Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen las formas para su financiación.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen las formas para su financiación. (2021040150)

De conformidad con la Constitución Española (CE), la política de empleo es el conjunto de decisiones adoptadas por el Estado y las comunidades autónomas que tienen entre sus fines, junto con otros, el desarrollo de programas y medidas tendentes a la consecución del pleno empleo, así como la calidad en el empleo, estableciéndose en el artículo 149 la competencia exclusiva del Estado sobre la legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas. A éstas corresponde, en su respectivo ámbito territorial, el desarrollo de la política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que les hayan sido transferidos.

Actualmente, la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral se encuentra regulada, con aplicación en todo el territorio español, en la Ley 30/2015, de 9 septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la citada ley, a su vez desarrollado por la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, todas ellas de aplicación a todo el territorio nacional; en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio de las Cualificaciones y Formación Profesional y en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero por el que se regulan los certificados de profesionalidad amen de otra normativa de desarrollo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la citada Ley de Empleo, constituye un objetivo de las políticas de empleo, la adopción de "...un enfoque preventivo frente al desempleo y de anticipación del cambio a través de acciones formativas que faciliten al trabajador el mantenimiento y la mejora de su calificación profesional, empleabilidad y, en su caso, recalificación y adaptación de sus competencias profesionales a los requerimientos del mercado de trabajo", así como también"Fomentar la cultura emprendedora y el espíritu empresarial, así como mejorar la atención y acompañamiento a las personas emprendedoras en la puesta en marcha de su iniciativa empresarial". Por otro lado, el artículo 37 de la misma Ley, al referirse a los principios generales de la políticas activas de empleo, establece como uno de éstos "La respuesta a las necesidades de las empresas en materia de capital humano, empleo y formación", así como también "El fomento del autoempleo y la iniciativa emprendedora, especialmente en el marco de la economía sosteniblede los nuevos yacimientos de empleo, incluyendo la atención y el acompañamiento a las personas emprendedoras en la puesta en marcha de su iniciativa empresarial".

El artículo 11.1.7 del Estatuto de Autonomía de Extremadura otorga competencias a nuestra comunidad autónoma de ejecución en materia de formación profesional para el empleo con la finalidad de impulsar y realizar una formación que contribuya al desarrollo personal y profesional de las personas trabajadoras (ocupadas y desempleadas), mejorando su empleabilidad y su promoción en el trabajo. Esta formación responde a las necesidades del mercado laboral y está orientada a la mejora de la competitividad empresarial. A tal fin le corresponde a nuestra comunidad la potestad reglamentaria organizativa y la adopción de cuantos planes, programas, medidas, decisiones y decisiones sean precisos a los efectos de la plena efectividad del desarrollo de esa competencia ejecutiva.

Mediante Ley 7/2001, de 14 de junio, se crea el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), como organismo autónomo de carácter administrativo, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica pública y privada, que, en régimen de descentralización funcional y en ejecución de los programas específicos de la Consejería de Educación y Empleo, es competente para la realización de todas aquellas actividades de fomento, formación para el empleo, orientación eintermediación en el mercado laboral, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Mediante Decreto 26/2009, de 27 de febrero, se aprueban los estatutos del SEXPE.

Entre los fines y cometidos que alumbraron la creación de este organismo autónomo destacan por lo que aquí es relevante:

La ejecución de las políticas activas de empleo, el desarrollo de la formación profesional para el empleo, impulsando y extendiendo entre las empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que responda adecuadamente a sus necesidades y contribuya al desarrollo de la economía extremeña, la mejora de la empleabilidad de los trabajadores, el establecimiento de una oferta de formación adaptada a las demandas de la población y a las necesidades generadas por el sistema productivo, el fomento de las condiciones que propicien la mejora de la ocupabilidad de las personas desempleadas, el fomento del empleo de calidad, cualificado y estable, la promoción y el desarrollo local.

Transcurridos 20 años desde la creación del SEXPE es obligado reconocer los logros conseguidos y las metas alcanzadas en el ámbito de la formación. Así, durante el 2019, último año cuyos datos no se ven distorsionados por los efectos de la pandemia, el número de alumnos y alumnas que han participado en acciones formativas en el ámbito de la formación profesional dirigidas a personas desempleadas fue de 4.770 alumnos/as, de los que 2.700 tuvieron la oportunidad de realizar prácticas profesionales no laborales en empresas. Por otro lado, los datos relativos a formación para personas ocupadas también fueron positivos, pues constan la participación de un total de 4.320 alumnos/as. Así mismo, contamos en la región con un total de 439 centros colaboradores inscritos en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En todo este transitar, el Servicio Extremeño Público de Empleo se ha guiado siempre por una máxima simple y efectiva, cual es que una formación de calidad genera empleo de calidad y por ende riqueza y desarrollo regional. No obstante lo anterior, las circunstancias económicas, sociales, laborales y educativas que originaron la creación de los servicios públicos de empleo no son las actuales. Los cambios económicos, tecnológicos, digitales, economía verde, transición ecológica, etc, son ya y serán fuentes esenciales de generación de empleo yexigirán una adecuada cualificación y flexibilidad del capital humano para adaptarse a las circunstancias cambiantes económicas y tecnológicas y de esta manera poder seguir haciendo efectivo ahora más que nunca aquel principio conforme al cual la oferta formativa deba adaptarse a las demandas de la población y a las necesidades generadas por el sistema productivo.

Las previsiones para España en 2025 identifican que el 49% de los puestos de trabajo requerirán una cualificación intermedia, y solo un 14% de puestos requerirán baja cualificación. El actual panorama del mercado laboral, en un contexto de reactivación económica tras la pandemia, genera enormes desafíos, pues a la vez que muchas personas no encuentran empleo, las empresas tampoco logran cubrir adecuadamente muchas de sus ofertas laborales. Tenemos en definitiva en nuestra región un elevado número de personas sin cualificaciones adecuadas a las necesidades de la economía actual, lo que exige adecuar formación y necesidades del mercado. Urge por tanto una adecuación estratégica de la oferta formativa para el empleo que sirva para equilibrar la interrelación de la oferta

y la demanda en nuestro mercado de trabajo. Se requiere pues un complemento, un aditamento más a la formación para el empleo que se imparte actualmente, que sirva para dar una respuesta más ágil a las necesidades que plantea el mercado, una oferta formativa que satisfaga las demandas formativas de las empresas que pretenden desarrollar su actividad mercantil en nuestra región y precisan de trabajadoras y trabajadores con un nivel de cualificación específico y concreto al que el actual sistema de formación no es capaz de dar una óptima respuesta.

En este sentido tanto el documento Estrategia Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025 suscrito por la Consejería de Educación y Empleo y por los Agentes Económicos y Sociales más representativos de la región, como el Plan deEmpleo de Extremadura 2020-2021, suscrito por la Junta de Extremadura y los Agentes Económicos y Sociales más representativos de la región y que fija los objetivos para 2020-2025, se alinean en estrategias, fines y objetivos que sirven de antesala legitimadora a los anhelos de este decreto. Es imprescindible cambiar el modelo productivo y dinamizar económicamente la región a través de una formación para el empleo basada en la innovación, apostando por un entorno en el que puedan desarrollarse puestos de trabajo de calidad mediante un equilibrio adecuado entre la adaptabilidad y la estabilidad en el empleo, a fin de incrementar las tasas de empleo y...

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