DECRETO 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia [2021/5808]

Fecha de Entrada en Vigor26 de Noviembre de 2021
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorVicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
Rango de LeyDecreto

Índice

Título preliminar Disposiciones generales Artículos 1 a 32
Capítulo único objeto Artículo 1
Artículo 1 Objeto
Título I Órganos de participación infantil y adolescente en el ámbito de la Generalitat Artículos 2 a 18
Capítulo I El Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana Artículos 2 a 7
Artículo 2 Adscripción y naturaleza del Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana
Artículo 3 Funciones del Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana
Artículo 4 Composición del consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana
Artículo 5 Designación de representantes por los consejos locales de infancia
Artículo 6 Designación de las restantes personas integrantes
Artículo 7 Relación con los restantes órganos de la Administración de la Generalitat y con las instituciones de la Generalitat
Capítulo II El Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección Artículos 8 a 12
Artículo 8 Adscripción y naturaleza del Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección
Artículo 9 Funciones del Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección
Artículo 10 Composición del Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección
Artículo 11 Designación de integrantes del Consejo Infantil y Adolescente del sistema de protección
Artículo 12 Relación con los restantes órganos de la Administración del Consell y con las instituciones de la Generalitat
Capítulo III Disposiciones comunes a los órganos de participación infantil y adolescente. Artículos 13 a 18
Artículo 13 Principios rectores de los órganos de participación infantil y adolescente
Artículo 14 Régimen de funcionamiento de los órganos de participación infantil y adolescente
Artículo 15 Dinamización de los órganos de participación infantil y adolescente
Artículo 16 Secretaría técnica de los órganos de participación infantil y adolescente
Artículo 17 Funciones de la secretaría técnica de los órganos de participación infantil y adolescente
Artículo 18 Pérdida de la condición de miembro de los órganos de participación infantil y adolescente
Título II Órganos colegiados para la protección de la infancia y la adolescencia Artículos 19 a 26
Capítulo I La Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia Artículos 19 a 22
Artículo 19 Adscripción y naturaleza de la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia
Artículo 20 Funciones de la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia
Artículo 21 Composición de la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia
Artículo 22 Régimen de funcionamiento de la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia
Capítulo II La Comisión de Adopción y Alternativas Familiares Artículos 23 a 26
Artículo 23 Adscripción y naturaleza de la Comisión de Adopción y Alternativas Familiares
Artículo 24 Funciones de la Comisión de Adopción y Alternativas Familiares
Artículo 25 Composición de la Comisión de Adopción y Alternativas Familiares
Artículo 26 Régimen de funcionamiento de la Comisión de Adopción y Alternativas Familiares
Título III Órgano de coordinación administrativa Artículos 27 a 32
Capítulo único La Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia Artículos 27 a 32
Artículo 27 Adscripción y naturaleza de la Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia
Artículo 28 Funciones de la Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia
Artículo 29 Composición de la Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia
Artículo 30 Funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia
Artículo 31 Procedimiento de aprobación de la Estrategia valenciana de infancia y adolescencia
Artículo 32

Ejercicio ante la Comisión del derecho a ser escuchados de niños, niñas y adolescentes.

Disposiciones adicionales

Primera. Referencias al consejo de adopciones de menores de la Generalitat.

Segunda. Referencias a la comisión técnica de menores.

Tercera. Cómputo de los límites de edad.

Cuarta. Protección de datos.

Disposiciones transitorias

Primera. Constitución del Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana con anterioridad a la del Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección.

Segunda. Constitución del Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección hasta que pueda formarse el colegio electoral de personas adultas.

Tercera. Preparación para la participación.

Cuarta. Propuesta de la persona experta del ámbito local para la constitución, por primera vez, de la Comisión de Adopción y Alternativas Familiares.

Disposición derogatoria Artículo 1

Única. Cláusula derogatoria. Disposiciones finales

Primera. Habilitación normativa Segunda. Facultades de ejecución Tercera. Entrada en vigor.

La Generalitat tiene atribuidas, en virtud del apartado 1 del artículo 49 de l'Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, las competencias exclusivas en materia de normas procesales y de procedimiento administrativo derivadas de las especialidades de su organización, así como de instituciones públicas de protección y ayuda de personas menores de edad y tiene en la protección específica y tutela social de la infancia, uno de sus ámbitos primordiales de actuación, tal y como dispone el artículo 10.3 del texto estatutario.

En el ejercicio de esta competencia se aprobó la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, norma que configura el estatuto jurídico de la infancia y la adolescencia en la Comunitat Valenciana, desarrollando los derechos reconocidos en la Convención de derechos del niño y en el resto del ordenamiento. El objetivo de este decreto es desarrollar las disposiciones en materia organizativa que contiene esta ley, haciendo efectiva, así mismo, la recomendación del Comité de Derechos del Niño, en su observación general número 5, de revisar la legislación interna para garantizar el pleno cumplimiento de la Convención de derechos del niño.

De entre los derechos reconocidos por la Ley 26/2018, destaca, por su novedad, el de participación e incorporación progresiva a la ciudadanía activa, recogido en su artículo 16. La participación de la infancia y la adolescencia en todos los ámbitos, tanto de la esfera pública como de la privada, es, según se recoge en la exposición de motivos de la Ley, uno de sus objetivos fundamentales.

Para hacer efectivo este derecho y como medio para que los niños, niñas y adolescentes puedan ser escuchados colectivamente en los asuntos competencia de la Generalitat que les incumben, la Ley 26/2018

crea dos órganos de partición infantil de ámbito autonómico: el Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana, en su artículo 182; y el Consejo Infantil y Adolescente del sistema de protección, en su artículo 96. La composición y el régimen jurídico de estos órganos requiere de desarrollo reglamentario, necesidad que viene a cubrir este decreto. En su Título I se regula con detalle la composición y forma de designación de las niñas, niños y adolescentes que integran estos órganos, de acuerdo con los principios recogidos a este respecto en los artículos citados. En cambio, se otorga un amplio margen para que el propio órgano de participación determine su régimen de funcionamiento, considerando que este proceso conjunto es indispensable para que niñas, niños y adolescentes desarrollen la autonomía personal progresiva y corresponsable, que es una de las finalidades del derecho a la participación. El Título I concluye con un capítulo, el tercero, dedicado a las disposiciones comunes a ambos órganos, con el que se pretende sentar las bases de una participación genuina y no meramente simbólica. Destaca, a este respecto, la previsión de un acompañamiento profesional adulto facilitador, pero no directivo.

En virtud del principio de eficiencia, en esta norma se aborda la regulación de otros órganos introducidos por la Ley 26/2018, cuyo régimen jurídico ha de ser completado. Es el caso de los dos órganos colegiados para la protección de la infancia y la adolescencia: la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia, y la Comisión de Adopción y Alternativas Familiares, materialización del grupo técnico y multidisciplinar especializado que exige el apartado 5 del artículo 2 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de enjuiciamiento civil, para hacer efectivo el principio de interés superior del menor en las decisiones especialmente relevantes.

En el Título II de este Decreto se regula su régimen de...

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