DECRETO 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Infraestructuras y Vivienda
Rango de LeyDecreto

I

La Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, establece en su disposición final segunda la habilitación de la Xunta de Galicia para su desarrollo reglamentario.

El fin es dar cumplimiento a la aprobación de un Reglamento general de carreteras de Galicia, que contenga un régimen jurídico de las carreteras autonómicas y locales que permita a las correspondientes administraciones titulares una actuación en condiciones óptimas para asegurar la adecuada gestión y protección del dominio público viario.

Junto con lo anterior, otro objetivo de este mandato legal, el presente decreto tiene por objeto aprobar el Reglamento general de carreteras de Galicia.

II

La aprobación del Reglamento general de carreteras de Galicia se explica también como una manifestación de la necesidad de prestar una decidida atención a un ámbito de la actuación pública, como es el de las carreteras, que tiene una evidente transcendencia para la calidad de vida de la ciudadanía, así como para el desarrollo económico y social.

En concreto, en Galicia, el sistema viario constituye un instrumento imprescindible para alcanzar un equilibro territorial y socioeconómico, debido a la combinación de su histórica estructura de asentamientos de población, extraordinariamente dispersa y diseminada, con la actual tendencia demográfica, caracterizada por la concentración de la población en el eje atlántico y en un reducido número de otros asentamientos urbanos, en combinación con un progresivo proceso de despoblamiento en el interior de la Comunidad Autónoma.

En consecuencia, se considera especialmente recomendable que la Comunidad Autónoma de Galicia cuente con un conjunto de instrumentos normativos que le permitan gestionar en las mejores condiciones posibles las redes de carreteras de titularidad autonómica y local, teniendo en cuenta las peculiaridades que han sido expuestas.

Esto exige, sin duda, la aprobación de un Reglamento general de carreteras de Galicia que contenga un régimen jurídico de las carreteras autonómicas y locales que permita a sus correspondientes administraciones titulares una actuación en condiciones óptimas para asegurar la adecuada gestión y protección del dominio público viario.

Junto con lo anterior, otro objetivo fundamental del Reglamento general de carreteras de Galicia es salvaguardar el interés de la ciudadanía, en sus relaciones con la Administración en este ámbito. Así, la ciudadanía debe contar con un grado de seguridad jurídica suficiente, para lo que una regulación lo más detallada posible de los supuestos de hecho y de los aspectos organizativos y de procedimiento introducidos por la legislación de carreteras de Galicia debe contribuir a delimitar el necesario margen para la actuación de carácter discrecional con que la Administración debe actuar en muchas de estas ocasiones.

III

Por otra parte, la estructura del Reglamento general de carretera de Galicia resulta similar al de la legislación de carreteras de Galicia, que desarrolla, aunque con una división en capítulos, secciones y subsecciones más detallada en todos sus títulos. El objetivo es alcanzar una regulación completa de la materia que incluya los correspondientes preceptos de la misma, así como sus respectivas normas reglamentarias de ejecución, pero que permita, al tiempo, distinguir claramente aquellos preceptos que son directa transcripción de los previamente existentes en el texto legal, en relación a aquellos otros donde se ejerce la potestad reglamentaria que se le encomienda a la Xunta de Galicia. Para ello, las reproducciones de los preceptos de la legislación de carreteras de Galicia en el texto reglamentario se señalan con la indicación entre paréntesis del artículo del texto legal al que corresponden y de la abreviatura LCG) empleada para hacer referencia a la citada ley.

En lo que se refiere a los aspectos específicos regulados en este reglamento, se ha procurado llevar a cabo una mayor concreción en relación con los diferentes conceptos que aparecen en la legislación de carreteras de Galicia, en cada uno de sus títulos, con el no disimulado objetivo de facilitar la aplicación de la legislación autonómica en materia de carreteras por los correspondientes operadores jurídicos. Esto afecta tanto a las disposiciones generales, en lo que se refiere al concepto y a las clases de carreteras, como a la regulación de las actuaciones administrativas, a la financiación y explotación de las carreteras, así como la protección del dominio público viario y al régimen sancionador derivado.

Por otra parte, también resultaba conveniente desarrollar los aspectos de procedimiento y organizativos contenidos en la legislación de carreteras de Galicia que, por su naturaleza más detallada, resultan más convenientemente regulados en una norma de rango reglamentario. Ello es particularmente destacable en materias como la planificación y la proyección en materia de carreteras, y en los diferentes instrumentos en los que se materializa, o en la regulación de los mecanismos de coordinación con los diferentes instrumentos de ordenación territorial y urbanística, así como ciertos aspectos de la regulación referida...

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