Decreto 78/2016, de 20/12/2016, por el que se aprueba el Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyDecreto

En los últimos años se ha producido un nuevo enfoque de la política sobre residuos tanto en el ámbito estatal como en el europeo, que va más allá de la gestión eficiente de los residuos, al asumir la economía circular como nuevo paradigma económico y social, que engloba aspectos tales como la reducción del consumo de materias primas, la transformación de residuos en materias primas secundarias, el fomento de altas tasas de reutilización y reciclaje, la minimización del vertido, la reducción del consumo energético y de los recursos hídricos, y la reducción de la contaminación relativa al vertido de residuos, tanto en suelo, aguas como de la atmósfera. El concepto de Economía Circular está implícito en la Estrategia Europa 2020, dentro de cuyo marco se define una "hoja de ruta hacia una Europa sostenible" que incorpora como visión, de cara a 2050, que la economía de la UE haya crecido de manera respetuosa con las restricciones de recursos y con los límites del planeta, contribuyendo de esta manera a la transformación económica mundial.

Este enfoque europeo para la política de residuos ha quedado definitivamente plasmado en diciembre de 2015 con la presentación del Paquete de Economía Circular que incluye la propuesta de Comunicación: "Cerrar el círculo: un plan de acción de la UE para la economía circular", acompañada de un Plan de Acción para los próximos años y la presentación de las propuestas de modificación de Directivas en el ámbito de los residuos.

Con la elaboración del Plan Integrado de Residuos de Castilla-La Mancha se pretende dar respuesta a estos nuevos retos y cumplir los nuevos objetivos establecidos tanto en materia de gestión como de prevención de residuos, y que ya han sido incorporados a los instrumentos de planificación estratégica a nivel estatal. De este modo se pretende, por un lado, cumplir con la obligación de revisar los planes de gestión de residuos adaptándolos a las exigencias tanto de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, como a las orientaciones (economía circular) y normativa europea (Directiva Marco de Residuos), y por otro lado, englobar en un único instrumento de planificación las medidas necesarias para mejorar las deficiencias detectadas y promover las actuaciones que proporcionen, para los distintos flujos de residuos producidos en Castilla-La Mancha, un mejor resultado ambiental y que aseguren la consecución de los objetivos legales establecidos. Hacerlo de forma integrada responde, además de a un principio de mayor simplicidad normativa, a que el planteamiento de los objetivos en materia de residuos, a nivel tanto europeo como estatal, exige una respuesta global que permita intensificar el carácter transversal de la acciones a acometer.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, corresponde a las comunidades autónomas elaborar los planes autonómicos de gestión de residuos, estableciendo que dichos planes deberán contener un análisis actualizado de la situación de la gestión de residuos en el ámbito territorial de la comunidad autónoma, así como una exposición de las medidas para facilitar la reutilización, el reciclado, la valorización y la eliminación de los residuos, estableciendo objetivos de prevención, preparación para la reutilización, reciclado, valorización y eliminación y la estimación de su contribución a la consecución de los objetivos establecidos en esta Ley, en las demás normas en materia de residuos y en otras normas ambientales.

En el artículo 15 de la citada Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados se establece la obligación de las distintas administraciones públicas, en sus respectivos ámbitos competenciales, de aprobar programas de prevención de residuos en los que se establezcan los objetivos de prevención, de reducción de la cantidad de residuos generados y de reducción de la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes, se describan las medidas de prevención existentes y se evalúe la utilidad de las mismas. En el mismo artículo se establece que dichos planes pueden ser aprobados de forma independiente o integrarse en los planes de gestión de residuos u otros planes ambientales.

La tramitación administrativa del Plan, se ha efectuado atendiendo a lo dispuesto tanto en la normativa estatal sobre evaluación ambiental (Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental), como en la Ley 4/2007, de 8 de marzo de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, habiéndose sometido a la consideración del Consejo Asesor de Medio Ambiente, y del Consejo Regional de Municipios de Castilla-La Mancha.

En virtud de las competencias atribuidas a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de protección del medio ambiente y de los ecosistemas por el artículo 32.7 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, por la que se

aprueba el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, el Consejo de Gobierno previa deliberación en su reunión celebrada el día 20 de diciembre de 2016, dispongo:

Artículo único Aprobación del Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha

Se aprueba el Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla La Mancha que se incluye como anexo 1 al presente Decreto.

Disposición derogatoria

A partir de la entrada en vigor del presente Decreto quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango, en cuanto se opongan a lo establecido en el mismo y, en particular:

- El Decreto 112/2014, de 13-11-2014, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Industriales de CastillaLa Mancha 2014-2020

- El Decreto 179/2009, de 24-11-2009, por el que se aprueba el Plan de gestión de residuos urbanos de Castilla-La Mancha 2009-2019

Disposición final única Efectos

Este Decreto tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Dado en Toledo, el 20 de diciembre de 2016

EL Presidente

EMILIANO GARCÍA-PAGE SÁNCHEZ

El Consejero de Agricultura,

Medio Ambiente y Desarrollo Rural

FRANCISCO MARTÍNEZ ARROYO

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