Decreto 57/2021, de 9 de junio, por el que se modifica el Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Hacienda y Administración Pública |
Rango de Ley | Decreto |
I
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 57/2021, de 9 de junio, por el que se modifica el Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes. (2021040070)
El Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, crea la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 150, de 5 de agosto), en concreto, se determina el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conforman la Presidencia de la Junta, las Vicepresidencias y las distintas Consejerías. Asimismo, por Decreto 169/2019, de 29 de octubre (DOE núm. 214, de 6 de noviembre) se establece la actual estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
En virtud de estos decretos, a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes le corresponden las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural y deportes anteriormente asignadas a la Consejería de Cultura e Igualdad así como las de turismo que tenía atribuidas la anterior Consejería de Economía e Infraestructuras.
En fecha 24 de enero de 2019 se publica en DOE n.º 16, la Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura, que de conformidad con lo dispuesto en su artículo 1 tiene por objeto:
* Recuperar la memoria histórica en relación con las personas extremeñas que padecieron persecución o violencia por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa durante la Guerra Civil y la Dictadura, restituyendo, reconociendo y rehabilitando la memoria de las que fueron represaliadas en nuestra región.
* Regular las políticas públicas para la recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura en el período que abarca la Segunda República, la Guerra Civil, la Dictadura franquista y la transición a la democracia, hasta la promulgación de la Constitución Española de 1978 en el ámbito de las competencias de la Junta de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el vigente Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece como...
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