Decreto 83/2017, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2017 correspondiente a Cuerpos Docentes.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El artículo 36 de la Ley de Cantabria 1/2017, de 24 de febrero, de Presupuestos Generalesde la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2017, dispone en su apartado uno, párrafo primero, que el Gobierno de Cantabria, dentro de los límites establecidos con carácterbásico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente, podrá autorizar la convocatoriade plazas para el ingreso de nuevo personal. Añade que, respetando en todo caso las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, elnúmero de plazas de nuevo ingreso será, como máximo, el derivado de la tasa de reposiciónfijada, con carácter básico, por parte del Estado y en los términos y condiciones establecidospor éste.

El artículo 1 del Real Decreto Ley 6/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba la Ofertade Empleo Público en los ámbitos de personal docente no universitario y universitario, FuerzasArmadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía dependientes delas Comunidades Autónomas para 2017, fija una tasa de reposición de efectivos máxima del100 por ciento a las Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollode la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación delnúmero de plazas para el acceso a los Cuerpos de Funcionarios Docentes, indicando asimismoque la validez de la tasa autorizada anteriormente estará condicionada a que las plazas resultantes se incluyan en una Oferta de Empleo Público que, de conformidad con lo establecido enel apartado 2 del artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, deberá ser aprobada por los respectivos órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse enel "Boletín Oficial de la Provincia", de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antesde la finalización del año 2017.

El artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado parael año 2017, fija en los mismos términos, una tasa de reposición de efectivos máxima del 100por ciento a las Administraciones Públicas...

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