Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE núm. 236, de 9 de diciembre de 2014)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas64-66
Recopilación mensual Enero 2015
64
Extremadura
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 21 de enero de 2015
Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los
Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE núm.
236, de 9 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Incendios forestales; Prevención; Planes
Resumen:
Este Decreto desarrolla las previsiones de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y
lucha contra los incendios forestales en Extremadura, al tiempo de recoger en un único
texto normativo la regulación de los Planes de Defensa de las Zonas de Alto Riesgo o de
Protección Preferente con el fin de evitar la dispersión normativa.
A través de esta norma se regula la prevención de incendios forestales, mediante un
conjunto de medidas llevadas a efecto a través de la planificación, gestión y participación
ciudadana cuyos objetivos son: elevar la protección de personas, del medio ambiente, de los
bienes y servicios; suprimir o reducir ostensiblemente la propagación de los incendios y sus
efectos, tales como la continuidad, velocidad, intensidad, alcance y escape; mejorar la
operatividad en la detección y extinción; regular el uso del fuego y de las actividades que
pueden causarlo o afectar al riesgo de incendio forestal; y responder a la investigación de su
origen o causa.
El decreto se estructura en 3 capítulos comprensivos de 37 artículos.
El Capítulo I desarrolla las disposiciones de carácter general, tales como el objeto y ámbito
de aplicación, las definiciones relacionadas con la prevención de incendios forestales, y la
estructura organizativa y procedimientos para la ejecución de los trabajos de prevención.
El Capítulo II se refiere a los Instrumentos de la Prevención de Incendios Forestales de
Extremadura: a) El Plan de Prevención de Incendios Forestales de Extremadura. b) Los
Planes de Defensa. c) Los Planes de Prevención de Incendios Forestales. d) Los Planes
Periurbanos de Prevención de Incendios. e) Las Memorias Técnicas de Prevención. f) Las
Medidas Generales de Prevención en terrenos forestales reducidos no sujetos a planes de
prevención en montes o fincas. g) Las Medidas de Autoprotección. h) La regulación de los
usos y actividades que puedan dar lugar a riesgo de incendio forestal.
El Capítulo III está dedicado a la vigilancia, inspección y control de los instrumentos de la
prevención de incendios forestales.
Finalmente, el decreto incluye una disposición adicional única sobre la tramitación
telemática, cuatro disposiciones transitorias: la primera sobre adaptación de los planes de
prevención en montes o fincas presentados con anterioridad a la entrada en vigor de este

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