Decreto 127/2021, de 1 de junio, sobre el Parque Natural del Montseny y sobre los espacios del PEIN el Montseny y Cingles de Bertí

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas174-177
Recopilación mensual n. 114, julio 2021
174
Cataluña
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el
14 de julio de 2021
Decreto 127/2021, de 1 de junio, sobre el Parque Natural del Montseny y sobre los
espacios del PEIN el Montseny y Cingles de Bertí
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC número 8428 de fecha 8 de junio de 2021
Palabras clave: Espacio natural protegido. Geodiversidad. Flora. Fauna.
Resumen:
El artículo 144 del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que corresponden a la
Generalitat la competencia compartida en materia de medio ambiente y la competencia para
el establecimiento de normas adicionales de protección. La competencia compartida incluye,
entre otras, la regulación de los recursos naturales, de la flora y la fauna y las medidas de
protección de las especies, en el marco de las bases que fije el Estado como principios o
mínimo común normativo.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, constituye
el marco jurídico básico para la conservación, uso sostenible y mejora del patrimonio natural
y de la biodiversidad. El artículo 37 de la Ley determina que son las comunidades autónomas
las que deben declarar y determinar las fórmulas de gestión de los espacios naturales
protegidos. En este sentido, en Cataluña es de aplicación la Ley 12/1985, de 13 de junio, de
espacios naturales, y de una manera más específica el artículo 25.2 determina que los parques
naturales se declaran mediante un decreto del Gobierno.
El Montseny es el macizo más elevado, y uno de los más extensos (más de 30.000 hectáreas),
de la cordillera Prelitoral catalana. Su altitud (1.706 m en el Turó de l'Home) y su situación
próxima al mar explican en gran medida la diversidad de unidades del paisaje, de hábitats y
de especies de flora y fauna de esta montaña mediterránea, donde se encuentran
representadas tres de las cuatro grandes regiones biogeográficas europeas: la región
mediterránea, que define el macizo, pero también la región atlántica y la boreoalpina.
Asimismo, contiene una gran geodiversidad, con cuatro geozonas incluidas en el Inventario
de espacios de interés geológico de Cataluña.
Sin embargo, las poblaciones humanas han acabado de modelar el paisaje, favoreciendo
determinadas especies frente a otras y sustituyendo el bosque, en ciertas zonas, por campos
de cultivo y pastos que, una vez abandonados, dejan paso a las malezas y matorrales. Los
elementos del rico patrimonio histórico y arquitectónico del macizo van desde los restos
paleolíticos, megalíticos e ibéricos a las muestras de arquitectura religiosa o militar de la edad
media, el patrimonio industrial y el extenso conjunto de masías, que nos muestran una gran
diversidad de tipologías en función de las características del lugar y del tipo de explotación.
En la actualidad, el Montseny, aun manteniendo actividades agrícolas, ganaderas y forestales

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