DECRETO 56/2016, del Consell, de 6 de mayo, por el que se aprueba el Código de Buen Gobierno de la Generalitat.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

Preámbulo
Título I Disposiciones preliminares Artículos 1 y 2
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Ámbito de aplicación
Título II Código de Buen Gobierno de la Generalitat Artículos 3 a 29
Capítulo I Principios generales Artículos 3 y 4
Artículo 3 Naturaleza
Artículo 4 Principios generales
Capítulo II Normas de conducta Artículos 5 a 29
Sección primera Compromiso con los valores democráticos y sociales Artículos 5 a 14
Artículo 5 Sujeción a los principios constitucionales
Artículo 6 Respeto a los derechos humanos
Artículo 7 Compromiso contra la violencia
Artículo 8 No discriminación y respeto a la diversidad
Artículo 9 Igualdad de mujeres y hombres
Artículo 10 Respeto a la intimidad, al honor y a la propia imagen
Artículo 11 Aconfesionalidad
Artículo 12 Compromiso con la lengua propia
Artículo 13 Sostenibilidad integral y responsabilidad social
Artículo 14 Motivación y capacidad científico-técnica
Sección segunda Integridad y ejemplaridad Artículos 15 a 26
Artículo 15 Ejemplaridad y dignidad institucional
Artículo 16 Dedicación e incompatibilidades
Artículo 17 Interés general e imparcialidad
Artículo 18 Respeto a la confidencialidad
Artículo 19 Prohibición de cuentas en paraísos fiscales
Artículo 20 Intereses partidistas
Artículo 21 Publicidad institucional
Artículo 22 Reconocimientos honoríficos
Artículo 23 Responsabilidad y colaboración
Artículo 24 Rendición de cuentas
Artículo 25 Relación con los medios de comunicación
Artículo 26 Presencia en internet
Sección tercera Sobriedad Artículos 27 a 29
Artículo 27 Uso adecuado de los recursos públicos
Artículo 28 Desplazamientos
Artículo 29 Gastos en actos derivados del ejercicio del cargo Artículo 30

Productos utilizados en actos en el ejercicio del cargo Artículo 31. Relaciones comerciales y financieras.

Artículo 32 Obsequios y regalos
Artículo 33 Tarjetas de crédito o débito
Artículo 34 Acreditación y tratamiento
Sección cuarta Impulso del gobierno abierto y la buena administración
Artículo 35 Derecho de buena administración
Artículo 36 Transparencia en la actividad pública
Artículo 37 Enfoque centrado en la ciudadanía
Artículo 38 Administración relacional
Artículo 39 Relación con el personal de la institución
Artículo 40 Facilitación de información a Les Corts
Capítulo III Cumplimiento del Código
Artículo 41 Adhesión individual
Artículo 42 Régimen sancionador en materia de buen gobierno
Artículo 43 Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
Artículo 44 Responsabilidad política ante Les Corts
Título III Registro de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales de Altos Cargos de la Administración de la Generalitat y de su Sector Público Instrumental
Artículo 45 Declaraciones de actividades, de bienes e intereses y de rentas percibidas
Artículo 46 Registro de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales de Altos Cargos de la Administración de la Generalitat y de su Sector Público Instrumental
Artículo 47 Colaboración con el Registro de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales de Altos Cargos de la Administración de la Generalitat y de su Sector Público Instrumental
Artículo 48 Publicidad del Registro de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales de Altos Cargos de la Administración de la Generalitat y de su Sector Público Instrumental
Artículo 49 Cancelación de las inscripciones
Artículo 50 Información a Les Corts sobre la información registral Disposición adicional primera

Sustitución de los registros regulados en el Decreto 247/1995, de 24 de julio, del Gobierno Valenciano.

Disposición adicional segunda Incidencia económica en la dotación de gasto
Disposiciones Transitorias
Disposición transitoria primera Adhesión al Código de Buen Gobierno de los cargos ya nombrados en la fecha de entrada en vigor
Disposición transitoria segunda Presentación de declaraciones obligatorias para los cargos ya nombrados a la entrada en vigor
Disposición derogatoria única Derogación normativa Disposición final primera. Habilitación normativa
Disposición final segunda Entrada en vigor
Anexo I Declaración de Adhesión Obligatoria al Código de Buen Gobierno de la Generalitat
Anexo II Declaración de Adhesión Voluntaria al Código de Buen Gobierno de la Generalitat
Anexo III Declaraciones de actividades, de bienes e intereses y de rentas percibidas.
  1. Datos de la persona interesada

  2. Declaraciones de actividades

  3. Declaración de bienes e intereses

  4. Declaración anual de rentas percibidas

PREÁMBULO

La Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, establece en su título II una serie de principios de actuación que deben regir la labor de las personas que ocupan los altos cargos de la Generalitat y del personal asimilado. El artículo 27 de esta ley prevé la aprobación por el Consell de un Código de Buen Gobierno basado en dichos principios, y el presente decreto da cumplimiento a este mandato.

Las nociones de ética pública y buen gobierno están presentes de diferentes maneras desde el pensamiento político clásico y se relacionan con la calidad institucional y la rendición de cuentas. Así, el establecimiento de mecanismos eficaces de control del poder y de ética pública se evidencian como elementos clave para la prevención de la corrupción y la generación de vínculos de confianza entre la ciudadanía y las instituciones. Aunque las normas éticas y de buen gobierno tienen una larga tradición en el mundo anglosajón, en los últimos años la conveniencia de este tipo de código ha sido asumida en diferentes países con alta calidad democrática y por organizaciones internacionales como las Naciones Unidas, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, el Consejo de Europa o la Unión Europea. Estos códigos se conciben como instrumentos más orientados a la prevención y persuasión que a la disuasión de sus destinatarios y destinatarias y, siguiendo esta tendencia, en nuestro entorno ha sido en los últimos años cuando ha proliferado la elaboración de este tipo de normas, tendencia que se ha expresado también en otras leyes en materia de transparencia, de buen gobierno y del ejercicio del alto cargo.

El Código de Buen Gobierno parte del derecho a una buena administración reconocido en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el artículo 9 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, y se basa en los principios incluidos tanto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, como, principalmente, en la Ley 2/2015, de 2 de abril. No obstante, en el texto se perciben también influencias derivadas de la normativa en materia de transparencia, de buen gobierno, de incompatibilidades y del régimen jurídico aplicable a las personas que ocupan los altos cargos. También, entre estas referencias, hay que señalar la normativa en materia de función pública,

teniendo en cuenta que la inclusión de principios éticos y de conducta dirigidos a los empleados y empleadas públicos es un hecho consolidado tanto en la normativa estatal como en la autonómica y debe servir de referencia, también, para todo el sector público.

El Código pretende ser un instrumento que guíe las actuaciones de los miembros del Consell y de las personas que ocupan los altos cargos para favorecer el desarrollo de unas administraciones públicas más íntegras. Con eso, además de cumplir lo que dispone la Ley 2/2015, de 2 de abril, se pretende promover la mejora de la calidad democrática y la generación de vínculos de confianza entre las instituciones y la ciudadanía. Con este fin, partiendo de la obligación de respetar la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico, mediante el presente Código se busca que los sujetos a los que afecta se rijan por la ejemplaridad de comportamiento. Gran parte de los principios de buen gobierno y normas de actuación contenidas en el Código que se aprueba se inducen de principios generales del derecho y de normas...

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