DECRETO 20/1996, de 13 de febrero, por el que se crea el Consejo de Bibliotecas.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Cultura y Patrimonio |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 20/1996, de 13 de febrero, por el que se crea el Consejo de Bibliotecas.
El Estatuto de Autonomía, en su artículo 6.2 g) establece, como uno de los objetivos básicos a conseguir por las Instituciones de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias: 'Potenciar las peculiaridades del pueblo extremeño y el afianzamiento de la identidad extremeña, a través de la investigación, difusión, conocimiento y desarrollo de los valores históricos y culturales del pueblo extremeño en toda su variedad y riqueza'.
La Consejería de Cultura y Patrimonio, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 7.1.12 y 15 del Estatuto de Autonomía y en aras a la consecución de dichos objetivos, tiene interés en la creación de un Consejo, como paso previo a la futura Ley de Bibliotecas de Extremadura en la que quedará plenamente integrado, con funciones de asesoramiento en la inversión bibliográfica para la potenciación del enriquecimiento del patrimonio cultural extremeño y que permita la formación de un conjunto bibliográfico de alto valor histórico-cultural que sirva de base a la creación de la futura Biblioteca de Extremadura.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 13 de febrero de 1996,
D I S P O N G O
Se crea el Consejo de Bibliotecas, como órgano asesor de la Junta de Extremadura en materia de Bibliotecas, adscrito a la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Patri
monio de la Junta de Extremadura, sin personalidad jurídica ni patrimonio propio.
Serán funciones del Consejo de Bibliotecas las siguientes:
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Informar de todos aquellos asuntos relacionados con el desarrollo de la actividad bibliotecaria en la Comunidad.
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Prestar el asesoramiento adecuado para la adquisición de bibliografía de interés comunitario.
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Potenciar la relación y coordinación entre todas las Entidades Públicas y Privadas cuya actividad incida en el desarrollo bibliotecario de Extremadura.
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Elaborar una Memoria anual de las actuaciones llevadas a cabo por el Consejo y elevarla a la Dirección General de Promoción Cultural de la Junta de Extremadura.
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Serán miembros...
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