Decreto 67/2015, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Programa Estadístico y Cartográfico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Rango de LeyDecreto

El artículo 4.1 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que, con el fin de planificar y sistematizar la actividad estadística de competencia exclusiva y la actividad cartográfica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se elaborará el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía, que será el marco obligado para el desarrollo de dicha actividad en la Comunidad Autónoma.

Tras la entrada en vigor de la Ley 3/2013, de 24 de julio, por la que se aprueba el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2013-2017, es preciso definir la actividad estadística y cartográfica a desarrollar durante ese periodo mediante la elaboración y aprobación de los programas estadísticos y cartográficos anuales que, tomando como referencia el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía vigente, sean aprobados por el Consejo de Gobierno.

El artículo 5.1 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, establece que para definir la actividad estadística y cartográfica a desarrollar cada año, se elaborará un Programa Estadístico y Cartográfico anual.

El presente Decreto tiene por objeto la aprobación del Programa Estadístico y Cartográfico de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al año 2015, y en sus disposiciones adicionales primera y segunda se aprueban los Programas Estadísticos y Cartográficos de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondientes a los años 2013 y 2014.

La aprobación en el presente Decreto de los Programas 2013 y 2014 responde a la necesidad de dotar de oficialidad a las actividades estadísticas y cartográficas no previstas en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2013-2017 y que fueron desarrolladas por el Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía durante los años 2013 y 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre.

Como se ha indicado, el Programa anual 2015 desarrolla el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2013-2017, y contribuye a reforzar una estrategia de confluencia entre los datos cartográficos y los estadísticos mediante un tratamiento conjunto de ambos tipos de información, con la finalidad de conseguir que la cartografía incorpore fuentes estadísticas y que las estadísticas avancen en su georreferenciación.

Los objetivos generales del Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2013-2017 se orientan a la producción de información estadística y cartográfica de calidad requerida para la ejecución y seguimiento de las políticas europeas, nacionales y autonómicas en el ámbito de competencia de la Administración de la Junta de Andalucía; a la producción y difusión de los datos estadísticos y cartográficos como información útil y reutilizable para la toma de decisiones participativas por la sociedad andaluza; al aprovechamiento del potencial que genera la integración de la información estadística y cartográfica para contribuir al desarrollo de la sociedad del conocimiento; y a dotar a la ciudadanía de información suficiente y objetiva que permita la evaluación de las políticas ejecutadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus entes instrumentales.

En la estructura del Plan Estadístico y Cartográfico 2013-2017 los objetivos generales se desarrollan en objetivos específicos, que a su vez se concretan en necesidades de información que han de ser atendidas mediante actividades, que tendrán en cuenta un conjunto de estrategias y ejes transversales.

El Programa Estadístico y Cartográfico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015 contiene las actividades estadísticas y cartográficas...

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