Decreto 19/2020, de 18 de marzo, por el que se dispone el cese y nombramiento de los miembros de la Comisión Ejecutiva del Consejo de la Juventud de Extremadura.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConsejerÍA de Igualdad y PortavocÍA
Rango de LeyDecreto

II AUTORIDADES Y PERSONAL

  1. - NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y PORTAVOCÍA DECRETO 19/2020, de 18 de marzo, por el que se dispone el cese y nombramiento de los miembros de la Comisión Ejecutiva del Consejo de la Juventud de Extremadura. (2020040030)

El Consejo de la Juventud de Extremadura es un Organismo Autónomo, con personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como plena capacidad de obrar y autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines, que, al amparo de lo previsto en el artículo 9.2 de la Constitución Española y el artículo 9.1.26 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, actúa como interlocutor representativo de las asociaciones juveniles de Extremadura ante los poderes públicos de la Comunidad Autónoma, así como cauce de libre expresión para propiciar la participación de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural de Extremadura.

La Asamblea es el órgano colegiado supremo de decisión del mismo, correspondiéndole, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.4.c) de la Ley 13/2010, de 24 de noviembre, del Consejo de la Juventud de Extremadura, elegir y cesar a los miembros de la Comisión Ejecutiva.

En este sentido, durante el desarrollo de la Asamblea del Consejo de la Juventud de Extremadura, celebrada en la ciudad de Mérida, el 7 de marzo del año en curso, tuvo lugar el proceso encaminado a la elección de los miembros de la XVIII Comisión Ejecutiva del Organismo, órgano colegiado de carácter ejecutivo al que corresponde la gestión ordinaria y representación del Consejo de la Juventud de Extremadura.

De conformidad con todo lo expuesto y según lo preceptuado en el artículo 11.1 de la Ley 13/2010, de 24 de noviembre, del Consejo de la Juventud de Extremadura, teniendo en cuenta el principio general de actuación de representación equilibrada que proclama el artículo 3.12 de la Ley 8/2011, de Igualdad entre Hombres y Mujeres y contra la Violencia de Género en Extremadura, a propuesta de la Consejera de Igualdad y Portavocía, en virtud de las competencias en materia de juventud atribuidas por el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las...

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