Decreto 25/2016, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Ordenación de los Recursos Agropecuarios y otras materias de interés Colectivo Agrario en el Ámbito Local

AutorMaría Pascual Núñez
CargoEstudiante en prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas44-46
Recopilación mensual n. 60, Septiembre 2016
44
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 12 de septiembre de 2016
Decreto 25/2016, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ordenación de los Recursos Agropecuarios y otras materias de interés Colectivo
Agrario en el Ámbito Local
Autora: María Pascual Núñez, Estudiante en prácticas del Centro Internacional de
Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 142, de 25 de julio de 2016
Temas clave: Agricultura; Ordenación de los Recursos Agropecuarios; Ordenanzas de
pastos; Terrenos sometidos a ordenación común; Adjudicación de aprovechamientos
Resumen:
A través de este Decreto se aprueba el Reglamento General de Ordenación de los Recursos
Agropecuarios y otras materias de interés Colectivo Agrario en el Ámbito Local, que
desarrolla distintos aspectos contemplados en la Ley 1/2014, de 19 de marzo, agraria de
Castilla y León, por la que se establece el régimen de ordenación de los recursos
agropecuarios y otras materias de interés colectivo en el ámbito local.
En esta regulación destaca el aprovechamiento de los recursos pastables y su contribución a
la explotación rentable de especies y razas ganaderas mantenidas en régimen extensivo,
siendo este subsector productivo un destacado inductor de actividad económica en los
sectores de la transformación y la comercialización de productos alimentarios vinculados al
medio rural. La experiencia en la gestión de dichos recursos inspira una fórmula de gestión
que trata de conjugar un aprovechamiento de los pastos más racional con el cumplimiento
de las obligaciones derivadas de los sistemas de ayudas agrarias existentes, ajustándose a las
prácticas ambientales impulsadas por la legislación comunitaria y nacional, así como a la
Política Agrícola Común, cuyo objetivo es un aprovechamiento satisfactorio de los recursos
pastables.
El Decreto consta de un artículo único, cinco disposiciones adicionales, una disposición
derogatoria y dos disposiciones finales. Por su parte, el Reglamento que se aprueba se
estructura en 64 artículos repartidos en diez capítulos.
Entre las disposiciones que inciden en materia ambiental, destacamos las contenidas en los
capítulos V, VI y VII del Decreto.
El capítulo V contiene preceptos relativos a las ordenanzas de pastos -artículos 26 a 28-
regulando el contenido de las mismas y el procedimiento para su aprobación, modificación
o derogación.
Las ordenanzas de pastos contemplarán los siguientes aspectos:

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