
para
el
papel'
destinado
a
uso
de
la
prensa
diaria
el
impuesto
denominado
.Canon
de
compensación
de
precios
de
papel
prensa~,
en
cuan-
to
al
papel
nacionaJ
e
importado
comprendido
en
los
conl
in
4
gentes
establecidos
ron
tal
finalidad
por
el
Gobierno.
Se
hace,
por
tanto,
necesario
establecer
los
contingentes
tanto
de
papel
de
fabricación
nacional
como
de
papel
importado,
que
han
de
disfrutar
de
la
mencionada
exención
para
el
período
compren-
dido
ent.re
el
uno
de
enero
y
treinta
y
uno
de
diciembre
de
mil
novecientos
setenta
y
tres.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
nue-
ve
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
tres.
DISPONGO,
Articulo
primero.-A
efectos
de
lo
establecido
en
el
artículo
pl'imero
del
Decreto
cllfltrocümtos
noventa
y
dos
de
mil
n(,,'c,
cientos
seten13
y
uno,
de
veinticínco
de
marzo,
se
n¡a
el
con-
tingente
de
papel
prensa
de
fabricación-
nacional
para
el
pe-
riodo
comprendido
entre
uno
de
enero
y
treinta
y
uno
de
di-
ciembre
de
mil
novecientos
setenta
y
tres
en
la
cantidad
de
ciento
cuarenta
mil
toneladasmetricas.
Articulo
segundo.-A
los
mismos'
efectos
y
para
el
mismo
pA-
riodo
se
fija
el
continge'1te
de
papel
dc
prensil
de
impor!aciun
en
och{"nta
míJ
toneladas
métricas.
Artículo
tercerO.-Este
Decreto
entrara
en
vigor
día
si-
guiente
de
su
public&ción
en
el
~Bolctin
Oficial
del
Estado".
Asi lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Mad¡"jd H
quince
de
marzo
de
mil
novcdentos
setenta
y
tres.
FRANCISCO
FRANCO
El
\li:,i"llü
d~
Htlc!enda.
ALEE}]
ro
.".:iJ>n¡F.AL
LUQUE
lVlINISTERIO
DE
EDUCACION yCiENCIA
on'DEN
de
10
de
marzo
de
1973
por
la
que
se
esta-
blecen
8n
el
curso
1973-74
{os
plazos
para
prf!ijC}1-
!adónde
solicitudes
de
autorización
de
funciona-
miento
en
Centros
no
estatales
que
impartan
en-
se¡'¡.Dnzas
del
Bachillerato
y
del
Curso
de
Orienta-
cíón
Universitaria.
llu~lrjsjmo
señor:
Por
Orden
de
10
de
iulio
de
1972
(d30letin
Oficial
del
Es~
tacto."
del
11-),
se
reguló
provi.:>ionalmentc
pata
el
curso
acad(;mí-
co
H¡i2-73
el
..
egimen
de
autorizaciones
para
impartir
en
Centlos
no
e::;talaJes
las
enseñ
del
Bachillerato
Superior
y
bs
de!
Curso
de
Orientación
Universitaria.
CCnJoquieru
que
las
circunstancias,
en
base
a
las
que
ha
de
han'rSL'
la
adccua~Jl:IordenaciéH\
del
régímen
de
uutod.'l.u,
ciones
de
lo"
Centros
no
estatales
que
inipartirán
en
el
próxi-
mo
curso
dichas
enseñanzas,
son
de
nat.ul>aleza
similar
a
las
que
motivaron
la
Orden
de
10
de
íulio
de
1972,
se
ha
estimado
oportuno
disponer
SeprolTogue
con
carúcter
general
la
vigen-
cia
de
h~s
normas
de
dicha
Orden
en"
el
curso
académico
¡97:~-74.
con
IH.s
modifJCuciones y
adaptadones
que
sean
necesariAS
para
su
('orrecta
aplicación.
En
su
virtud,
este
Ministerio
ha
resuelto;
Pdmero.-EI
régimen
de
autorizaciones
para
impartir
en
Centros
no
estatales
las
ensel'ianzas
del
Bachillerato
Superior
y
del
Curso
de
Orientación
Universitaria
se
regularán
pro\'i-
sionulmente
el~
el
curso
a<:ad>
1973-74
por
lo
dispuesto
en
la
Orden
de
JO
de
julio
de
1972.
S8gundo.-En
los
supuest.os
de
autorizaciones
de
Centros
no
estatales
de
Bachillerato
Superior,
las
fechas
establecidas
res-
pectivamente
en
los
numeras
2." y5."
de
la
Orden
de
10
de
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