Decreto 47/2021, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de creación, organización y funcionamiento del Consejo Asesor de la despoblación de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejera de Agricultura, Ganaderia, Mundo Rural, Territorio y Poblacin
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, atribuye en su artículo 8.Uno, apartados 4, 16 y 19, respectivamente, a la Comunidad Autónoma de la Rioja las competencias exclusivas en 'Ordenación y planificación de la actividad económica, así como el fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional', 'La ordenación del territorio, urbanismo y vivienda' y en 'Agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias de acuerdo con la ordenación general de la economía'.

Conforme a los artículos 8.Uno.1 y 26.Uno de la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, la Comunidad Autónoma de La Rioja ostenta competencia exclusiva en materia de organización, estructura, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno, dentro de los principios generales y las normas básicas del Estado.

Durante los últimos años se ha registrado en La Rioja, al igual que en otras regiones españolas y europeas, una tendencia demográfica regresiva. Esta tendencia está marcada por el descenso de las tasas de natalidad, la equiparación de los saldos migratorios, la tardía emancipación juvenil, el destacado envejecimiento poblacional y los amplios desequilibrios territoriales, especialmente acusados en los ámbitos rurales como consecuencia del proceso despoblamiento y abandono iniciado a mediados del siglo pasado.

La población riojana se distribuye de manera muy desigual por el territorio de la Comunidad Autónoma. De los 174 municipios de La Rioja, 63 tienen menos de 101 habitantes y 71 de 101 a 500. Es decir, el 77,01% de los municipios riojanos, tres de cada cuatro, se encuentran en esa situación. Todos ellos concentran el 6,13% de los habitantes de La Rioja. Y, si la edad media de la región es de 44,56 años, en los municipios de menos de 101 habitantes se sitúa en 57,43 años y en los de 101 a 500 en 53,15 (INE, 2020). La mayoría de estas localidades están en las zonas de sierra y en el curso medio de los siete valles.

La Comunidad Autónoma de La Rioja presenta tres zonas muy diferenciadas, en referencia a su población, actividad y, sobre todo, demografía y cultura, que han de determinar medidas diferenciadas que impulsen el equilibrio territorial y la cohesión social. Queda incluida como zona escasamente poblada la denominada serranía riojana celtibérica, como región con densidades menores a los 8 hab/km2.

Esta situación demográfica regresiva incide sobre aspectos fundamentales en el desarrollo futuro de la región. En el plano económico se asocia con la disminución de la productividad de las actividades económicas al reducirse la mano de obra, con la falta de sostenibilidad en los sistemas de gasto público y pensiones, con el abandono de sectores tradicionales básicos como la agricultura y la ganadería o con el desigual desarrollo económico entre las diferentes zonas del territorio. En el ámbito social puede generar conflictos asociados al mantenimiento de los servicios públicos prestados, las escasas expectativas de futuro de determinados colectivos, la discriminación por cuestiones de edad o por procedencia. Desde el punto de vista cultural, el proceso de despoblación y abandono de los ámbitos rurales trae consigo una pérdida importante del patrimonio material, etnográfico y medioambiental de la región.

Abordar la despoblación de un entorno y de unos municipios exige un visión holística y global y precisa una perspectiva a medio y largo plazo. Los procesos de despoblación se han mitigado en parte gracias a las actuaciones que se han desarrollado en el medio rural, pero el proceso es inexorable y amenaza a municipios según posición geográfica y número de habitantes.

Por ello, la evolución demográfica y el desequilibrio territorial son una prioridad estratégica para el Gobierno de La Rioja, y se hace necesario afrontar el estudio de posibles estrategias que puedan adoptarse para hacer frente al reto demográfico y a la despoblación, tal y como recoge la Agenda para la Población de La Rioja 2030, hoja de ruta necesaria para afrontar el reto demográfico y estrategia para trabajar de cara a conseguir la efectiva conciliación de la vida personal, familiar y laboral y el aumento de la natalidad; la temprana y exitosa emancipación juvenil; la integración y atracción de inmigrantes y retornados voluntarios; el desarrollo equilibrado de la región y el freno y la reversión de la despoblación rural; y la consecución del envejecimiento activo.

En este mismo contexto, se ha redactado la Estrategia regional frente al reto demográfico y la despoblación en La Rioja, que sienta las bases, principios y ejes de la acción para afrontar el reto demográfico y la despoblación en La Rioja desde la perspectiva del equilibrio territorial entre las diferentes zonas de la región.

El presente Decreto se enmarca dentro de esta política pública y surge como un mecanismo que persigue ser coherente con el propósito participativo y colaborativo de la acción de gobierno.

A través del presente Decreto se crea el Consejo Asesor de la despoblación de La Rioja como órgano colegiado superior de consulta y asesoramiento de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, en su reunión del día 28 de julio de 2021, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

Objeto. Naturaleza, funciones y composición del Consejo Asesor de la despoblación de La Rioja

Artículo 1 Objeto

Naturaleza y adscripción.

  1. El objeto del presente decreto es la creación y regulación de las funciones, composición y régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de la Despoblación de La Rioja, así como regular su organización y funcionamiento.

  2. Se crea el Consejo Asesor de la Despoblación como órgano colegiado de carácter consultivo constituido para el asesoramiento, la información, el debate, el estudio y las propuestas en la defensa, promoción y dinamización del medio rural, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  3. El Consejo Asesor de la Despoblación de La Rioja (en adelante Consejo), con la composición y estructura que se establecen en el presente Decreto, se integra en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y se adscribe a la Consejería competente en materia de reto demográfico y despoblación, que facilitará los medios y recursos económicos necesarios para su funcionamiento.

Artículo 2 Fines y funciones del Consejo.
  1. El Consejo Asesor de la Despoblación de La Rioja tendrá por finalidad la consulta y asesoramiento a la Consejería competente en materia de reto demográfico y despoblación.

  2. En concreto el Consejo Asesor de la despoblación de La Rioja ejercerá funciones de consulta y asesoramiento sobre las siguientes materias:

  1. Detección de carencias y/o necesidades existentes en las zonas rurales.

  2. Impulso y promoción de la imagen de las zonas rurales.

  3. Propuestas de recomendaciones en materia de despoblación y dinamización del medio rural riojano a las administraciones públicas u otras entidades públicas o privadas riojanas, con intereses en la...

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