Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón

AutorDr. Fernando López Pérez
CargoProfesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Páginas205-207
Recopilación mensual n. 127, octubre 2022
205
Autonómica
Aragón
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 19 de octubre de 2022
Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el
Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y se
regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa,
Zaragoza
Fuente: BOA núm. 179, de 14 de septiembre de 2022
Palabras clave: Biodiversidad. Especies amenazadas. Fauna. Protección de especies
Resumen:
A través de esta norma se crea y regula el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen
de Protección Especial, en el que además queda integrado el Catálogo de Especies
Amenazadas de Aragón, estableciendo un régimen de protección y evaluación periódica del
estado de conservación de las especies en él incluidas.
A este respecto, la administración autonómica hace uso de las posibilidades reconocidas en
la estatal Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad,
relativas a que las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales,
establezcan listados de especies silvestres en régimen de protección especial, determinando
las prohibiciones y actuaciones suplementarias que se consideren necesarias para su
preservación -artículo 56.4 de la norma estatal en su versión consolidada-. Además, en esta
misma Ley, se posibilita que las Comunidades Autónomas establezcan catálogos de especies
amenazadas, pudiendo, en su caso, incrementar el grado de protección de las especies del
Catálogo Español de Especies Amenazadas, incluyéndolas en una categoría superior de
amenaza -artículo 58.3 y 4-.
Las finalidades del Decreto aragonés son las siguientes -artículo 1-:
a) La creación del Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial, como registro público de carácter administrativo y ámbito autonómico.
b) La regulación del Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón para adaptarlo a las
nuevas categorías de protección, así como su inclusión en el Listado Aragonés.
c) La definición de los contenidos asociados al Listado Aragonés y al Catálogo de
Especies Amenazadas de Aragón y la regulación del acceso a la información.
d) La regulación del procedimiento de inclusión y exclusión de especies en el Listado
Aragonés y en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, así como el
procedimiento para efectuar los cambios de categoría.

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