Decreto 64/2020, de 23 de julio, de renovación de miembro del Pleno de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de la Presidencia |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley del Principado de Asturias 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales crea en su artículo 13 la Comisión de Coordinación de las Policías Locales del Principado de Asturias, como máximo órgano deliberante y de participación en materia de coordinación de Policías Locales, adscribiéndola a la Consejería competente en la materia. El artículo 14 de la citada ley regula su composición, señalando en su apartado 2 que los miembros del Pleno serán nombrados y cesados mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de las organizaciones e instituciones que lo integran.
El Decreto 146/2009, de 23 de diciembre, aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales, cuyo artículo 3 regula el nombramiento y pérdida de la condición de miembro de esta comisión.
En virtud de los citados preceptos, mediante Decreto 202/2019, de 5 de diciembre, se renuevan parcialmente los miembros del Pleno de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales, adaptando la composición de la comisión a la nueva reorganización administrativa consecuencia del Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, modificado por los Decretos 26/2019, de 24 de agosto y 6/2020, de 23 de junio.
Mediante el Decreto 79/2019, de 30 de agosto, se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia, correspondiendo a la misma, entre otras, las competencias en materia de seguridad pública e interior. El Decreto 35/2020, de 2 de julio, de primera modificación del citado Decreto 79/2019, de 30 de agosto, introduce una serie de cambios sobre la estructura de esta Consejería, entre...
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