DECRETO 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Fecha de publicación01 Julio 2021

De conformidad con lo dispuesto con el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se ha aprobado el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Procede ahora definir la estructura básica de las diferentes consejerías de la Comunidad de Madrid, estableciendo sus órganos superiores y directivos, así como los entes, organismos y empresas que se adscriben a las mismas.

Corresponde al Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, aprobar la estructura orgánica de las diferentes consejerías, previo informe de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

El contenido de este Decreto se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid. Así, en virtud de los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad, se fundamenta en la preceptiva adaptación de la estructura directiva de las consejerías a lo dispuesto en el Decreto 42/2021, de 19 de junio. De acuerdo con el principio de seguridad jurídica, la iniciativa normativa es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, y nacional. En aplicación del principio de transparencia, una vez aprobada la propuesta, será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Portal de Transparencia. En aplicación del principio de eficiencia, tratándose de una norma de carácter organizativo, no se imponen cargas administrativas y racionaliza en su aplicación la gestión de los recursos públicos.

En definitiva, a fin de alcanzar la máxima austeridad y eficacia en la acción del Gobierno en la XII Legislatura que ahora se inicia, se procede a reformar la organización básica de la Administración de la Comunidad de Madrid, a fin de adaptarla al citado Decreto 42/2021, de 19 de junio, modificando el número, denominación y competencias de los órganos superiores y directivos, en función de las singulares necesidades actuales y de servicio a los ciudadanos a los que la misma responde.

Su tramitación se ha realizado conforme a lo establecido en el Decreto 52/2021, de 24 de marzo, y se han emitido los informes de coordinación y calidad normativa de la Dirección General de Recursos Humanos, así como los análisis de impactos correspondientes a la Dirección General de Igualdad y de la Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su sesión de 30 de junio de 2021,

DISPONE

Artículo 1

Consejería, de Presidencia, Justicia e Interior

  1. Se suprime la Secretaría General del Consejo de Gobierno.

  2. Se crea la Viceconsejería de Asuntos Jurídicos y Secretaría General del Consejo de Gobierno que asume las competencias de la extinta Secretaría General del Consejo de Gobierno.

  3. Se suprime la Viceconsejería de Transparencia.

  4. Se suprime la Viceconsejería de Presidencia y Transformación Digital.

  5. Se crea la Viceconsejería de Presidencia.

  6. La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 pasa a denominarse Viceconsejería de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

  7. Se suprime la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.

  8. La Dirección General de Transparencia, Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano pasa a denominarse Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, asumiendo las competencias de la extinta Dirección General de Transparencia, Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano.

  9. Se suprime la Secretaría General Técnica de Presidencia.

  10. Se suprime la Secretaría General Técnica de Justicia, Interior y Víctimas.

  11. Se crea la Secretaría General Técnica de Presidencia, Justicia e Interior.

  12. La Jefatura de Prensa de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno pasa a denominarse Jefatura de Gabinete adjunta.

  13. Se suprime la Dirección de Área de Política Interior y de Ordenación y Control del Juego, quedando sus competencias atribuidas a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación.

  14. Se crea la Dirección de Área de Gestión Económica e Infraestructuras.

  15. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior bajo la superior dirección del titular del departamento, tendrá la siguiente estructura básica:

  16. o Viceconsejería de Asuntos Jurídicos y Secretaría General del Consejo de Gobierno, a la que se adscribe la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.

  17. o Viceconsejería de Presidencia, a la que se adscriben:

    1. Dirección General de Relaciones con la Asamblea de Madrid.

    2. Dirección General de Medios de Comunicación.

    3. Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.

    4. Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano.

  18. o Viceconsejería de Justicia y Víctimas, a la que se adscriben:

    1. Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia.

    2. Dirección General de Infraestructuras Judiciales.

    3. Comisionado del Gobierno para la Atención a las Víctimas del Terrorismo.

  19. o Viceconsejería de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 a la que se adscriben:

    1. Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación.

    2. Dirección General de Emergencias.

    3. Dirección de Área de Gestión Económica e Infraestructuras.

  20. o Secretaría General Técnica.

  21. o Jefatura de Prensa.

  22. o Jefatura de Gabinete adjunta.

  23. La administración institucional adscrita a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior está constituida por:

    1. El Organismo Autónomo Mercantil Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

    2. El Organismo Autónomo Administrativo Madrid 112.

    3. El Organismo Autónomo Administrativo Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.

    4. El órgano de gestión sin personalidad jurídica Centro de Asuntos Taurinos.

  24. La Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid se relacionará con la Administración Autonómica a través de la Viceconsejería de Asuntos Jurídicos y Secretaría General del Consejo de Gobierno de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

  25. La empresa pública con forma de sociedad mercantil Radio Televisión Madrid, S. A., se relacionará con la Administración Autonómica a través de la Viceconsejería de Presidencia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

Artículo 2

Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía

  1. La Viceconsejería de Ciencia, Universidades e Innovación pasa a denominarse Viceconsejería de Universidades, Ciencia e Innovación.

  2. La Dirección General de Educación Infantil y Primaria pasa a denominarse Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial.

  3. Se suprime la Secretaría General Técnica de Ciencia, Universidades e Innovación.

  4. Se suprime la Secretaría General Técnica de Educación y Juventud.

  5. Se crea la Secretaría General Técnica de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.

  6. La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, bajo la superior dirección del titular del departamento, tiene la siguiente estructura básica:

  7. o Viceconsejería de Política Educativa, a la que se adscriben:

    1. Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial.

    2. Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.

    3. Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial.

    4. Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio.

  8. o Viceconsejería de Organización Educativa, a la que se adscriben:

    1. Dirección General de Infraestructuras y Servicios.

    2. Dirección General de Recursos Humanos.

    3. Dirección de Área Territorial Madrid-Capital.

    4. Dirección de Área Territorial Madrid-Norte.

    5. Dirección de Área Territorial Madrid-Sur.

    6. Dirección de Área Territorial Madrid-Este.

    7. Dirección de Área Territorial Madrid-Oeste.

  9. o Viceconsejería de Universidades, Ciencia e Innovación, a la que se adscriben:

    1. Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores.

    2. Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica.

  10. o Secretaría General Técnica.

  11. El Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid se adscribe a la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.

Artículo 3

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura

  1. Se suprime la Viceconsejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y...

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