Decreto 22/2019, de 22 de marzo, de modificación del Decreto 10/2015, de 13 de marzo, por el que se regulan los medios materiales que se utilizarán en las elecciones al Parlamento de las Illes Balears y a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

En el año 2019 habrán transcurrido cuatro años desde las elecciones de 2015 y, por lo tanto, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, deben renovarse las diputadas y los diputados del Parlamento de las Illes Balears. Además, también tendrán lugar los comicios locales y, por lo tanto, las elecciones a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza, de acuerdo con la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y la Ley 7/2009, de 11 de diciembre, electoral de los consejos insulares. Las elecciones al Consejo Insular de Formentera se rigen por lo que dispone la legislación electoral general para las elecciones municipales, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley 7/2009, de 11 de diciembre, electoral de los consejos insulares.

Los medios materiales que se utilizarán están regulados en el Decreto 10/2015, de 13 de marzo, por el que se regulan los medios materiales que se utilizarán en las elecciones al Parlamento de las Illes Balears y a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza.

La modificación del Decreto 10/2015 tiene como objetivo regular el color suplente de las papeletas en las elecciones al Parlamento de las Illes Balears y a los consejos insulares por la posible concurrencia con otras elecciones de ámbito estatal si los colores son el sepia o el azul celeste, respectivamente.

Por otra parte, se modifican los modelos documentales para mejorar su redacción y eliminar el lenguaje sexista y de desigualdad de género. En este sentido, se opta por indicar en primer lugar el término identificativo de la mujer, con el fin de reconocer la igualdad y de superar el hecho habitual hasta ahora de que figure siempre en primer lugar el término identificativo del hombre. Asimismo, se simplifica el número de anexos que recogen los modelos documentales con respecto a las elecciones a los consejos insulares.

De acuerdo con el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, la Junta Electoral Central, en fecha 23 de enero de 2019, ha acordado la aprobación de los modelos de actas previstos en los siguientes anexos:

Elecciones al Parlamento de las Illes Balears (anexo 1)

Acta de escrutinio de las mesas electorales (EPIB 5.1)

Acta de sesión de las mesas electorales (EPIB 5.2)

Acta de constitución de la Junta Electoral de las Illes Balears para el escrutinio general (EPIB7.1)

Acta de escrutinio (EPIB 7.2)

Acta de sesión o sesiones del escrutinio (EPIB 7.3)

Acta de proclamación de las elecciones al Parlamento de las Illes Balears (EPIB 7.4)

Acta de constitución de la mesa para el escrutinio de votación de las personas inscritas en el censo electoral de residentes ausentes en el extranjeroen el extranjero (EPIB 7.5)

Acta de escrutinio para la votación de las personas residentes ausentes en el extranjeroen el extranjero (EPIB 7.6)

Elecciones a los consejos insulares (anexo 2)

Acta de escrutinio de las mesas electorales (ECI 4.1)

Acta de sesión de las mesas electorales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR