DECRETO 6/2018, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Plan Estadístico de Castilla y León 2018-2021.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de AutonomÃa de Castilla y León reconoce como competencia exclusiva de la Comunidad, en su artÃculo 70.1.29.º, la estadÃstica para los fines de la Comunidad Autónoma, en coordinación con el Estado y con las demás Comunidades Autónomas.

En ejercicio de tal competencia, se aprobó la Ley 7/2000, de 11 de julio, de EstadÃstica de Castilla y León, cuyo tÃtulo III, bajo la rúbrica «De los Planes y Programas EstadÃsticos», configura al Plan EstadÃstico de Castilla y León como el principal instrumento ordenador de la actividad estadÃstica de la Comunidad, y a tal efecto deberá ser aprobado por decreto de la Junta de Castilla y León.

Se hace necesario disponer de un nuevo plan estadÃstico para el siguiente cuatrienio que, aprovechando el legado que proporciona la experiencia obtenida en la ejecución de los cuatro planes anteriores, adapte su contenido a las orientaciones estratégicas y a las prioridades y necesidades de información puestas de manifiesto a lo largo del tiempo, corrigiendo aquellos aspectos que se han revelado como susceptibles de mejora e introduciendo nuevos avances que posibiliten el perfeccionamiento del Sistema EstadÃstico de Castilla y León.

Con el desarrollo del Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 se renueva el compromiso con los principios fundamentales de la estadÃstica pública y se impulsan mecanismos que permiten optimizar el funcionamiento, la eficacia y la eficiencia del Sistema EstadÃstico de Castilla y León.

El nuevo plan se ajusta a principios generales o transversales tales como la observancia del Código de Buenas Prácticas en las EstadÃsticas Europeas, la coordinación y armonización de los procesos estadÃsticos, la adaptación a las demandas de información, la mejora de la calidad de las estadÃsticas, la utilización racional de la estadÃstica de base administrativa, el aprovechamiento del potencial que ofrece la utilización de las nuevas tecnologÃas y la incorporación del desarrollo sostenible y de la perspectiva de género en la producción estadÃstica oficial.

Considerando las distintas propuestas formuladas, previo dictamen favorable del Consejo Asesor de EstadÃstica de Castilla y León y con el acuerdo de la Comisión de EstadÃstica de Castilla y León, el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 comprende el conjunto de estadÃsticas que habrán de ser realizadas en el próximo cuatrienio por los servicios estadÃsticos de la Administración de la Comunidad, siguiendo las pautas de contenido mÃnimo y procedimiento que marca la Ley 7/2000, de 11 de julio.

El Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 se estructura en cuatro anexos, que contienen: los objetivos a alcanzar; la relación de operaciones estadÃsticas a realizar, sus conceptos básicos y su descripción; el programa financiero de inversiones; y la información complementaria que permite enlazar este plan con el anterior.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de EconomÃa y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de marzo de 2018

DISPONE

ArtÃculo 1. Aprobación.

El objeto del presente decreto es aprobar el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021.

ArtÃculo 2. Naturaleza.

Las estadÃsticas incluidas en el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 tienen la consideración de estadÃsticas para fines autonómicos y, por tanto, carácter oficial.

ArtÃculo 3. Obligatoriedad de respuesta.

Las estadÃsticas que forman parte del Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 se consideran de cumplimentación obligatoria, en los términos previstos en el artÃculo 6 de la Ley 7/2000, de 11 de julio, de EstadÃstica de Castilla y León, según dispone el artÃculo 34 de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas.

No obstante lo anterior, serán de aportación estrictamente voluntaria y, por tanto, sólo podrán recabarse con el previo consentimiento expreso de los interesados, los datos susceptibles de revelar el origen étnico, las opiniones polÃticas, las convicciones religiosas o ideológicas y, en general, cuantas circunstancias puedan afectar a la intimidad personal o familiar.

ArtÃculo 4. Estructura y contenido.

El Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 se estructura en los siguientes Anexos:

  1. En el Anexo I se recogen los objetivos generales y especÃficos que se plantean para el cuatrienio de vigencia del Plan.

  2. El Anexo II contiene las operaciones estadÃsticas que han de elaborarse por los servicios estadÃsticos de la Administración de la Comunidad en ejecución del Plan, incluidas las que requieran la cooperación con los servicios estadÃsticos estatales o se lleven a cabo con la participación de otros órganos u organismos. Este anexo se divide en: - Anexo II.A: Relación de Operaciones EstadÃsticas. - Anexo II.B: Conceptos Básicos de las Operaciones EstadÃsticas.

    - Anexo II.C: Descripción de las Operaciones EstadÃsticas (indicando, para cada una de ellas, la denominación, los objetivos, el organismo responsable de su ejecución, organismos que intervienen, los ámbitos personal, temporal y territorial, la forma de recogida de los datos y el nivel estimado de su coste económico).

  3. En el Anexo III figura el programa de inversiones a realizar en el cuatrienio 2018-2021 para la ejecución del Plan. No obstante, los compromisos de gasto asumidos en desarrollo del mismo estarán en todo caso condicionados por la disponibilidad de crédito que anualmente establezcan las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad.

  4. En el Anexo IV se proporciona información complementaria que permite comparar y enlazar el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 con el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2014-2017.

    ArtÃculo 5. Programas EstadÃsticos anuales.

    Para concretar el desarrollo y ejecución del Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021, se elaborarán programas estadÃsticos anuales, en los que se especificará, para cada operación estadÃstica, los trabajos concretos que se prevé realizar en el año, asà como el organismo difusor de los resultados obtenidos.

    ArtÃculo 6. Actualización del Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021.

    Los programas estadÃsticos anuales podrán incluir estadÃsticas no previstas inicialmente en el Plan y que deban realizarse, por exigirlo la normativa o por razones de urgencia, por los servicios de la Administración de la Comunidad o por cualesquiera otras entidades dependientes de ella. Estas estadÃsticas se considerarán automáticamente incorporadas en el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021.

    Asimismo, si se constata que la elaboración de una determinada operación estadÃstica incluida en el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021, no resulta oportuna durante un perÃodo anual concreto, podrá ser excluida en el correspondiente programa anual.

    Los programas estadÃsticos anuales podrán modificar los campos descriptivos de las operaciones estadÃsticas incluidas en el Plan, debiendo en tal caso justificarse la conveniencia de tales modificaciones.

    ArtÃculo 7. Difusión de los resultados estadÃsticos.

    La difusión de los resultados obtenidos en ejecución del Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 deberá responder a los principios de actualidad y oportunidad de los datos y de celeridad en la publicación, priorizando, a tal efecto, el uso de nuevas tecnologÃas de la información y garantizando, en todo caso, la preservación del secreto estadÃstico.

    ArtÃculo 8. Colaboración.

    Para la consecución de los objetivos previstos en el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 podrán celebrarse convenios de colaboración con otras instituciones o personas, públicas o privadas, con la finalidad de optimizar los recursos de información disponibles, agilizar la elaboración de las operaciones y lograr una mayor difusión de los resultados que se obtengan.

    Igualmente, las actividades estadÃsticas previstas en el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 podrán acometerse mediante la celebración de contratos, de conformidad con la normativa reguladora en materia de contratación del sector público.

    ArtÃculo 9. Sometimiento a la normativa estadÃstica.

    Las instituciones, entidades o personas que lleven a cabo actividades estadÃsticas sobre las operaciones contenidas en el Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021, cualquiera que sea la naturaleza jurÃdica del vÃnculo por el cual se les hubiere encomendado su realización, quedarán sometidas en todo caso a lo preceptuado por la Ley 7/2000, de 11 de julio, y en particular en lo relativo al secreto estadÃstico.

    ArtÃculo 10. Seguimiento del grado de ejecución.

    El nivel de cumplimiento del Plan EstadÃstico de Castilla y León 2018-2021 será objeto de seguimiento por el Consejo Asesor de EstadÃstica, a través del análisis del grado de ejecución de los sucesivos programas anuales que lo desarrollen. A tal fin, la Dirección General de Presupuestos y EstadÃstica elevará anualmente al Consejo Asesor los oportunos informes de seguimiento sobre la ejecución del Programa correspondiente, previo examen de la Comisión de EstadÃstica.

    Finalizado el perÃodo de vigencia del Plan, la Dirección General de Presupuestos y EstadÃstica...

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