DECRETO 2/2022, de 14 de enero, del Consell de regulación de las escuelas de enseñanza artística no formal de música y de artes escénicas. [2022/836]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto

El artículo 53.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana dispone que es de competencia exclusiva de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y en las leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de aquella, lo desarrollan, de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución española y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía. Así mismo, de conformidad con el artículo

49.1.3ª del Estatuto de Autonomía, es competencia autonómica exclusiva la autoorganización y procedimiento administrativo derivado de las especialidades de su organización.

El artículo 5 bis de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, señala: «La educación no formal en el marco de una cultura del aprendizaje a lo largo de la vida comprenderá todas aquellas actividades, medios y ámbitos de educación que se desarrollan fuera de la educación formal y que se dirigen a personas de cualquier edad, con especial interés en la infancia y la juventud, que tienen valor educativo en sí mismos y han sido organizados expresamente para satisfacer objetivos educativos en diversos ámbitos de la vida social tales como la capacitación personal, promoción de valores comunitarios, animación sociocultural, participación social, mejora de las condiciones de vida, artística, tecnológica, lúdica o deportiva, entre otros. Se promoverá la articulación y complementariedad de la educación formal y no formal con el propósito de que esta contribuya a la adquisición de competencias para un pleno desarrollo de la personalidad». Así mismo, el artículo

48.3 de esta misma ley dice: «Podrán cursarse estudios de música o de danza que no conduzcan a la obtención de títulos con validez académica o profesional en escuelas específicas, con organización y estructura diferentes y sin limitación de edad. Estas escuelas serán reguladas por las administraciones educativas».

La Ley 2/1998, de 12 de mayo, de la Generalitat, valenciana de la música, dedica su título II a las enseñanzas musicales, y establece, en su artículo 24, que las escuelas de música, de danza, y de música y danza se rigen por las normas que se establecen en esta ley y en las disposiciones que la desarrollan reglamentariamente, y que quedarán sometidas a las normas de derecho común en aquellos aspectos que se recojan en la mencionada ley. Considerando el modelo formativo que propugna la Ley 2/1998, se estima que este modelo comprende unas actividades, medios y ámbitos de educación, que se corresponden con lo que la Ley orgánica 2/2006, define en su artículo 5 bis como educación no formal.

El Decreto 91/2013, de 5 de julio, del Consell, por el que se regulan las escuelas de música de la Comunitat Valenciana, supuso, en su momento, un avance a la hora de formular un modelo educativo propio, singular y de calidad para la enseñanza no formal de la música. Por ello, se considera oportuno extender este modelo educativo e incorporar también la regulación de la enseñanza no formal de las artes escénicas (danza, teatro y circo). El hecho de equiparar la enseñanza artística no formal de las artes escénicas con el modelo educativo consolidado propio de las escuelas de música puede tener un impacto educativo y sociocultural muy positivo y servirá para promocionar a todos los niveles la danza, el teatro y el circo.

En este sentido, la regulación que propugna el presente decreto, en consonancia con lo propuesto por el Decreto 91/2013, combinará unos principios esenciales: la flexibilidad, para que la formación pueda llegar a todos los sectores de la sociedad, evitando la rigidez tanto en los planteamientos pedagógicos como en las condiciones materiales de las escuelas y la calidad, a fin de que el modelo, dentro de su necesaria diversidad, pueda satisfacer la demanda existente y cumpla adecuadamente los objetivos que tenga encomendados.

El presente decreto propone, además, la posibilidad de crear diversos tipos de escuelas de música y de artes escénicas, pudiéndose configurar, de esta manera una oferta educativa artística muy potente, lo cual redundará en la dinamización sociocultural de las localidades valencianas. La realización de actividades multidisciplinarias que integren

música y artes escénicas puede ser un revulsivo en este sentido. En el espíritu de esta regulación también se encuentra, desde luego, el generar audiencias y favorecer una ciudadanía activa culturalmente.

En las escuelas de enseñanza artística no formal de música y de artes escénicas, la experiencia socializadora, coeducativa e intergeneracional y el hecho de aprender en un entorno diverso son elementos clave de la formación. La finalidad de este modelo educativo de carácter no formal será el de despertar vocaciones y aptitudes que desemboquen en una posterior integración en agrupaciones artísticas de carácter aficionado.

Los procesos de enseñanza y aprendizaje en estas escuelas se realizarán siempre de manera flexible y adaptada. La formación estará fundamentada en la apreciación artística y la experiencia práctica de la música y de las artes escénicas, independientemente de las habilidades, dedicación y edad del alumnado. Estas escuelas son inclusivas ya que promueven la formación a lo largo de la vida y deben ajustar sus objetivos a las características diferentes del alumnado, de forma que todos los sectores de la ciudadanía se puedan sentir invitados a estudiar. Además, entre las finalidades de estas escuelas también estará la de orientar y preparar a las personas que lo deseen hacia la enseñanza artística de tipo formal y profesionalizante.

La financiación de las escuelas de enseñanza artística no formal de música y de artes escénicas representa un factor clave para la estabilidad de los centros y para la extensión del modelo educativo dentro del sistema educativo valenciano. De este modo, se procurará el acceso universal y permanente de toda la población al aprendizaje. La financiación pública de las escuelas irá encaminada a la mejora de su calidad educativa y a la gestión económica eficiente, de forma que se asegure el sostenimiento de la oferta educativa y se logre su implantación en todo el territorio.

El presented ecreto se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En primer lugar, resulta necesario porque la nueva regulación incorpora, junto con la música, la regulación de la enseñanza de las artes escénicas: danza, teatro y circo. En segundo lugar, porque se concreta la finalidad y los objetivos que estas escuelas deben tener, de forma que se define un modelo formativo específico claramente diferenciado de lo que es la enseñanza artística formal.

También se implementan mejoras en cuanto a la gestión, organización y funcionamiento de estas escuelas a la vez que se respeta su autonomía para que puedan configurar sus propios proyectos educativos. Así mismo, favorece la cultura de la calidad educativa, abordando en la vertiente pedagógica la actualización de las metodologías, de los procesos de aprendizaje y de evaluación, así como su diseño formativo. En definitiva, se trata de que las escuelas aprovechen al máximo sus posibilidades y su carácter no formal, que permite una aproximación flexible y adaptada al hecho artístico.

Por otro lado, este decreto procura seguridad jurídica, puesto que favorece un marco normativo estable, predecible, claro y de certeza, que facilita su conocimiento y comprensión. Asimismo es integrado, al tratar en un mismo marco de regulación todas las enseñanzas artísticas de música y artes escénicas. Igualmente, se ha seguido el principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta la singularidad formativa de estas enseñanzas por su carácter no formal. También ha quedado garantizado el principio de transparencia, puesto que el texto normativo ha podido ser conocido por la ciudadanía mediante consulta pública previa y el trámite de información pública por Resolución de 8 de marzo de 2021, del director general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, con lo cual se ha habilitado la posibilidad de formular sugerencias por parte de la ciudadanía.

En la elaboración de este decreto se han cumplido todos los trámites procedimentales, de consulta previa e información públicas, y también se ha incorporado el dictamen del Consell Escolar de la Comunitat Valenciana.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del conseller de Educación, Cultura y Deporte, conforme con el Consell Jurídic Consultiu, previa deliberación previa del Consell, en la reunión de 14 de enero de 2022,

DECRETO

CAPÍTULO I Artículos 1 a 7

Disposiciones de carácter general

Artículo 1 Objeto

El objeto de este decreto es desarrollar lo que dispone la Ley 2/1998, de 2 de mayo, de la Generalitat, valenciana de la música, en lo que concierne a la regulación reglamentaria de las escuelas de enseñanza artística no formal de música y de artes escénicas, inscritas en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2 Definición
  1. De conformidad con el artículo 48.3 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, pueden cursarse estudios de música o de danza que no conduzcan a la obtención de títulos con validez académica o profesional en escuelas específicas, con organización y estructura diferentes y sin limitación de edad. El artículo 18.1 de la Ley 2/1998, determina la definición y el régimen de funcionamiento de estas escuelas en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR