Decreto 15/2019, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 9/2014, de 21 de febrero, por el que se declaran las zonas especiales de conservación de la Red Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de La Rioja y se aprueban sus planes de gestión y ordenación de los recursos naturales, aprobando e incorporando el plan de gestión del sitio Ramsar 'Humedales de la Sierra de Urbión

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas40-41
Recopilación mensual n. 91, Junio 2019
40
La Rioja
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 17 de junio de 2019
Decreto 15/2019, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 9/2014, de 21 de
febrero, por el que se declaran las zonas especiales de conservación de la Red
Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de La Rioja y se aprueban sus planes de
gestión y ordenación de los recursos naturales, aprobando e incorporando el plan
de gestión del sitio Ramsar "Humedales de la Sierra de Urbión"
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios
de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR nº 60, 17 de mayo de 2019
Temas Clave: Biodiversidad; Red Natura 2000; Lugar de Interés Comunitario (LIC); Plan
de Gestión y Ordenación de Recursos Naturales (PORN); Plan de Gestión; Convenio
Ramsar; Zona Especial Conservación (ZEC)
Entrada en vigor: El 18 de mayo de 2019
Resumen:
La superposición de figuras de conservación y las herramientas de gestión de las mismas,
genera en ocasiones complejas relaciones jurídicas que es necesario exponer de la manera
más sencilla posible. Al mismo tiempo se pretende que la gestión sobre los mismos
espacios también sea lo más uniforme posible, siempre en consonancia con los valores que
se pretende conservar.
En este caso en cuestión de los “Humedales de la Sierra de Urbión”, tal y como recoge el
preámbulo del Decreto, dicho espacio (además de estar enclavado en otro espacio natural
protegido de mayor tamaño incluido en la RN 2000) fue seleccionado como espacio
Ramsar por sus valores naturales según el Convenio Internacional Ramsar (denominado así
por haberse firmado en el año 1971 en la ciudad iraní que lleva ese nombre). Es un tratado
internacional que tiene como objetivo la conservación y el uso racional de los humedales.
En diferentes resoluciones acordadas, se ha establecido la necesidad que cada espacio
Ramsar tenga su Plan de Gestión.
El artículo 50 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad establece que los humedales de Importancia Internacional del Convenio
Ramsar, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales y que
el régimen de protección de estas áreas será el que determine el correspondiente convenio
internacional, sin perjuicio de regímenes de protección, ordenación y gestión específicos.
Mediante el Decreto 9/2014, de 21 de febrero, se declararon las zonas de conservación
de la Red Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de La Rioja y se aprobaron sus planes
de gestión y ordenación de los recursos naturales. En particular se declaró como Zona de
Especial Conservación (ZEC) de la Red Natura 2000 el Lugar de Importancia Comunitaria

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR