Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Decreto 4/2001, de 26 de enero)
Publicado en | BOR |
Ámbito Territorial | Normativa de la Rioja |
Rango | Decreto |
Se aprueba el Catálogo de Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de La Rioja que se acompaña como Anexo único a este Decreto.
Los juegos y apuestas incluidos en el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad Autónoma de La Rioja quedan legalizados, si bien sujetos a autorización administrativa previa.
Tendrán la consideración legal de prohibidos los juegos y apuestas no incluidos en el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellos que, estando reflejados en el mismo, se realicen sin la correspondiente autorización o incumpliendo los requisitos exigidos en forma, lugar o por personas distintas a las especificadas en las respectivas autorizaciones.
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Las reglamentaciones específicas de los juegos y apuestas establecerán el régimen de autorizaciones, los condicionamientos y requisitos, así como las cuantías de las fianzas que deban depositar las empresas dedicadas a las actividades reguladas en la Ley 5/1999, de 13 de abril.
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El material, componente o elemento utilizado en la práctica de los juegos y apuestas será el previamente homologado por la Dirección General de Tributos e inscrito en la Sección de Modelos y Material de juego del Registro General del Juego.
Dicha homologación consistirá en la realización previa de pruebas al objeto de verificar si un determinado material, componente o elemento de juego se ajusta a las características técnicas o de fabricación exigidas, en su caso, por las reglamentaciones específicas de cada juego o en sus disposiciones de desarrollo.
Cuando debido a las características del material de que se trate, no fuera preciso predeterminar una reglamentación de características técnicas, se entenderá por homologación el procedimiento de verificación del material, componente oelemento de juego por el cual se comprueba el cumplimiento de la funcionalidad para el que han sido destinados.
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Los establecimientos exclusivamente de juego deberán contar a disposición de los usuarios con un ejemplar de las reglas e instrucciones del juego que se pretende desarrollar y contenidas en el Catálogo de Juego y Apuestas de La Rioja, así como sus correspondientes reglamentaciones específicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del Juego y las Apuestas, los diferentes reglamentos específicos de cada juego podrán establecer, por razones de orden público y seguridad ciudadana, otras condiciones objetivas para el acceso a los locales y salas de juego respecto a aquellas personas cuyo comportamiento pueda generar un riesgo para el resto de jugadores o de los propios locales, siempre que su finalidad sea la de asegurar el normal, ordenado y correcto desarrollo de los juegos y apuestas.
En los billetes, boletos o papeletas u otro soporte de aquellas modalidades de juego consistentes en sorteos y apuestas deberán figurar los siguientes datos: precio, norma reguladora del juego, fecha de autorización, premios, bases extractadas del juego o dirección donde puedan consultarse, lugar de cobro y su caducidad.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
En Logroño, a 26 de enero de 2001.
El Presidente, Pedro Sanz Alonso.
El Consejero de Hacienda y Economía, Juan José Muñoz Ortega.
ÍNDICE:
-
Ruleta francesa
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal
-
Reglas de la ruleta
-
Ruleta americana con un solo cero
-
Instrumentos de la ruleta americana
-
Elementos personales
-
Funcionamiento del juego
-
Combinaciones del juego
-
Máximos y mínimos de las apuestas
-
Blackjack o veintiuno
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal del blackjack
-
Jugadores
-
Reglas del juego
-
Boule o bola
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
El personal
-
Jugadores
-
Reglas del juego
-
Treinta y cuarenta
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
El personal
-
Jugadores
-
Reglas del juego
-
Dados o craps
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal
-
Reglas del juego
-
Punto y banca
-
Denominación
-
Elementos de juego
-
Personal
-
Jugadores
-
Banca
-
Reglas del juego
-
Desarrollo del juego
-
Bacarrá, chemin de fer o ferrocarril
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal
-
Jugadores
-
Banca
-
Reglas del juego
-
Desarrollo del juego
-
Errores e infracciones en el juego
-
Bacarrá a dos paños
-
Denominación
-
Elementos de juego
-
Personal
-
Jugadores
-
Banca
-
Reglas del juego
-
Desarrollo del juego
-
Errores e infracciones en el juego
-
Ruleta de la fortuna
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
El personal
-
Jugadores
-
Reglas del juego
-
Los premios
-
Máximos y mínimos de las apuestas
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Póquer de contrapartida
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Póquer sin descarte
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-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal
-
Jugadores
-
Reglas del juego
-
Pai gow poker
-
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal
-
Jugadores
-
Reglas del juego
-
'Texas hold'em bonus poker'
-
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal
-
Jugadores
-
Reglas del juego
-
Máximos y mínimos de las apuestas
-
Desarrollo del juego
-
Errores e infracciones en el juego
-
'Texas póquer de contrapartida'
-
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal
-
Jugadores
-
Reglas del juego
-
Máximos y mínimos de las apuestas
-
Desarrollo del juego
-
Máximos y mínimos de las apuestas
-
Errores e infracciones en el juego
-
Normas específicas
-
Póquer de cuatro cartas
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-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal
-
Jugadores
-
Reglas del juego
-
Máximos y mínimos de las apuestas
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Reglas comunes
-
Póquer de círculo
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Normas generales y comunes
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Denominación
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Variantes
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Elementos del juego
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Beneficio
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Personal
-
Jugadores
-
Prohibiciones
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Reglas del juego
-
Desarrollo del juego
-
Errores e infracciones del juego
-
Póquer cubierto de cinco cartas con descarte
-
-
Elementos del juego
-
Desarrollo del juego
-
Errores e infracciones del juego
-
Póquer descubierto en la variante 'seven stud poker'
-
-
Denominación
-
Máximos y mínimos de las apuestas
-
Reglas del juego
-
Errores e infracciones del juego
-
Póquer descubierto en la variante 'omaha'
-
-
Denominación
-
Desarrollo del juego
-
Póquer descubierto en la variante 'hold'em'
-
-
Denominación
-
Reglas del juego
-
Póquer descubierto en la variante 'five stud poker'
-
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Desarrollo del juego
-
Póquer descubierto en la variante de póquer sintético
-
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Máximos y mínimos de las apuestas
-
Banca francesa o dados portugueses
-
Denominación
-
Elementos del juego
-
Personal
-
Jugadores
-
Desarrollo del juego
-
Máximos y mínimos de las apuestas
-
Descripción y modalidades
-
Elementos
-
Personal
-
Reglas del juego
-
Juegos nulos y devoluciones
-
Denominación
-
Clasificación
-
Elementos
-
Denominación
-
Clasificación
-
Elementos
-
Prohibiciones
-
Denominación
-
Elementos
-
Denominación
-
Elementos
-
Denominación
-
Clasificación
-
Elementos
-
Premios
-
Denominación
-
Clasificación
-
Premios
-
Denominación
-
Tipos
-
Elementos
El Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, previsto en el artículo 3 de la Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas, comprende los siguientes:
-
Juegos de casino:
-
Ruleta francesa
-
Ruleta americana con un solo cero
-
Blackjack o veintiuno
-
Boulé o bola
-
Treinta y cuarenta
-
Dados o craps
-
Punto y banca
-
Bacarrá, chemin de fer o ferrocarril
-
Bacarrá a dos paños
-
Ruleta de la fortuna
-
Póquer de contrapartida:
- Póquer sin descarte
- 'Pai gow poker'
- 'Texas hold'em bonus poker'
- 'Texas póquer de contrapartida'
- Póquer de cuatro cartas
-
Póquer de círculo:
- Póquer cubierto de cinco cartas con descarte
- Póquer descubierto en la variante 'seven stud poker'
- Póquer descubierto en la variante 'omaha'
- Póquer descubierto en la variante 'hold'em'
- Póquer descubierto en la variante 'five stud poker'
- Póquer descubierto en la variante de póquer sintético.
-
Banca francesa o dados portugueses
-
-
Juego del bingo
- Bingo ordinario
- Bingo electrónico
-
Máquinas de juego
- Máquinas de tipo 'A1' o con premio en especie
- Máquinas de tipo 'B' o recreativas con premio
- Máquinas de tipo 'C' o de azar
- Máquinas de tipo 'D' o especiales para el juego del bingo
-
Boletos
-
Loterías
-
Rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias
-
Apuestas
-
Juegos y...
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